Norma Legal Oficial del día 27 de octubre del año 2017 (27/10/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

64 GOBIERNOS LOCALES

NORMAS LEGALES

Viernes 27 de octubre de 2017 /

El Peruano

2016, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución, el cual quedará redactado de la siguiente manera: Artículo Primero.- APROBAR, con eficacia anticipada desde el mes de mayo del presente año, el Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos Municipales del distrito de Chaclacayo, conforme a los fundamentos expuestos. Artículo Segundo.- DISPONER que el presente dispositivo legal, sea publicado en el Diario Oficial El Peruano, a traves de la Secretaría General. Artículo Tercero.- DEROGAR toda disposición que se oponga a lo dispuesto en el presente Decreto. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Subgerencia de Limpieza Pública, el cumplimiento de la presente norma. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. DAVID APONTE JURADO Alcalde 1580160-1

MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO
Modifican el D.A Nº 07-2016/MDCH, respecto a la aprobación del Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos Municipales
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 03-2017/MDCH Chaclacayo, 4 de octubre de 2017 EL SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHACLACAYO VISTO: El Informe Nº 023-2017-GSC/MDCH, de la Gerencia de Servicios a la Ciudad y el Decreto de Alcaldía Nº 072016/MDCH. CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son órganos de gobierno local, con personería jurídica de derecho público, tienen Autonomía Política, Económica y Administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo establecido con el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972. Que, mediante el Decreto de Alcaldía Nº 07-2016/ MDCH, del 21 de julio de 2016, se aprobó el Programa de Segregación de Residuos Sólidos en la Fuente y Recolección Selectiva del distrito de Chaclacayo; empero, conforme a sus fundamentos, el mismo únicamente abarca el proceso de recolección de residuos sólidos domiciliarios. Que, mediante Decreto Supremo Nº 394-2016-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 115-2017-EF, se aprobaron los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal del año 2017. Que, mediante Resolución Directoral Nº 002-2017EF/50.01, modificada por la Resolución Directoral Nº 006-2017-EF/50.01, Resolución Directoral Nº 009-2017EF/50.01 y Resolución Directoral Nº 017-2017-EF/50.01, se aprobaron los Instructivos para el cumplimiento de las metas del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal para el año 2017; siendo el Instructivo de la Meta 17 que lo denomina "Implementación de un sistema integrado de manejo de residuos sólidos municipales"; esto es, que el programa no abarca únicamente a los domicilios sino también a los comercios en general, conforme a lo señalado por la Gerencia de Servicios a la Ciudad, en su Informe Nº 023-2017-GSC/MDCH, del 04 de octubre de 2017; por lo mismo, corresponde efectuar la modificación respectiva. Que, asimismo la Gerencia de Servicios a la Ciudad, en el Informe antes señalado, refiere que las actividades de empadronamiento y recolección de residuos sólidos municipales se vienen desarrollando desde el mes de mayo del presente año, por lo mismo el acto administrativo a dictarse debe ser con eficacia anticipada, hecho que guarda coherencia con lo dispuesto en el artículo 17 del TUO de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General. De conformidad con los artículos 20º numeral 6) y 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972. DECRETA: Artículo Primero.- MODIFICAR el Artículo Primero del Decreto de Alcaldía Nº 07-2016/MDCH, del 21 de julio de

MUNICIPALIDAD DE COMAS
Autorizan la realización del sorteo público denominado "La Municipalidad de Comas te acerca al mundial Rusia 2018"
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 519/MC Comas, 20 de octubre 2017 EL CONCEJO DISTRITAL DE COMAS VISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha, el Informe Nº 082-2017-GR/MC, de la Gerencia de Rentas, el Dictamen de la Comisión de Economía, Administración, Finanzas, Planificación y Presupuesto que propone al pleno del Concejo aprobar el proyecto de Ordenanza referido al sorteo público tributario denominado: "LA MUNICIPALIDAD DE COMAS TE ACERCA AL MUNDIAL RUSIA 2018" para los contribuyentes con deuda cero del distrito de Comas, a realizarse el sábado 30 de Diciembre de 2017; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 30305, concordante con lo dispuesto en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades establece que, las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, radicando esta facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, constituye política de la Corporación Municipal incentivar el cumplimiento voluntario y oportuno de las obligaciones tributarias por parte de los contribuyentes, por tal motivo es necesario establecer un programa de incentivos, el cual tiene como propósito premiar a los vecinos del Distrito que cumplen oportunamente con el pago de sus obligaciones tributarias, con el objetivo de lograr que el índice de cumplimiento de pagos de deudas tributarias se incremente, mejorando por ende los niveles de recaudación, que resulta conveniente que el Concejo Municipal autorice la realización de un sorteo público tributario. Que con Informe Nº 392-2017-GAJMDC y 394-2017-GAJ-MDC se pronuncia por la viabilidad de aprobar la Ordenanza propuesta, para lo cual se

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