Norma Legal Oficial del día 24 de septiembre del año 2017 (24/09/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

Domingo 24 de setiembre de 2017 /

El Peruano

Que, la Constitución Política del Perú, modificada por Ley Nº 27680 ­ Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización y Ley Nº 28607, en su artículo 191º establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 83º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Público, establece que la Comisión de Servicios es el desplazamiento temporal del servidor fuera de la sede habitual de trabajo, dispuesta por la autoridad competente para realizar funciones; y, con Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM se modifican los artículos 5º y 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprobó normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, en lo que respecta a los montos por concepto de viáticos según las zonas geográficas, así como la sustentación de los mismos; Que, el Reglamento Interno del Consejo Regional, en su artículo 8º inciso 3, señala que dentro de las atribuciones del Consejo Regional, "(...) además de las señaladas en el artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; las siguientes: (...) Autorizar al Presidente Regional, Vicepresidente Regional, así como a los Consejeros Regionales a salir del país en comisión de servicios, así como a concederles licencias, las que no pueden superar los cuarenta y cinco (45) días naturales al año (...)"; Que, mediante carta s/n, de fecha 05 de abril de 2017, el Gobernador de la Provincia de Kalimantan del Este, del país de Indonesia, como Presidente del Grupo de Trabajo de Gobernadores sobre Clima y Bosques (GCF) de 2017, invita al Gobernador Regional del Gobierno Regional Piura, a participar de la Reunión Anual de 2017, la cual se llevará a cabo desde el día 25 al 29 de setiembre del año en curso, en la ciudad de Balikpapan, en la provincia de Kalimantan del Este, del país de Indonesia. El Objetivo de la Reunión Anual de este año, es el de establecer alianzas concretas con economías verdes, con un enfoque en la producción sustentable de materias primas, así se busca elevar a calidad de vida de nuestras comunidades, al mismo tiempo que protegemos el medio ambiente; Que, con proveído de fecha 04 de agosto de 2017, inserto en la carta antes citada, el gobernador regional autoriza al Economista Alfredo Neyra Alemán, vicegobernador regional, para que acuda en representación de este Gobierno Regional. Cabe precisar que con proveído de fecha 04 de septiembre del año en curso la Gerencia General anotó que; "(...) se tomó conocimiento del informe Nº 067-2017/GRP-450000 (10/08/2017) por lo que, no irrogaría gasto al Estado (...)"; Que, estando a lo acordado y aprobado, por unanimidad de los presentes, en Sesión Ordinaria Nº 09 - 2017, celebrada el día 20 de setiembre de 2017, en la ciudad de San Miguel de Piura, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura, en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, modificada por Ley Nº 27680 y Ley Nº 28607; y la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, y sus modificatorias Ley Nº 27902, Ley Nº 28961, Ley Nº 28968 y Ley Nº 29053; ACUERDA: Artículo Primero.- Autorizar, el viaje al exterior del país por comisión de servicios a la ciudad de Balikpapan, en la provincia de Kalimantan del Este, del país de Indonesia, al Vicegobernador, Economista Alfredo Neyra Alemán, desde el día 25 al 29 de setiembre del año en curso, invitado por el Presidente del Grupo de Trabajo de Gobernadores sobre Clima y Bosques (GCF) de 2017, para participar de la Reunión Anual de 2017, con el objetivo de establecer alianzas concretas con economías verdes, con un enfoque en la producción sustentable de materias primas, buscando elevar a calidad de vida de nuestras comunidades, al mismo tiempo que protegemos el medio ambiente.

Artículo Segundo.- Dicho viaje al exterior no irroga ningún gasto al Pliego Gobierno Regional Piura. Artículo Tercero.- Dentro de los quince (15) días calendarios siguientes a su retorno al país, el comisionado presentará al Consejo Regional un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos producto del viaje autorizado. Artículo Cuarto.- Alcanzar el presente Acuerdo a Gerencia General Regional para que dispongan las acciones administrativas para su implementación. Artículo Quinto.- Dispensar el presente Acuerdo del trámite de lectura y aprobación del Acta. POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. MARÍA CECILIA TORRES CARRIÓN Consejera Delegada Consejo Regional 1568799-1

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD DE JESÚS MARÍA
FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 532-2017-MDJM Mediante Oficio Nº 514-2017-MDJM/SG, la Municipalidad de Jesús María solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza Nº 532-2017-MDJM, publicada en la edición del 14 de setiembre de 2017, página 91. Parte resolutiva: En la numeración: DICE: Artículo Segundo.- (...) (...) "Artículo 35º.(...) 2. Para los anuncios o avisos publicitarios ubicados sobre el vano de ingreso al establecimiento a altura mayor o igual a 2.10 ml: 3. El espesor de los anuncios (...) 4. Las dimensiones de los anuncios (...) 5. Los elementos de iluminación (...) 6. Para la señalización de servicios, (...) 7. Sólo se permitirá (...) 8. Para el caso de toldos, (...)" DEBE DECIR: Artículo Segundo.- (...) (...) "Artículo 35º.(...) 2. Para los anuncios o avisos publicitarios ubicados sobre el vano de ingreso al establecimiento a altura mayor o igual a 2.10 ml: 2.1. El espesor de los anuncios (...) 2.2. Las dimensiones de los anuncios (...) 3. Los elementos de iluminación (...) 4. Para la señalización de servicios, (...) 5. Sólo se permitirá (...) 6. Para el caso de toldos, (...)" 1568618-1

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