Norma Legal Oficial del día 29 de septiembre del año 2017 (29/09/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano / Viernes 29 de setiembre de 2017
GOBIERNO LOCAL (DEPARTAMENTO / PROVINCIA / MUNICIPALIDAD), GOBIERNO REGIONAL Y UNIVERSIDADES NACIONALES UNIVERSIDADES NACIONALES UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA DE LA SELVA UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA LA MOLINA UNIVERSIDAD NACIONAL DANIEL ALCIDES CARRIÓN UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAJAMARCA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAÑETE UNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACIÓN ENRIQUE GUZMAN Y VALLE UNIVERSIDAD NACIONAL DE HUANCAVELICA UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA UNIVERSIDAD NACIONAL DE JAÉN UNIVERSIDAD NACIONAL DE JULIACA UNIVERSIDAD NACIONAL DE MOQUEGUA UNIVERSIDAD NACIONAL DE PIURA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN AGUSTIN UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN MARTIN UNIVERSIDAD NACIONAL DE TRUJILLO UNIVERSIDAD NACIONAL DEL ALTIPLANO UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERÚ UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SANTA UNIVERSIDAD NACIONAL FEDERICO VILLARREAL UNIVERSIDAD NACIONAL HERMILIO VALDIZAN UNIVERSIDAD NACIONAL JORGE BASADRE GROHMANN UNIVERSIDAD NACIONAL JOSE FAUSTINO SANCHEZ CARRION UNIVERSIDAD NACIONAL JOSÉ MARÍA ARGUEDAS UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS UNIVERSIDAD NACIONAL MICAELA BASTIDAS DE APURIMAC UNIVERSIDAD NACIONAL SAN CRISTOBAL DE HUAMANGA UNIVERSIDAD NACIONAL SAN LUIS GONZAGA DE ICA UNIVERSIDAD NACIONAL SANTIAGO ANTUNEZ DE MAYOLO UNIVERSIDAD NACIONAL TECNOLÓGICA DE LIMA SUR UNIVERSIDAD NACIONAL DE BARRANCA UNIVERSIDAD NACIONAL TORIBIO RODRIGUEZ DE MENDOZA DE AMAZONAS UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE CHOTA UNIVERSIDAD NACIONAL DE FRONTERA UNIVERSIDAD NACIONAL INTERCULTURAL FABIOLA SALAZAR LEGUIA DE BAGUA UNIVERSIDAD NACIONAL INTERCULTURAL DE LA SELVA CENTRAL JUAN SANTOS ATAHUALPA UNIVERSIDAD NACIONAL INTERCULTURAL DE QUILLABAMBA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA ALTOANDINA DE TARMA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE HUANTA UNIVERSIDAD NACIONAL TECNOLÓGICA DE SAN JUAN DE LURIGANCHO UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE TAYACAJA DANIEL HERNÁNDEZ MORILLO UNIVERSIDAD NACIONAL CIRO ALEGRIA

NORMAS LEGALES
ÍNDICE

51

0.0002540748 0.0000252611 0.0018497899 0.0007710149 0.0007761745 0.0000252611 0.0001373727 0.0000252611 0.0007710149 0.0008758297 0.0021389993 0.0000089847 0.0085082659 0.0012860687 0.0000134275 0.0013905682 0.0008758297 0.0005814959 0.0091141766 0.0000252611 0.0002540748 0.0021632142 0.0007761745 0.0001858879 0.0000252611 0.0001858879 0.0005871140 0.0010832594 0.0091141766 0.0000252611 0.0007761745 0.0000000028 0.0007710149 0.0000089847 0.0000000028 0.0005814959 0.0012860687 0.0005814959 0.0005871140 0.0000252611 0.0001373727 0.0013905682

1570169-1

Autorizan viaje de funcionaria de la OSCE a Chile, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 345-2017-EF/10 Lima, 27 de setiembre de 2017 CONSIDERANDO: Que, el artículo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada mediante Ley N° 30225 y modificada por el Decreto Legislativo N° 1341, establece que el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE es un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho público, que constituye pliego presupuestal y goza de autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera;

Que, mediante Carta de fecha 3 de agosto de 2017, la Secretaria Técnica de la Red Interamericana de Compras Gubernamentales (RICG) de la Organización de los Estados Americanos (OEA), y la Dirección Chilecompra del Ministerio de Finanzas del Gobierno de Chile, cursan invitación al OSCE para participar en la "XIII Conferencia Anual sobre Compras Gubernamentales en las Américas", a realizarse del 3 al 5 de octubre de 2017, en la ciudad de Santiago de Chile, República de Chile; Que, la RICG tiene como objetivos fortalecer la capacidad institucional en compras públicas para aumentar la transparencia y la eficiencia de la gestión de las compras públicas y transmitir a los ciudadanos mayor credibilidad y rendición de cuentas; así como generar y mantener espacios de reflexión, conocimiento mutuo, cooperación técnica solidaria, capacitación e intercambio de experiencias entre las instituciones que la integran con el propósito de contribuir al fortalecimiento de las prácticas de compras gubernamentales, y tender vínculos entre los gobiernos, organizaciones de la sociedad vinculadas a las compras públicas y los organismos internacionales; Que, la Conferencia Anual sobre Compras Gubernamentales en las Américas es la instancia máxima de diálogo, intercambio, organización y gestión de la RICG, constituida como el foro técnico más relevante para difundir los avances en el desarrollo de las compras gubernamentales en las Américas, en la cual el OSCE tiene participación activa en calidad de miembro de la RICG; Que, en ese sentido, se ha estimado conveniente la participación de la señora Pilar Elizabeth Navarro Valenzuela, Jefa de la Unidad de Cooperación y Asuntos Internacionales del OSCE, en el citado evento, toda vez que resulta de importancia estratégica para el OSCE participar activamente en los eventos organizados por organizaciones multilaterales de desarrollo, así como instituciones rectoras de sistemas de contratación pública de otros países, aprovechando los canales de comunicación e intercambio de experiencia y conocimiento sobre contratación pública; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, dispone que, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, en consecuencia, y siendo de interés institucional resulta necesario autorizar el viaje solicitado, cuyos gastos serán cubiertos con cargo al presupuesto del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificado por los Decretos Supremos N° 005-2006-PCM y N° 0562013-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de la señora Pilar Elizabeth Navarro Valenzuela, Jefa de la Unidad de Cooperación y Asuntos Internacionales del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE, del 2 al 6 de octubre de 2017, a la ciudad de Santiago de Chile, República de Chile, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución, serán con cargo al presupuesto del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aéreos Viáticos : : US$ 400.00 US$ 1, 480.00

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