Norma Legal Oficial del día 08 de septiembre del año 2017 (08/09/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano / Viernes 8 de setiembre de 2017

NORMAS LEGALES

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(iv) iniciativas sobre el beneficiario final y la descripción de enfoques que han tomado otras jurisdicciones para garantizar la disponibilidad de la información sobre el beneficio final; Que, uno de los compromisos de los países que se adhieren al citado Foro Global es lograr los estándares internacionales para la transparencia y el intercambio de información en materia tributaria, con el objetivo de combatir la elusión y evasión fiscal; Que, en ese sentido, se estima conveniente la participación de la señora Zulema Antuane Calle Castro, consultora de la Dirección General de Política de Ingresos Públicos del Ministerio de Economía y Finanzas, en el citado evento, toda vez que los contenidos temáticos a abordarse, la información y experiencias a intercambiar, se vinculan al ámbito de actuación de la referida Dirección General y contribuyen al desarrollo de las funciones que les han sido atribuidas; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, dispone que, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, en consecuencia, y siendo de interés institucional y nacional, resulta necesario autorizar el viaje solicitado, cuyos gastos serán cubiertos con cargo al presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su modificatoria, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; y en la Directiva N° 002-2015-EF/43.01 ­ Disposiciones y procedimientos para la autorización de viajes por comisión de servicios al exterior y en el territorio nacional y su respectiva rendición de cuentas del personal del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobada con Resolución Ministerial N° 0692015-EF/43 y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de la señora Zulema Antuane Calle Castro, consultora de la Dirección General de Política de Ingresos Públicos del Ministerio de Economía y Finanzas, del 10 al 14 de setiembre de 2017, a la Ciudad de México, Estados Unidos Mexicanos, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución serán con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora 001 ­ Administración General del Pliego Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Aéreos : US $ 1 585,00 Viáticos (3 + 1 día) : US $ 1 760,00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la citada comisionada deberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. En el mismo plazo presentará la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4.- La presente norma no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor de la comisionada cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Ministro de Economía y Finanzas 1563107-1

EDUCACION
Modifican la R.M. N° 350-2017-MINEDU, que dispuso la implementación y ejecución de la Evaluación Censal de Estudiantes 2017 (ECE 2017) y de la Evaluación Muestral 2017 (EM 2017)
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 497-2017-MINEDU Lima, 7 de Setiembre de 2017 VISTOS, el Expediente N° 0166346-2017, el Informe N° 041-2017-MINEDU/SPE-UMC de la Oficina de Medición de la Calidad de los Aprendizajes, dependiente de la Secretaría de Planificación Estratégica, el Informe N° 881-2017-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 350-2017-MINEDU se dispuso la implementación y ejecución, a nivel nacional, de la Evaluación Censal de Estudiantes 2017 (ECE 2017) y de la Evaluación Muestral 2017 (EM 2017), en las instituciones educativas públicas y privadas de Educación Básica Regular; asimismo, se dispuso, entre otros, las áreas curriculares materia de evaluación y las respectivas fechas de ejecución; Que, mediante el Informe Nº 041-2017-MINEDU/ SPE-UMC, la Oficina de Medición de la Calidad de los Aprendizajes, dependiente de la Secretaría de Planificación Estratégica, señala que debido a la interrupción de clases en el periodo escolar del presente año, afectado por fenómenos naturales y por la paralización docente es necesaria la modificación de la referida resolución, en ese sentido propone suprimir la aplicación de las evaluaciones en las áreas curriculares de Matemática y de Ciencia, Tecnología y Ambiente; así como, modificar las fechas para la realización de la ECE 2017 y EM 2017 respecto de las áreas curriculares de Comunicación y Castellano establecidas los artículos 1 y 2 de la Resolución Ministerial N° 350-2017-MINEDU; Con el visado de la Secretaría General, de la Secretaría de Planificación Estratégica, de la Oficina de Medición de la Calidad de los Aprendizajes y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo Único.- Modificar los artículos 1 y 2 de la Resolución Ministerial N° 350-2017-MINEDU, conforme a la siguiente redacción: "Artículo 1.- Disponer la implementación y ejecución a nivel nacional, durante el presente ejercicio presupuestal, de la Evaluación Censal de Estudiantes 2017 (ECE 2017), en las instituciones educativas públicas y privadas de Educación Básica Regular, que tengan cinco o más estudiantes, para el siguiente alumnado: - Cuarto grado de educación primaria, en el área curricular de Comunicación (lee diversos tipos de textos escritos en su lengua materna), el día 06 de diciembre de 2017. - Cuarto grado de educación primaria de las instituciones educativas que desarrollan Educación Intercultural Bilingüe, en el área curricular de Castellano como segunda lengua (lee diversos tipos de textos escritos en castellano como segunda lengua), el día 04 de diciembre de 2017.

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