Norma Legal Oficial del día 08 de septiembre del año 2017 (08/09/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano / Viernes 8 de setiembre de 2017

NORMAS LEGALES

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De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 042-2005-EM, el artículo 1 del Decreto Ley N° 25909 y el artículo 4 del Decreto Ley N° 25629; y, en uso de las atribuciones previstas en los numerales 8) y 24) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; DECRETA: Artículo 1.- Prohibición de Comercializar y usar Diesel B5 con un contenido de azufre mayor a 50 ppm Queda prohibido el uso y la comercialización de Diesel B5 con un contenido de azufre mayor a 50 ppm en el departamento de La Libertad, a partir del 01 de enero de 2018. Artículo 2.- Contenido de azufre en las Gasolinas y Gasoholes de alto octanaje Dispóngase que el contenido de azufre en las Gasolinas y Gasoholes de alto octanaje que se comercialice y use a nivel nacional, no debe ser mayor a 50 ppm, a partir del 01 de enero del 2018. Para efectos de la aplicación del presente Decreto Supremo, se entiende como Gasolinas y Gasoholes de alto octanaje a las Gasolinas y Gasoholes de 95, 97 y 98 octanos. Los Importadores y Distribuidores Mayoristas tendrán hasta el 31 de diciembre del 2017 para adecuarse a lo previsto en el párrafo precedente. El resto de agentes de la cadena de comercialización de dichos combustibles tendrán hasta el 31 de marzo del 2018. Artículo 3.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Energía y Minas, la Ministra del Ambiente, el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los siete días del mes de setiembre del año dos mil diecisiete. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República ELSA GALARZA CONTRERAS Ministra del Ambiente FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Ministro de Economía y Finanzas CAYETANA ALJOVIN GAZZANI Ministra de Energía y Minas BRUNO GIUFFRA MONTEVERDE Ministro de Transportes y Comunicaciones 1563113-4

de las autoridades políticas designadas, con alcance nacional; Que, el artículo 120 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2017-IN, señala que los Prefectos Regionales son designados por Resolución Suprema refrendada por el Ministro del Interior a propuesta del Viceministro de Orden Interno; Que, el Viceministro de Orden Interno del Ministerio del Interior propone la designación del Prefecto Regional de Tacna; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2017-IN; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Designar a la señora Anyela Macarena Cueto Mamani, en el cargo de Prefecto Regional de Tacna. Artículo 2°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República CARLOS BASOMBRIO IGLESIAS Ministro del Interior 1563113-5

Autorizan viaje de oficial de la Policía Nacional del Perú a Italia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 833-2017-IN Lima, 6 de setiembre de 2017 VISTOS; el Mensaje I 24/7, de fecha 21 de junio de 2017, de la Oficina Central Nacional de INTERPOL de Roma, la Hoja de Estudio y Opinión N° 310-2017-DIRGEN PNP/DIRASINT-DIVBEC, de fecha 4 de setiembre de 2017, de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, el Informe N° 001359-2017/IN/OGAJ, de fecha 5 de setiembre de 2017, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO:

INTERIOR
Designan Prefecto Regional de Tacna
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 032-2017-IN Lima, 7 de setiembre de 2017 VISTOS; el Informe N° 252-2017-IN-VOI-DGIN-DAP, de la Dirección de Autoridades Políticas, de la Dirección General de Gobierno Interior, y el Oficio N° 001053-2017/ IN/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, de Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, establece que el Ministerio del Interior tiene entre otras funciones específicas, dirigir y supervisar las funciones

Que, mediante Mensaje I 24/7, de fecha 21 de junio de 2017, la Oficina Central Nacional de INTERPOL de Roma hace de conocimiento de la Oficina Central Nacional de INTERPOL de Lima, que el Centro de Capacitación Internacional Avanzado para la Prevención y Lucha Contra el Crimen Organizado, ubicado en la ciudad de Caserta ­ República Italiana, va a desarrollar un curso de capacitación denominado "Herramientas y Procedimientos para la Prevención y Lucha Contra el Crimen Organizado", a llevarse a cabo del 11 de setiembre al 6 de octubre de 2017, en dicha ciudad; Que, con Hoja de Estudio y Opinión N° 310-2017-DIRGEN PNP/DIRASINT-DIVBEC, de fecha 4 de setiembre de 2017, la Dirección General de la Policía Nacional del Perú aprueba y estima conveniente que se prosiga con el trámite de la expedición de la Resolución que autorice el viaje al exterior en misión de estudios, del Coronel de la Policía Nacional del Perú Raúl Felipe Del Castillo Vidal, propuesto por la Dirección de Investigación Criminal de la Policía Nacional del Perú, para que participe en el curso antes citado, a realizarse en la ciudad de Caserta ­ República Italiana, del 9 de setiembre al 7

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