Norma Legal Oficial del día 27 de octubre del año 2017 (27/10/2017)


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NORMAS LEGALES

Viernes 27 de octubre de 2017 /

El Peruano

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan a Pacífico Compañía de Seguros y Reaseguros S.A. el traslado de oficina especial ubicada en el departamento de Lima
RESOLUCIÓN SBS Nº 4057-2017 Lima, 13 de octubre de 2017 EL INTENDENTE GENERAL DE SUPERVISIÓN DE INSTITUCIONES DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por la empresa PACÍFICO COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A., para que se le autorice el traslado de dos oficinas especiales ubicadas en el distrito de San Isidro, departamento y provincia de Lima; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS N° 1321-2005 de fecha 25 de agosto de 2005 se autorizó a El Pacifico Vida Compañía de Seguros y Reaseguros S.A. la conversión a oficina especial de una oficina de capacitación, reunión y coordinación de fuerzas de ventas ubicada en Calle Las Begonias 630 Piso 3, distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima; Que, mediante Resolución SBS N° 212-2007 de fecha 26 de febrero de 2007 se autorizó a El Pacífico Vida Compañía de Seguros y Reaseguros S.A. la apertura de una oficina especial ubicada en Calle Manuel Gonzáles Olaechea N°s. 135-141, pisos 2 y 3, distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima; Que, mediante Resolución SBS N° 719-2007 de fecha 05 de junio de 2007 se autorizó a El Pacífico Vida Compañía de Seguros y Reaseguros S.A. la ampliación de tres oficinas especiales, entre ellas la ubicada en Calle Manuel Gonzáles Olaechea N°s. 135-141, pisos 2, 3 y 4, esquina con los Gavilanes, distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima; Que, mediante Resolución SBS N° 2836-2017 de fecha 19 de julio de 2017, se autorizó la fusión por absorción de El Pacífico Peruano Suiza Compañía de Seguros y Reaseguros S.A. por El Pacífico Vida Compañía de Seguros y Reaseguros S.A., cambiando de nombre esta última por Pacífico Compañía de Seguros y Reaseguros S.A; Que, en aplicación de los artículos 3° y 8° del Reglamento de Apertura, Conversión, Traslado o Cierre de Oficinas y Uso de Locales Compartidos, aprobado mediante Resolución SBS N° 4797-2015, la empresa solicitante ha cumplido con presentar la documentación correspondiente para el traslado de dos oficinas especiales ubicadas en el distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión de Seguros "B"; y, De conformidad con lo dispuesto en el artículo 32° de la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y sus modificatorias y en la Resolución SBS N° 4797-2015; y en virtud de la facultad delegada mediante Resolución SBS Nº 5829-2014 del 05 de setiembre de 2014; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a PACÍFICO COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A., el traslado de la oficina especial ubicada en Calle Las Begonias 630 Piso

3, distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima, y la oficina especial ubicada en Calle Manuel Gonzáles Olaechea N°s. 135-141, pisos 2, 3 y 4, esquina con los Gavilanes, distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima, ambas hacia su nuevo local ubicado en Calle Dean Valdivia N°s. 255-271, 275, distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. TOMÁS WONG KIT CHING Intendente General de Supervisión de Instituciones de Seguros (a.i) 1580656-1

GOBIERNOS REGIONALES

GOBIERNO REGIONAL DE APURIMAC
Aprueban Cuadros para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) de las Unidades de Gestión Educativa Local Antabamba, Aymaraes y Grau
ORDENANZA REGIONAL Nº 013-2017-GR-APURÍMAC/CR. Abancay, 13 de octubre de 2017 EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE APURÍMAC POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE APURÍMAC VISTO: En Sesión Ordinaria del Consejo Regional del Gobierno Regional Apurímac, llevado a cabo en la ciudad de Abancay; el día viernes trece de octubre del año dos mil diecisiete, como Punto de Agenda: Proyecto de Ordenanza Regional "APROBAR el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) de la Unidad de Gestión Educativa Local Antabamba"; y, CONSIDERANDO: Que, por Informe Nº 079-2017-GR.APURIMAC/ GR de fecha 15 de setiembre de 2017 el Gobernador Regional del Gobierno Regional de Apurímac, remite al Consejo Regional el proyecto de Ordenanza Regional: "APROBAR el Cuadro de Asignación de Personal Provisional (CAP-P) de la Dirección Regional de Educación y sus 09 Unidades Ejecutoras", anexando los documentos que amparan, para su aprobación mediante Ordenanza Regional; Que, la Undécima Disposición Complementaria del Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 30057, Ley de Servicio Civil, deroga el Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM que establecía los Lineamientos Generales a seguir por todas las entidades del sector público, sean de Gobierno Nacional o Gobierno Regional o Local en la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal (CAP), y en su Duodécima Disposición Complementaria Transitoria, señala que mediante Directiva SERVIR establecerá la progresiva implementación de la aprobación de los Cuadros de Puestos de las Entidades; Que, el numeral 7.5 CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL PROVISIONAL - CAP Provisional de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH "Normas para la Gestión del Proceso de Administración de Puestos, y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos

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