Norma Legal Oficial del día 01 de septiembre del año 2017 (01/09/2017)


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NORMAS LEGALES

Viernes 1 de setiembre de 2017 /

El Peruano

universitarias de Latinoamérica, Europa y Asia; evento que se llevará a cabo en la Universidad de Guanajuato, México. 2º Otorgar a don ANDRÉS AVELINO CÁCERES TAPIA, la suma que se indica, con cargo al Presupuesto 2017 de la Oficina General de Cooperación y Relaciones Interinstitucionales, debiendo a su retorno rendir cuenta documentada del gasto efectuado en el plazo de Ley: - Pasaje aéreo y seguro médico S/ 2,200.00 soles

2) Que el regidor José Rutico Antón Ruiz era uno de los que dirigía el operativo, y en todo momento dialogaba con diferentes pobladores quienes le agradecían por su intervención, contraviniendo el artículo 11 de la LOM. 3) Que en el video ofrecido se acredita la intervención activa del regidor, identificándose como parte del oficialismo y azuzando a la población, lo cual sindica como funciones ejecutivas y administrativas. Los descargos del regidor José Rutico Antón Ruiz El regidor José Rutico Antón Ruiz, mediante Carta Nº 001-2016-MPS-JRAR/RP cursada al alcalde provincial de Sechura, con fecha 24 de noviembre de 2016 (fojas 13 y 14), formula sus descargos manifestando lo siguiente: 1) Que en calidad de presidente de la Comisión de Desarrollo Ambiental realizó cinco reuniones con las áreas de Comercialización y Mercados, Gerencia de Rentas, Sub Gerencia de Recaudación, Sub Gerencia de Fiscalización, Cobranza Coactiva, Sub Gerencia de Seguridad Ciudadana, Gerencia de Servicios a la Comunidad, Defensa Civil y otros para tratar el tema de otorgamiento de licencias de funcionamiento a establecimientos comerciales, bares, discotecas y otros negocios. 2) En ese contexto, es que se decide tomar acciones concretas contra establecimientos de diversión que no cuentan con licencia de funcionamiento, encontrándose, entre ellas, la discoteca Xtrem, la cual continuaba funcionando, pese a tener orden de cierre definitivo. 3) En la fecha de cierre definitivo del referido establecimiento, ocurrido en horas de la noche, se apersonó cuarenta y cinco minutos después de su inicio, para ser testigo de que se cumplan las disposiciones de la municipalidad, ya que su función como regidor lo faculta fiscalizar. 4) Enfatiza que no tomó decisiones respecto del accionar del personal, sino que únicamente se limitó a observar, por el contrario, fue la abogada Nelly Chapa, quien ejerció su labor de ejecutora coactiva; y el ingeniero Eduardo Fiestas Jacinto con el personal de serenazgo. 5) Que la solicitante actúa con un afán de venganza porque la denuncia que ella presentó ante la Fiscalía Provincial de Sechura en su contra fue desestimada. Pronunciamiento Sechura del Concejo Provincial de

3º Encargar la Jefatura de la Oficina General de Cooperación y Relaciones Interinstitucionales a doña ANTONIA FLORENCIA CASTRO RODRIGUEZ, con código Nº 014478, Jefa de la Oficina Central de Calidad Académica y Acreditación, por el período del 19 al 23 de setiembre del 2017 y mientras dure la ausencia del titular. 4º Encargar a la Secretaría General y a la Oficina de Abastecimiento la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano de conformidad a las normas vigentes. 5º Encargar a la Dirección General de Administración, Oficina General de Recursos Humanos y a la Oficina General de Cooperación y Relaciones Interinstitucionales, el cumplimiento de la presente resolución rectoral. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. ORESTES CACHAY BOZA Rector 1560002-1

JURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Confirman Acuerdo que declaró infundada solicitud de vacancia presentada contra regidor del Concejo Provincial de Sechura, departamento de Piura
RESOLUCIÓN Nº 0286-2017-JNE Expediente Nº J-2017-00023-A01 SECHURA - PIURA RECURSO DE APELACIÓN Lima, veinticinco de julio de dos mil diecisiete VISTO, en audiencia pública de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por Lidia Loren Ruiz Galán contra el Acuerdo de Concejo Nº 197-2016-MPS, de fecha 21 de diciembre de 2016, que, por mayoría, declaró infundada la solicitud de vacancia contra José Rutico Antón Ruiz, regidor de la Municipalidad Provincial de Sechura, departamento de Piura, por la causal prevista en el artículo 11 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. ANTECEDENTES La solicitud de vacancia El 8 de noviembre de 2016, ante la Municipalidad Provincial de Sechura, departamento de Piura, Lidia Loren Ruiz Galán solicitó la vacancia del regidor José Rutico Antón Ruiz por la causal de prohibición del ejercicio de función o cargo ejecutivo o administrativo establecida en el artículo 11 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM) (fojas 2 a 5), con base en lo siguiente: 1) "Que el 12 de marzo de 2016, se apersonaron a su establecimiento ubicado en Las Peñitas Nº 205, Sechura, la abogada Nelly Cristina Chapa Ruiz, subgerente de la oficina de Ejecución Coactiva; efectivos de serenazgo y de la Policía Nacional del Perú; Eduardo Fiestas Jacinto, subgerente de Servicios a la Comunidad, y José Rutico Ruiz Antón [sic], regidor provincial para tapiar la entrada de su negocio en ejecución de una resolución coactiva, la cual desconocía por no habérsele notificado".

En Sesión Extraordinaria, realizada el 20 de diciembre de 2016, con 4 votos en contra, 2 abstenciones y 1 omisión, por mayoría, se declaró infundada la solicitud de vacancia (fojas 59 a 65). Esta decisión se materializó en el Acuerdo de Concejo Nº 197-2016-MPS, de fecha 21 de diciembre de 2016 (fojas 16 a 19). La impugnante, Lidia Loren Ruiz Galán, fue notificada con dicho acuerdo de concejo el 12 de enero de 2017 (fojas 24), en consecuencia, se verifica que el recurso de apelación fue presentado con anterioridad, esto es, el 9 de enero de 2017. El recurso de apelación interpuesto por Lidia Loren Ruiz Galán El 9 de enero de 2017, la recurrente interpuso recurso de apelación contra el Acuerdo de Concejo Nº 197-2016MPS, reiterando los mismos argumentos de la solicitud de vacancia (fojas 28 a 31). Mediante Auto Nº 1, de fecha 18 de enero de 2017 (fojas 54 y 55), se requirió a la impugnante que adjunte la constancia de habilitación profesional de su abogado. Posteriormente, se dio por cumplido el mismo a través del Auto Nº 2, de fecha 2 de mayo de 2017 (fojas 69 y 70), en consecuencia, se dispuso continuar con el trámite correspondiente. CUESTIÓN EN DISCUSIÓN La controversia del presente caso consiste en determinar si José Rutico Antón Ruiz, regidor de la Municipalidad Provincial de Sechura, departamento de

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