Norma Legal Oficial del día 29 de octubre del año 2017 (29/10/2017)
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TEXTO DE LA PÁGINA 98
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NORMAS LEGALES
Domingo 29 de octubre de 2017 /
El Peruano
de la Instalación de Estaciones de Radiocomunicación, del Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA de la Municipalidad de La Molina, aprobado por Ordenanza N° 321, quedando redactado como: c) Declaración Jurada de habilidad vigente del ingeniero responsable de la ejecución de la obra y de ser el caso, del ingeniero civil que suscribe los planos descritos en el literal b. Artículo Segundo.- ACTUALIZAR el Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA de la Municipalidad de La Molina, con la modificación descrita en el Artículo precedente, conforme al Anexo que forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Tercero.- DEJAR SIN EFECTO toda disposición que se oponga a lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General, la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial "El Peruano"; y el Anexo en el Portal Web del Diario Oficial El Peruano; y a la Gerencia de Tecnologías de Información, la publicación del presente Decreto y su Anexo en la página web de la municipalidad: www.munimolina.gob.pe, y en el portal de Servicios al Ciudadano y Empresas: www.serviciosalciudadano.gob. pe. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JUAN CARLOS ZUREK P.F. Alcalde 1581354-1 * El TUPA se publica en la página WEB del Diario Oficial El Peruano, sección Normas Legales.
Que, el Artículo 36º de la Ordenanza Nº 240-MPL, señala que el Alcalde mediante Decreto de Alcaldía, convoca a elecciones para integrar las juntas directivas de las Juntas Zonales. Realizadas las elecciones y proclamados los ganadores, la nueva junta directiva de la junta Zonal entrará en funciones a partir del 01 de enero del ejercicio inmediato siguiente; Que, en atención a lo expuesto, mediante el Informe Nº 0060-2017-MPL-GPV del 13 de octubre de 2017, la Gerencia de Participación Vecinal solicita se convoque a la elección de las Juntas Directivas Zonales del Distrito de Pueblo Libre para el período 2018-2019; De conformidad con lo dispuesto por la Ordenanza Nº 240-MPL y sus modificatorias y en uso de las facultades conferidas en el número 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- CONVOCAR a los Comités Vecinales vigentes del distrito a las Elecciones de Juntas Directivas Zonales del Distrito para el período 2018-2019, que se realizará el día 25 de Noviembre del presente. Artículo Segundo.- APROBAR el Cronograma de Desarrollo del Proceso Electoral de Juntas Directivas Zonales del Distrito de Pueblo Libre para el período 20182019, conforme al Anexo I que forma parte del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Participación Vecinal y la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional el cumplimiento del presente y las acciones de acuerdo a sus competencias. Artículo Cuarto.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JHONEL LEGUÍA JAMIS Alcalde ANEXO I Elecciones de Juntas Directivas Zonales del Distrito de Pueblo Libre Periodo 2018-2019
CRONOGRAMA DE DESARROLLO DEL PROCESO ELECTORAL AGENDA Convocatoria a Elecciones / Publicación del Padrón Electoral Elecciones del Comité Electoral por Zonas Publicación y Difusión del Reglamento Electoral. Inscripción de Lista de Candidatos Impugnación de Listas Publicación Final de Lista de Candidatos Jornada Electoral y Publicación de Resultados FECHA 06 de Noviembre 09 de Noviembre 13 y 15 de Noviembre 16 y 17 de Noviembre 21 de Noviembre 25 de Noviembre
MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE
Convocan a los Comités Vecinales vigentes del distrito a las Elecciones de Juntas Directivas Zonales del distrito para el periodo 2018 - 2019 y aprueban el Cronograma de desarrollo del Proceso Electoral
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 12-2017-MPL-A Pueblo Libre, 17 de octubre de 2017 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE; VISTO: El Informe Nº 0060-2017-MPL-GPV del 13 de octubre de 2017 de la Gerencia de Participación Vecinal; el Proveído Nº 1360-2017-MPL-GM del 17 de octubre de 2017 de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 197º de la Constitución Política del Perú, dispone que las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local; asimismo, de acuerdo al inciso 5.1) del artículo 73º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, las municipalidades están facultadas para: Promover, apoyar y reglamentar la participación vecinal en el desarrollo local; asimismo, el artículo 110º de la citada norma señala que la constitución y delimitación de los comités vecinales, el número de sus delegados así como la norma de su elección y revocatoria serán establecidos mediante ordenanza de la respectiva municipalidad distrital; Que, la Ordenanza Nº 240-MPL aprueba el Reglamento de Registro, Constitución, Organización y Funciones de los Comités Vecinales y Juntas Zonales de Pueblo Libre, la misma que fue publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 31 de Diciembre de 2006 y modificada mediante Ordenanza Nº 246-MPL, publicada el 14 de marzo de 2007 y Ordenanza Nº 367-MPL, publicada en el citado diario, el 27 de agosto de 2011;
1581149-1
MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO
Aprueban la actualización del Plan de Acción del Plan de Manejo de Residuos Sólidos del distrito, periodo 2017-2019
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 019-2017-A/MDSJL San Juan de Lurigancho, 20 de octubre de 2017 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO