Norma Legal Oficial del día 29 de septiembre del año 2017 (29/09/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 124

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N° APELLIDOS Y NOMBRES DE LOS POSTULANTES

NORMAS LEGALES
EXAMEN DE ENTREEVALUACIÓN CONOCIMIEN- VISTA PUNTAJE OBSERVACURRICULAR TO PRUEBA PERSO- TOTAL CIONES ESCRITA NAL 30 30 36 32 26 18 92 80 GANADOR

Viernes 29 de setiembre de 2017 /

El Peruano

CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 373-2016-GRL-P, de fecha 11 de julio de 2016, se resolvió delegar a la Gerencia General Regional las facultades de realizar mediante Resolución Gerencial General Regional y/u otro documento que contenga acto administrativo, según sea el caso, las atribuciones descritas líneas abajo: 1.- En materia administrativa las facultades de: a) Suscribir Convenios de Gestión y de Cooperación Interinstitucional con Entidades del ámbito regional y de corresponder las Adendas, así como disponer sus modificaciones (...); Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 236-2017-GRL-P, de fecha 01 de junio de 2017, se resolvió modificar la Resolución Ejecutiva Regional Nº 373-2016-GRL-P, de fecha 11 de julio de 2016, en el extremo del numeral 1 inciso a) la delegación de facultades al Gerente General Regional, conforme se detalla a continuación: En materia administrativa las facultades de: a) Suscribir Convenios de Gestión y de Cooperación Interinstitucional con Entidades del ámbito Regional, Nacional e Internacional y de corresponder las Adendas, así como disponer sus modificaciones; La Ley N° 27867- Ley Orgánica de Gobierno Regionales y su modificatoria Ley N° 27902, en su artículo 2º, establece que los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo, para su administración económica y financiera, un Pliego Presupuestal; Que, conforme al documento del visto, Memorando Nº 827-2017-GRL-GGR, de fecha 19 de setiembre de 2017, de la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de Loreto, mediante el cual solicita la modificación de la Resolución Ejecutiva Regional Nº 236-2017-GRL-P, de fecha 01 de junio de 2017, en el extremo de la delegación de facultades al Gerente General Regional, para lo cual deberá emitirse el acto resolutivo respectivo; Estando a lo dispuesto, con las visaciones de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica, Oficina Regional de Administración, Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Gerencia Regional de Infraestructura, Gerencia Regional de Desarrollo Social, Gerencia Regional de Desarrollo Económico, Oficina del Fondo de Desarrollo de Loreto y Gerencia General Regional del Gobierno Regional de Loreto; y, En uso de las atribuciones conferidas por el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Loreto, aprobado por Ordenanza Regional Nº 017-2016-GRL-CR, de fecha 25 de julio de 2016; SE RESUELVE: Artículo 1°.- MODIFICAR la Resolución Ejecutiva Regional Nº 373-2016-GRL-P, de fecha 11 de julio de 2016, en el extremo del numeral 1 inciso a) la delegación de facultades al Gerente General Regional, quedando subsistente en lo demás, conforme se detalla a continuación: DICE: 1.- En materia administrativa las facultades de:

01 RUÍZ RUÍZ ROLDÁN 02 VENTURA JULCAPOMA LIDIA CUTY

Que, asimismo, en el documento mencionado en el considerando precedente, en el párrafo in fine, solicita ordene a quien corresponda, implemente mediante Resolución Ejecutiva Regional nombrando como Procurador Público Regional de Loreto al señor Abogado ROLDÁN RUÍZ RUÍZ, al haber sido declarado ganador de Concurso Público de Méritos para Nombrar al Procurador Público Regional de Loreto, así como, la publicación en el Diario Oficial "El Peruano". De acuerdo a lo requerido, con Proveído N° 7673-2017-GRL-P de fecha 15 de setiembre de 2017, el Titular del Pliego, dispone a la Gerencia General Regional la evaluación y opinión, y éste con Proveído N° 16934 de fecha 15 de setiembre de 2017, solicita a la Oficina Regional de Asesoría Jurídica, proyectar la resolución respectiva; Que, estando a lo expuesto, con las visaciones de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica, Oficina Regional de Administración, y Gerencia General Regional del Gobierno Regional de Loreto; En uso a las atribuciones conferidas por el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Loreto, aprobada por la Ordenanza Regional Nº 017-2016-GRL-CR de fecha 25 de julio de 2016; SE RESUELVE: Artículo 1°.- NOMBRAR a partir del 18 de setiembre de 2017, al señor Abogado ROLDÁN RUÍZ RUÍZ, en el cargo de PROCURADOR PÚBLICO REGIONAL DE LORETO, en el Nivel F-6 de la Carrera Pública Administrativa. Exhortándole eficiencia en las labores encomendadas. Artículo 2º.- DAR POR CONCLUIDA, a partir del 18 de setiembre de 2017, la encargatura de la Abogada LIDIA CUTY VENTURA JULCAPOMA, en el cargo de Procurador Público Regional de Loreto. Artículo 3°.- Disponer a la Gerencia General Regional, realice las acciones correspondientes para que asuma el cargo, solicite su acreditación y preste el juramento correspondiente ante la Presidencia del Consejo de Defensa Jurídica del Estado. Artículo 4°.- Encargar a la Oficina Regional de Administración, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial "El Peruano". Artículo 5°.- Transcribir el presente acto resolutivo al interesado y a las demás instancias administrativas correspondientes, con las formalidades que prescribe la Ley. Regístrese, comuníquese y cúmplase. FERNANDO MELENDEZ CELIS Gobernador Regional 1570550-1

Modifican la Res. Nº 373-2016-GRL-P, en el extremo de la delegación de facultades al Gerente General Regional
RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 346-2017-GRL-P Belén, 21 de setiembre de 2017 Visto; el Memorando Nº 827-2017-GRL-GGR, de fecha 19 de setiembre de 2017, de la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de Loreto, mediante el cual solicita la modificación de la Resolución Ejecutiva Regional Nº 236-2017-GRL-P, de fecha 01 de junio de 2017, referido a la delegación de facultades al Gerente General Regional, y;

a) Suscribir Convenios de Gestión y de Cooperación Interinstitucional con Entidades del ámbito regional y de corresponder las Adendas, así como disponer sus modificaciones. DEBE DECIR: 1.- En materia administrativa las facultades de: a) Celebrar y Suscribir en representación del Gobierno Regional de Loreto, contratos, convenios, adendas y acuerdos con entidades del ámbito Regional, Nacional e Internacional relacionados con la ejecución o concesión de obras, proyectos de inversión, prestación de servicios y demás acciones de desarrollo conforme a la Ley de la materia y solo respecto de aquellos bienes, servicios y/o

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