Norma Legal Oficial del día 20 de septiembre del año 2017 (20/09/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano / Miércoles 20 de setiembre de 2017

NORMAS LEGALES

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5.7 Difusión y notificación El Equipo Técnico Especializado, luego de la elaboración del programa de actividades, notificará a la Comunidad y se instalará en el centro poblado principal de la misma o en algún otro lugar del territorio comunal que se considere estratégico, desde el cual, en estrecha coordinación con las respectivas autoridades comunales informará, en Asamblea General los aspectos relacionados a los trabajos de georeferenciación del plano de demarcación del territorio comunal que se encuentra titulada e inscrita en los Registros Públicos, asimismo, expondrá sobre la situación técnica y legal del plano inscrito y los requerimientos técnicos que se exigen para perfeccionarlos, mediante el proceso de georeferenciación con equipos GPS diferenciales submétricos y estación total de ser necesario; y convocará mediante notificación a los colindantes para que se hagan presente durante las diligencias de campo. La notificación cursada a la Comunidad y a sus colindantes, deberá indicar el lugar, fecha y hora de inicio de la georeferenciación, siendo difundida mediante carteles y/o avisos colocados en las vitrinas de las Agencias Agrarias, y de ser el caso, en los medios sociales de comunicación existente en la localidad, dentro de cuya jurisdicción se encuentra la Comunidad Nativa, procurando que dicha información sean de fácil comprensión por los integrantes de la comunidad nativa. 5.8 Logística El Equipo Técnico Especializado, deberá asegurarse de la logística necesaria que permita ejecutar las actividades previstas en el programa de actividades, previamente elaborado; que consistirá en lo siguiente: a. Equipamiento con GPS diferenciales submétricos y estación total de ser necesario.

b. Brújulas azimutales o topográficas. c. Medios de transporte y combustible. d. Medicamentos de primeros auxilios. e. Carpas, mosqueteros y alimentos según el caso. f. Cámara fotográfica. g. Materiales de construcción (para la colocación de hitos). h. Vestuario (botas, poncho de agua, bolsa de dormir, etc.). i. Material cartográfico: hojas de la Carta Nacional, aerofotografías, imágenes de Satélite, plano de demarcación del territorio comunal, mapa base de CTCUM de haberse efectuado dicha clasificación de tierras. j. Otros que el Equipo Técnico considere necesario. 5.9 Georeferenciación del territorio comunal demarcado y titulado Comprende las acciones de replanteo de los vértices notables y linderos que conforman el territorio comunal demarcado y titulado, la toma de datos y la elaboración del plano perimétrico georeferenciado. La Amazonía peruana, se caracteriza por sus accidentes geográficos y lugares inaccesibles (quebradas, ríos, cochas, aguajales, restingas, etc.), y para sortearlos se requiere de instrumentos y de métodos auxiliares para de manera precisa identificar los límites o linderos del territorio comunal titulado. Los trabajos de campo deben tener como documentos base los títulos que obran en el archivo del Ente de Formalización Regional del territorio de la comunidad nativa (plano, memoria descriptiva, título de propiedad, etc.), y como alternativa del título archivado de la SUNARP. Al haber sido mensurados los territorios comunales, mediante topografía clásica y al contener el plano de información respecto al norte magnético deben utilizarse

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