Norma Legal Oficial del día 08 de septiembre del año 2017 (08/09/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

4 PODER EJECUTIVO

NORMAS LEGALES

Viernes 8 de setiembre de 2017 /

El Peruano

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Decreto Supremo que prorroga el Estado de Emergencia Nacional declarado en el departamento de Piura, por desastre de gran magnitud a consecuencia de intensas lluvias
DECRETO SUPREMO Nº 089-2017-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 035-2017PCM, publicado en el Diario Oficial "El Peruano" el 29 de marzo de 2017, se declaró el Estado de Emergencia Nacional en el departamento de Piura, por desastre de Gran Magnitud, por el plazo de sesenta (60) días calendario, a consecuencia de intensas lluvias; para la ejecución de acciones y medidas de excepción, inmediatas y necesarias, de respuesta y rehabilitación que correspondan; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 054-2017PCM, publicado en el Diario Oficial "El Peruano" el 26 de mayo de 2017, se prorrogó por el plazo de cuarenta y cinco (45) días calendario, a partir del 29 de mayo del 2017, el Estado de Emergencia Nacional declarado en el departamento de Piura mediante el Decreto Supremo Nº 035-2017-PCM, por desastre de gran magnitud a consecuencia de intensas lluvias; para continuar con la ejecución de acciones y medidas de excepción inmediatas y necesarias de respuesta y rehabilitación que correspondan; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 073-2017PCM, publicado en el Diario Oficial "El Peruano" el 09 de julio de 2017, se prorrogó por el plazo de sesenta días (60) días calendario, a partir del 13 de julio del 2017, el Estado de Emergencia Nacional declarado en el departamento de Piura mediante el Decreto Supremo Nº 035-2017-PCM y prorrogado por Decreto Supremo N° 054-2017-PCM, por desastre de gran magnitud a consecuencia de intensas lluvias; para continuar con la ejecución de acciones y medidas de excepción inmediatas y necesarias de respuesta y rehabilitación que correspondan; Que, conforme a lo establecido en el artículo 5 de la "Norma Complementaria sobre la Declaratoria de Estado de Emergencia por Desastre o Peligro Inminente, en el marco de la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastre", aprobada por el Decreto Supremo Nº 074-2014-PCM; la Presidencia del Consejo de Ministros presenta ante el Consejo de Ministros el expediente de solicitud de declaratoria de Estado de Emergencia o su prórroga, para que se proceda con el correspondiente acuerdo y emisión del decreto supremo; Que, mediante el Oficio Nº 186-2017-PCM/VGT de fecha 28 de agosto de 2017, el Viceministro de Gobernanza Territorial de la Presidencia del Consejo de Ministros, solicitó al Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), un Informe Situacional con propuestas de medidas y/o acciones inmediatas y necesarias pendientes de ejecución que amerite la aprobación de la prórroga del Estado de Emergencia Nacional por desastre de gran magnitud a consecuencia de intensas lluvias en el departamento de Piura, que fue declarado mediante el Decreto Supremo Nº 035-2017-PCM y prorrogado mediante el Decreto Supremo Nº 054-2017-PCM y el Decreto Supremo N° 073-2017-PCM; a fin de viabilizar la culminación de las medidas y acciones de excepción

inmediatas y necesarias que correspondan en las zonas afectadas; Que, de acuerdo a lo establecido en los artículos 8 y 17 de la "Norma Complementaria sobre la Declaratoria de Estado de Emergencia por Desastre o Peligro Inminente, en el marco de la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres", el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), debe remitir la opinión técnica respecto a la procedencia de la solicitud de prórroga del Estado de Emergencia a la Presidencia del Consejo de Ministros, conjuntamente con los proyectos normativos para la aprobación, de ser el caso; Que, mediante el Oficio Nº 4099-2017-INDECI/5.0, de fecha 04 de setiembre de 2017, el Jefe (e) del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), remite y hace suyo el Informe Situacional Nº 00029-2017-INDECI/11.0 de fecha 29 de agosto de 2017, que se sustenta en el Informe de Emergencia Nº 729-29/08/2017/COEN-INDECI/16:30 HORAS, emitido por el Centro de Operaciones de Emergencia Nacional (COEN) administrado por el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI); a través del cual informa que desde el 05 de enero al 30 de marzo de 2017, se registraron precipitaciones pluviales de moderadas a fuerte intensidad generando inundaciones, huaycos, desbordes, deslizamientos y descargas eléctricas en el departamento de Piura, afectando viviendas, instituciones educativas, establecimientos de salud, áreas de cultivo, vías de comunicación y daños a la vida y la salud de las personas; Que, adicionalmente, en el Informe Situacional Nº 00029-2017-INDECI/11.0 se señalan las acciones de respuesta realizadas en las zonas afectadas y se precisa que son insuficientes para la atención de la emergencia; igualmente, se indica que por la gran magnitud de los daños, se hace necesario continuar con la intervención técnica y operativa de respuesta y rehabilitación del Gobierno Nacional con los recursos nacionales disponibles; Que, además, a través del mencionado Informe Situacional, la Dirección de Respuesta del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) señala que para la ejecución de las medidas y acciones a desarrollarse durante la prórroga del Estado de Emergencia Nacional solicitado, es necesario que se continúe con la participación del Gobierno Regional de Piura, de los Gobiernos Locales involucrados, del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, del Ministerio de Salud, del Ministerio de Educación, del Ministerio de Agricultura y Riego, del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, del Ministerio de Energía y Minas, del Ministerio de Defensa, del Ministerio del Interior, del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, del Ministerio de la Producción, del Ministerio de Relaciones Exteriores, así como del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social teniendo en consideración lo establecido por el Decreto Supremo Nº 047-2017-PCM, y demás instituciones públicas y privadas involucradas en cuanto les corresponda, y con el apoyo de la ayuda internacional de ser necesario; a fin de continuar con la ejecución de las medidas y acciones de excepción inmediatas y necesarias destinadas a la respuesta y rehabilitación de las zonas afectadas a consecuencia de intensas lluvias Que, por todo ello, en el Informe Situacional Nº 00029-2017-INDECI/11.0, el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), opina y recomienda prorrogar por el plazo de sesenta (60) días calendario, el Estado de Emergencia Nacional declarado en el departamento de Piura por desastre de gran magnitud a consecuencia de intensas lluvias, mediante el Decreto Supremo Nº 0352017-PCM, y prorrogado mediante el Decreto Supremo Nº 054-2017-PCM y Decreto Supremo N° 073-2017-PCM; lo que permitirá continuar con la ejecución de medidas y acciones complementarias y necesarias de respuesta y rehabilitación en los distritos y provincias del departamento de Piura, en salvaguarda de la vida e integridad de las personas y el patrimonio público y privado. Se precisa que las acciones señaladas, deberán tener nexo directo de causalidad entre las intervenciones y el evento; Que, en consecuencia, encontrándose por vencer el plazo de vigencia del Estado de Emergencia Nacional

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