Norma Legal Oficial del día 29 de octubre del año 2017 (29/10/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 98

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NORMAS LEGALES

Domingo 29 de octubre de 2017 /

El Peruano

de la Instalación de Estaciones de Radiocomunicación, del Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA de la Municipalidad de La Molina, aprobado por Ordenanza N° 321, quedando redactado como: c) Declaración Jurada de habilidad vigente del ingeniero responsable de la ejecución de la obra y de ser el caso, del ingeniero civil que suscribe los planos descritos en el literal b. Artículo Segundo.- ACTUALIZAR el Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA de la Municipalidad de La Molina, con la modificación descrita en el Artículo precedente, conforme al Anexo que forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Tercero.- DEJAR SIN EFECTO toda disposición que se oponga a lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General, la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial "El Peruano"; y el Anexo en el Portal Web del Diario Oficial El Peruano; y a la Gerencia de Tecnologías de Información, la publicación del presente Decreto y su Anexo en la página web de la municipalidad: www.munimolina.gob.pe, y en el portal de Servicios al Ciudadano y Empresas: www.serviciosalciudadano.gob. pe. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JUAN CARLOS ZUREK P.F. Alcalde 1581354-1 * El TUPA se publica en la página WEB del Diario Oficial El Peruano, sección Normas Legales.

Que, el Artículo 36º de la Ordenanza Nº 240-MPL, señala que el Alcalde mediante Decreto de Alcaldía, convoca a elecciones para integrar las juntas directivas de las Juntas Zonales. Realizadas las elecciones y proclamados los ganadores, la nueva junta directiva de la junta Zonal entrará en funciones a partir del 01 de enero del ejercicio inmediato siguiente; Que, en atención a lo expuesto, mediante el Informe Nº 0060-2017-MPL-GPV del 13 de octubre de 2017, la Gerencia de Participación Vecinal solicita se convoque a la elección de las Juntas Directivas Zonales del Distrito de Pueblo Libre para el período 2018-2019; De conformidad con lo dispuesto por la Ordenanza Nº 240-MPL y sus modificatorias y en uso de las facultades conferidas en el número 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- CONVOCAR a los Comités Vecinales vigentes del distrito a las Elecciones de Juntas Directivas Zonales del Distrito para el período 2018-2019, que se realizará el día 25 de Noviembre del presente. Artículo Segundo.- APROBAR el Cronograma de Desarrollo del Proceso Electoral de Juntas Directivas Zonales del Distrito de Pueblo Libre para el período 20182019, conforme al Anexo I que forma parte del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Participación Vecinal y la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional el cumplimiento del presente y las acciones de acuerdo a sus competencias. Artículo Cuarto.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JHONEL LEGUÍA JAMIS Alcalde ANEXO I Elecciones de Juntas Directivas Zonales del Distrito de Pueblo Libre Periodo 2018-2019
CRONOGRAMA DE DESARROLLO DEL PROCESO ELECTORAL AGENDA Convocatoria a Elecciones / Publicación del Padrón Electoral Elecciones del Comité Electoral por Zonas Publicación y Difusión del Reglamento Electoral. Inscripción de Lista de Candidatos Impugnación de Listas Publicación Final de Lista de Candidatos Jornada Electoral y Publicación de Resultados FECHA 06 de Noviembre 09 de Noviembre 13 y 15 de Noviembre 16 y 17 de Noviembre 21 de Noviembre 25 de Noviembre

MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE
Convocan a los Comités Vecinales vigentes del distrito a las Elecciones de Juntas Directivas Zonales del distrito para el periodo 2018 - 2019 y aprueban el Cronograma de desarrollo del Proceso Electoral
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 12-2017-MPL-A Pueblo Libre, 17 de octubre de 2017 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE; VISTO: El Informe Nº 0060-2017-MPL-GPV del 13 de octubre de 2017 de la Gerencia de Participación Vecinal; el Proveído Nº 1360-2017-MPL-GM del 17 de octubre de 2017 de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 197º de la Constitución Política del Perú, dispone que las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local; asimismo, de acuerdo al inciso 5.1) del artículo 73º de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, las municipalidades están facultadas para: Promover, apoyar y reglamentar la participación vecinal en el desarrollo local; asimismo, el artículo 110º de la citada norma señala que la constitución y delimitación de los comités vecinales, el número de sus delegados así como la norma de su elección y revocatoria serán establecidos mediante ordenanza de la respectiva municipalidad distrital; Que, la Ordenanza Nº 240-MPL aprueba el Reglamento de Registro, Constitución, Organización y Funciones de los Comités Vecinales y Juntas Zonales de Pueblo Libre, la misma que fue publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 31 de Diciembre de 2006 y modificada mediante Ordenanza Nº 246-MPL, publicada el 14 de marzo de 2007 y Ordenanza Nº 367-MPL, publicada en el citado diario, el 27 de agosto de 2011;

1581149-1

MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO
Aprueban la actualización del Plan de Acción del Plan de Manejo de Residuos Sólidos del distrito, periodo 2017-2019
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 019-2017-A/MDSJL San Juan de Lurigancho, 20 de octubre de 2017 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO

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