Norma Legal Oficial del día 20 de septiembre del año 2017 (20/09/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

Miércoles 20 de setiembre de 2017 /

El Peruano

ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, del 20 al 23 de setiembre de 2017, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución, serán cubiertos con cargo a la fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios del pliego presupuestal N° 113: Biblioteca Nacional del Perú, conforme al siguiente detalle: Pasajes aéreos (incluido TUUA): Instalación (x 1 día + 1 día de instalación): TOTAL US$ 1 667,66 US$ 880,00 ------------------US$ 2 547,66

Artículo 3.- Disponer que el citado funcionario, dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno, presente ante el Ministerio de Cultura un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el evento al que acudirá, así como la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4.- La presente resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. SALVADOR DEL SOLAR LABARTHE Ministro de Cultura 1567447-1

Aceptan donación dineraria a favor del Ministerio para la atención de gastos de seguridad y vigilancia del Complejo Arqueológico El Brujo
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 347-2017-MC Lima, 19 de setiembre del 2017 VISTO, el Memorando N° 000984-2017/OGPP/SG/MC de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, en el marco de lo dispuesto por la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del sector público para el año fiscal 2017, mediante Resolución Ministerial Nº 487-2016-MC, de fecha 30 de diciembre de 2016, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2017 del Pliego 003: Ministerio de Cultura; Que, con fecha 27 de abril de 2016, el Ministerio de Cultura y la Fundación Augusto N. Wiese suscribieron un Convenio de Colaboración Interinstitucional, cuyo objeto es prestar cooperación mutua y asistencia activa para la investigación y conservación del patrimonio cultural inmueble, protección de infraestructura construida; así como, para la conservación y puesta en valor de los materiales culturales que sean recuperados del Complejo Arqueológico El Brujo, ubicado en el distrito de Magdalena de Cao, provincia de Ascope, La Libertad; en cuyo numeral 3.2.4 , se señala como uno de los compromisos de la precitada Fundación, el de efectuar una donación a favor del Ministerio de Cultura a fin de asegurar el financiamiento total o parcial de la contratación del servicio de seguridad anual a favor del Complejo Arqueológico de El Brujo; Que, el literal a) del numeral 42.1 del artículo 42 del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF, establece que las incorporaciones de mayores fondos públicos que se generen como consecuencia de la percepción de determinados ingresos no previstos o superiores a los contemplados en el presupuesto inicial, son aprobados mediante resolución del Titular de la Entidad cuando provengan de fuentes de financiamiento distintas a las de Recursos Ordinarios y recursos por operaciones oficiales de crédito que se produzcan durante el año fiscal; Que, sobre el particular, el artículo 69 del TUO establece que las donaciones dinerarias provenientes

de instituciones nacionales o internacionales, públicas o privadas, diferentes a las provenientes de los convenios de cooperación técnica no reembolsable, serán aprobadas por Resolución del Titular de la Entidad, consignando la fuente de donante y el destino de estos fondos públicos; debiendo publicarse dicha resolución en el Diario Oficial El Peruano, cuando el monto de la donación supere las cinco (5) Unidades Impositivas Tributarias; Que, el acápite ii) del numeral 19.2 y el numeral 19.3 del artículo 19 de la Directiva N° 005-2010-EF/76.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada por Resolución Directoral N° 030-2010-EF/76.01 y sus modificatorias, establecen que son procedentes las modificaciones presupuestarias en el Nivel Institucional por incorporación de mayores fondos públicos de acuerdo a lo establecido en el numeral 42.1 del artículo 42 de la Ley, cuando se trate de recursos provenientes de Saldos de Balance y Donaciones y Transferencias, para lo cual se utiliza el Modelo N° 04/GN contenido en la misma; Que, el numeral 25.1 del artículo 25 de la citada Directiva, señala que dado el carácter financiero del Presupuesto del Sector Público, solo procede la incorporación de recursos monetarios, cuyos montos se registran en números enteros; Que, con Informe Nº 106-2017-PP-DDC.LIB/MC de fecha 5 de setiembre de 2017, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la Unidad Ejecutora 009: MC ­ La Libertad, manifiesta que con Informe N° 169-2017-A-DDCLIB/MC, la Oficina de Administración ha remitido los documentos sustentatorios con la finalidad de realizar la aceptación e incorporación de la donación efectuada por la Fundación Augusto N. Wiese para la contratación del servicio de seguridad del Complejo Arqueológico El Brujo; asimismo, con Informe N° 036-2017-TES-A-DDC-LIB/MC, el Tesorero informa que se ha procedido con el registro administrativo en el SIAF en el rubro: 13. Donación, Clasificador 1.5.4.1.11; motivo por el cual, solicita realizar el trámite de aceptación por el importe de S/ 123 411,20 (Ciento veintitrés mil cuatrocientos once con 20/100 Soles) y la incorporación parcial por el monto de S/ 52 406,00 (Cincuenta y dos mil cuatrocientos seis con 00/100 Soles) en la Fuente de Financiamiento Donaciones y Transferencias; para lo cual remite el reporte SIAF, la Cadena Funcional Programática, el Formato N° 01 "Detalle del crédito suplementario por mayores recursos y/o modificación presupuestaria en el nivel funcional" y el Formato N° 02 "Detalle de incorporación de metas presupuestarias (Físicas) por crédito suplementario y/o modificación presupuestaria en el nivel funcional programático"; Que, en atención a ello, mediante Informe N° 3452017-DDC.LIB/MC de fecha 6 de setiembre de 2017, la Directora de la Dirección Desconcentrada de Cultura de la Libertad y Responsable de la Unidad Ejecutora 009: MC - La Libertad remite el Informe Nº 106-2017-PP-DDC. LIB/MC, de su Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y solicita tramitar la aceptación de la donación y la incorporación de mayores ingresos en la Fuente de Financiamiento Donaciones y Transferencias, para el pago de servicio de seguridad y vigilancia del Complejo Arqueológico el Brujo; Que, mediante Memorando Nº 000984-2017/OGPP/ SG/MC de fecha 12 de setiembre de 2017, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto señala que a través del Informe N° 000152-2017/OP/OGPP/SG/MC, la Oficina de Presupuesto a su cargo, manifiesta que se ha realizado el análisis de la información remitida, la cual ha sido contrastada con el reporte de Resumen de Recaudación de Ingresos obtenido del Módulo de Procesos Presupuestarios del Sistema Integrado de Administración Financiera (SIAF­MPP), evidenciando que se han registrado financieramente los importes que requieren incorporar; por lo cual indican que corresponde incorporar dichos recursos; asimismo, indicar que es necesario aprobar el dispositivo legal y continuar con el trámite correspondiente; Que, en atención a las consideraciones expuestas y a lo informado por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente, considerando que los mayores fondos

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