Norma Legal Oficial del día 20 de septiembre del año 2017 (20/09/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano / Miércoles 20 de setiembre de 2017

NORMAS LEGALES

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simplificación administrativa que tiene por objeto la eliminación de obstáculos o costos innecesarios para la sociedad que generan el inadecuado funcionamiento de la Administración Pública; Que, atendiendo a la naturaleza del proyecto normativo, este requiere ser sometido a consulta para recibir opiniones y sugerencias de los interesados, conforme a lo establecido en el artículo 14° del Reglamento que establece disposiciones relativas a la Publicidad, Publicación de Proyectos Normativos y Difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, en concordancia con el artículo 39° del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2009-MINAM, que establece que los proyectos de normas que regulen asuntos ambientales generales o que tengan efectos ambientales, serán puestos en conocimiento del público para recibir opiniones y sugerencias de los interesados; Que, la Oficina de Asesoría Jurídica mediante Informe Legal N° 1503-2017-ANA-OAJ/LADR, opina que resulta viable proceder a la prepublicación del citado proyecto de Reglamento; Que, en ese contexto, resulta necesario disponer la prepublicación del proyecto: "Reglamento de Operadores de Infraestructura Hidráulica y de Instrumentos para la prestación de los servicios de suministro de agua", a fin de recibir aportes y comentarios que permitan el perfeccionamiento de la propuesta; Que, una vez consolidados los aportes y comentarios presentados, corresponderá al Equipo Técnico designado mediante Resolución de Secretaría de General N° 041-2017-ANA-SG, que realice la evaluación del presente proyecto normativo, a fin de remitirlo a la Comisión Multisectorial de Calidad Regulatoria de la Presidencia del Consejo de Ministros para su validación, en aplicación del artículo 2° del Decreto Legislativo N° 1310, y el Decreto Supremo N° 075-2017-PCM, que dispone que para el caso de proyectos de disposiciones normativas las entidades del Poder Ejecutivo deberán realizar el análisis de calidad regulatoria; y, Estando a lo anterior y con los vistos de la Oficina Asesoría Jurídica y de la Secretaria General, en uso de la facultad conferida a este Despacho por el artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2010-AG; y, en aplicación del artículo 14° del Decreto Supremo N° 001-2009-JUS y el artículo 39° del Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM. SE RESUELVE: Artículo 1.- Prepublicación del Proyecto de Reglamento Dispóngase la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y la prepublicación del proyecto de "Reglamento de Operadores de Infraestructura Hidráulica y de Instrumentos para la prestación de los servicios de suministro de agua", en el portal web de la Autoridad Nacional del Agua: www.ana.gob.pe, por diez (10) días hábiles, a fin que los interesados remitan sus aportes y comentarios a la siguiente dirección electrónica: simplificacionadmnistrativa@ana.gob.pe. Artículo 2.- Recepción de aportes y comentarios Encargar al Grupo de Trabajo designado mediante Memorando N° 200-2017-ANA-J/SG, el análisis de los aportes y comentarios que se presenten respecto del proyecto de Reglamento señalado en el artículo precedente. Artículo 3°.- Análisis de Calidad Regulatoria Encargar al Equipo Técnico conformado mediante Resolución de Secretaría General N° 041-2017-ANA-SG, que realice el análisis de calidad regulatoria del proyecto de Reglamento a que se refiere el artículo primero, una

vez que le sea alcanzado el texto con la consolidación de los aportes recibidos. Regístrese, comuníquese y publíquese, ABELARDO DE LA TORRE VILLANUEVA Jefe Autoridad Nacional del Agua 1567171-1

CULTURA
Autorizan viaje de servidores del Gran Teatro Nacional a Colombia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 343-2017-MC Lima, 18 de setiembre de 2017 VISTOS, las Cartas s/n de la Directiva de Ópera Latinoamérica; la Carta s/n del Director de Programación del Teatro Mayor Julio Mario Santo Domingo; el Informe N° 000089-2017/GTN/OGA/SG/MC del Coordinador y Programador del Gran Teatro Nacional; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, éste es un organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público que constituye pliego presupuestal del Estado, ejerciendo competencias y funciones sobre las áreas programáticas de acción referidas al patrimonio cultural de la nación, material e inmaterial; la creación cultural contemporánea y artes vivas; la gestión cultural e industrias culturales; y, la pluralidad étnica y cultural de la nación; Que, mediante Cartas s/n de fecha 25 de abril de 2017, la Directiva de Ópera Latinoamérica ­ OLA, cursa invitación al señor Mauricio Manuel Salas Torreblanca, Coordinador y Programador del Gran Teatro Nacional, y a la señora Melissa Giorgio Alcalde, Coordinadora del Área de Públicos del Gran Teatro Nacional, para participar en el "X Encuentro Ópera Latinoamérica Bogotá, Colombia 2017", a llevarse a cabo el 25, 26 y 27 de setiembre de 2017, en la ciudad de Bogotá, República de Colombia; Que, asimismo, a través de la Carta s/n de fecha 2 de agosto de 2017, el Director de Programación del Teatro Mayor Julio Mario Santo Domingo, se dirige a la señora Melissa Giorgio Alcalde, a fin de extenderle la invitación señalada en el considerando precedente, del 28 de setiembre al 1 de octubre de 2017, para mantener una serie de encuentros con profesionales locales y asistir a diversas actividades artísticas relacionadas con su quehacer en el programa de Formación de Públicos del Gran Teatro Nacional, compartir experiencias en el ámbito de la formación de audiencias con una serie de gestores culturales colombianos, representantes de las más destacadas instituciones culturales, líderes en la promoción de la cultura, la generación de proyectos y productos culturales pensados con ese fin, así como actores clave en la democratización de la cultura en Bogotá; Que, OLA es una organización sin fines de lucro que agrupa teatros de ópera Latinoamericanos y de España, cuya misión es difundir y promover el arte lírico y de las artes de la representación clásicas, música y ballet, en la región Iberoamericana, por medio del trabajo en red, así como el intercambio de información y de trabajo entre los distintos teatros que la integran; fue creada en el año 2007 en Chile, y está integrada por instituciones de Argentina, Brasil, Chile, Colombia, Ecuador, México y Uruguay. En ese sentido, el objetivo del mencionado evento es construir puentes para promover las artes de la representación en la región Iberoamericana mediante el

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