Norma Legal Oficial del día 29 de septiembre del año 2017 (29/09/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 134

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NORMAS LEGALES

Viernes 29 de setiembre de 2017 /

El Peruano

la Norma Técnica que establece los procedimientos, los criterios y las responsabilidades en el marco de las Transferencias de Recursos Destinados al Financiamiento de Intervenciones y Acciones Pedagógicas en Gobiernos Regionales durante el año 2017, la cual tiene como objetivos: i) Optimizar la gestión presupuestal de los recursos a ser transferidos a los Gobiernos Regionales, en específico a las Unidades Ejecutoras del Sector Educación; ii) Promover la transferencia oportuna de recursos a favor de los Gobiernos Regionales; iii) Minimizar los montos de los saldos presupuestales que se generen al finalizar el año fiscal 2017; iv) Propiciar el uso transparente y eficiente de los recursos asignados a las intervenciones y acciones pedagógicas impulsadas por el Ministerio de Educación; y, v) Regular la contratación de personal bajo el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo Nº 1057, así como la adquisición de bienes y servicios necesarios para la implementación de las intervenciones y acciones pedagógicas a las que se hace referencia en el numeral 3 de la Norma Técnica; Que, el numeral 6.2.1 de la Norma Técnica señalada en el considerando precedente, establece que para calcular los montos de las transferencias por tramos, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica elaborará un Informe, el mismo que deberá tomar en cuenta la información de la ejecución presupuestal de los pliegos Gobiernos Regionales contenida en los registros de los sistemas de información oficiales del Ministerio de Educación (SIAGIE, Censo Escolar, NEXUS o el que haga sus veces, entre otros), del Ministerio de Economía y Finanzas (Sistema Integrado de Administración Financiera ­ SIAF, Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público ­ AIRHSP; así como del Sistema Integrado de Gestión Administrativa ­ SIGA); Que, asimismo, el numeral 6.2.2 dispone que el monto de estas transferencias será determinado en función a los resultados de la ejecución de los recursos asignados en el presupuesto institucional de los Gobiernos Regionales, en específico a las Unidades Ejecutoras del Sector Educación y de la ejecución de los recursos de la última transferencia efectuada; considerando los recursos necesarios para financiar las actividades programadas para las intervenciones pedagógicas en el correspondiente tramo; para tales efectos, se tendrán en cuenta los Criterios de programación de las intervenciones pedagógicas (Anexo 1), la Metodología de cálculo de las transferencias y criterios de evaluación por tipo de componente (Anexo 2); así como la Mensualización de actividades por intervención pedagógica (Anexo 3) que forman parte de la Norma Técnica; Que, mediante Resolución Ministerial N° 05432013-ED modificada por la Resolución Ministerial N° 645-2016-MINEDU, se aprueba la Norma Técnica denominada "Normas y procedimientos para la gestión del proceso de distribución de materiales y recursos educativos para las instituciones y programas educativos públicos y centros de recursos educativos"; Que, el numeral 80.2 del artículo 80 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF y modificatorias, establece que las entidades que cuenten con programas presupuestales pueden realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional con cargo a los recursos asignados a dichos programas, siempre que el pliego habilitado cuente con productos o proyectos del mismo programa, señalando que dichas modificaciones presupuestarias se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro del sector correspondiente, a propuesta de este último, previo informe favorable de la Dirección General de Presupuesto Público;

Que, mediante Informe N° 1798-2017/MINEDU/ VMGP/DIGERE, la Dirección de Gestión de Recursos Educativos del Viceministerio de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación remite el Memorando N° 672-2017-MINEDU/VMGP/DIGERE, mediante el cual se solicita adoptar las acciones que correspondan a fin de prever el presupuesto necesario para la distribución oportuna de los materiales educativos de Unidades de Gestión Educativa Local a las Instituciones Educativas; Que, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica del Ministerio de Educación, mediante Informes N°s. 570, 580 y 616-2017-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, señala que en el presupuesto institucional del pliego 010: Ministerio de Educación, Unidad Ejecutora 026: Programa Educación Básica para Todos, en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, se cuenta con recursos disponibles, a ser transferidos a favor de diversos pliegos Gobiernos Regionales para financiar la atención de condiciones básicas y la distribución de materiales y/o recursos educativos a las instituciones educativas públicas; asimismo, señala que ha verificado el cumplimiento de las condiciones y disposiciones establecidas por el Ministerio de Educación conforme a lo dispuesto en el numeral 27.3 del artículo 27 de la Ley N° 30518; en virtud de lo cual mediante Oficios N°s. 01896 y 01917-2017-MINEDU/SG, el Ministerio de Educación solicita dar trámite a la referida transferencia de recursos; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, a favor de diversos pliegos Gobiernos Regionales hasta por la suma total de VEINTICINCO MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y DOS Y 00/100 SOLES (S/ 25 584 392,00), para financiar la atención de condiciones básicas y la distribución de materiales y/o recursos educativos a las instituciones educativas públicas; De conformidad con los literales j) y k) del numeral 27.1 del artículo 27 de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, y el numeral 80.2 del artículo 80 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF y sus modificatorias; DECRETA: Artículo 1.- Objeto 1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, hasta por la suma de VEINTICINCO MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y DOS Y 00/100 SOLES (S/ 25 584 392,00) del pliego 010: Ministerio de Educación, a favor de diversos pliegos Gobiernos Regionales, para financiar la atención de condiciones básicas y la distribución de materiales y/o recursos educativos a las instituciones educativas públicas señaladas en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA PROGRAMA PRESUPUESTAL En Soles : Gobierno Central 010 : Ministerio de Educación 026 : Programa Educación Básica para Todos 0090 : Logros de aprendizaje de estudiantes de la Educación Básica Regular 3000001 : Acciones Comunes 5000276 : Gestión del Programa

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