Norma Legal Oficial del día 19 de abril del año 2018 (19/04/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano / Jueves 19 de abril de 2018

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

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ORGANISMOS EJECUTORES

SEGURO INTEGRAL DE SALUD
Designan Director Ejecutivo de la Oficina de Tesorería
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 082-2018/SIS Lima, 18 de abril de 2018 VISTOS: El Informe Nº 168-2018-SIS/OGAR-OGRH de la Oficina de Gestión de Recursos Humanos con Proveído Nº 155-2018-SIS/OGAR de la Oficina General de Administración de Recursos, el Informe Nº 174-2018SIS/OGAJ-EFBH con Proveído Nº 213-2018-SIS-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 39 del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud - SIS, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2011-SA y modificado por el Decreto Supremo Nº 002-2016-SA, establece que el personal que labora en el Seguro Integral de Salud se encuentra comprendido en el régimen laboral de la actividad privada, el cual está regulado por el Decreto Supremo Nº 003-97-TR, que aprueba el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, así como por sus normas complementarias; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 4202016/MINSA se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Seguro Integral de Salud SIS, considerando la clasificación actual de los cargos, definidos y aprobados en base de la estructura orgánica vigente prevista en el Reglamento de Organización y Funciones antes citado; Que, de acuerdo con la Resolución Jefatural Nº 2902017/SIS, de fecha 28 de diciembre de 2017, se designó temporalmente a la CPC. Gladys Dolores Jibaja Castillo, Profesional de Conciliaciones Bancarias ­ CAS, en el cargo directivo superior de Director Ejecutivo de la Oficina de Tesorería de la Oficina General de Administración de Recursos del SIS, en adición a sus funciones; Que, la mencionada servidora ha presentado ante la Jefatura Institucional, con fecha 10 de abril del presente año, una carta en la que pone a disposición el referido cargo, lo cual es equiparable a una renuncia; asimismo, tal y como se indica en el Informe Nº 168-2018-SIS/ OGAR-OGRH por disposición de la Jefatura Institucional se tiene por aceptada la mencionada renuncia; Que, de acuerdo a las necesidades institucionales, deben realizarse las acciones administrativas destinadas a la designación, bajo el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo Nº 1057, al CPC. Alduber Pérez Fernández en el cargo de Director Ejecutivo de la Oficina de Tesorería de la Oficina General de Administración de Recursos del SIS, calificado como cargo directivo superior de libre designación y remoción en el Cuadro para la Asignación de Personal Provisional del SIS, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 420-2016/MINSA; Que, de acuerdo con el numeral 11.8 del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud - SIS antes mencionado, es función del Jefe Institucional, entre otras, expedir resoluciones dentro del ámbito de su competencia; Con el visto bueno de la Secretaria General, del Director General de la Oficina General de Administración de Recursos y del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con el numeral 11.8 del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 0112011-SA, modificado por Decreto Supremo N° 002-2016SA;

Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por la CPC. Gladys Dolores Jibaja Castillo en el cargo de Director Ejecutivo de la Oficina de Tesorería de la Oficina General de Administración de Recursos del Seguro lntegral de Salud, dando por concluida la designación temporal dispuesta en la Resolución Jefatural N° 290-2017/SIS, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar bajo el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo N° 1057, al CPC. Alduber Pérez Fernández en el cargo de Director Ejecutivo de la Oficina de Tesorería de la Oficina General de Administración de Recursos ­ OGAR, cargo de libre designación y remoción, clasificado como Directivo Superior en el CAP Provisional del SIS. Artículo 3.- Encargar a la Secretaría General la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como publicar en el Portal Institucional http://www.sis.gob.pe/Portal/paginas/norma.html el texto de la presente Resolución . Regístrese, comuníquese y publíquese. DIEGO ROLANDO VENEGAS OJEDA Jefe (e) del Seguro Integral de Salud 1638470-1

Aprueban transferencia a favor de las Unidades Ejecutoras pertenecientes a diversos Gobiernos Regionales
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 083-2018/SIS Lima, 18 de abril de 2018 VISTOS: El Informe N° 021-2018-SIS/GNF-SGF/ PMRA con Proveído Nº 192-2018-SIS/GNF de la Gerencia de Negocios y Financiamiento sobre la Programación de la Transferencia a Unidades Ejecutoras pertenecientes a los Gobiernos Regionales de Ancash, Arequipa y Madre de Dios, que brindan servicios o prestaciones de salud a los asegurados del Seguro Integral de Salud, el Informe N° 010-2018-SIS/OGPPDO-DADZ con Proveído N° 062-2018-SIS/OGPPDO que contiene la Certificación de Crédito Presupuestario N° 706-2018, emitida por la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional y el Informe N° 170-2018-SIS/ OGAJ-EFBH con Proveído N° 209-2018-SIS/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, establece los principios así como los procesos y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto a que se refiere el artículo 11 de la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, en concordancia con los artículos 77 y 78 de la Constitución Política del Perú; Que, el numeral 15.1 del artículo 15 de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, autoriza al Seguro Integral de Salud - SIS a efectuar transferencias financieras para el financiamiento del costo de las prestaciones de salud brindadas a sus asegurados, las mismas que deberán aprobarse mediante Resolución del Titular del Pliego, previo informe favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces y, publicarse en el Diario Oficial "El Peruano"; Que, el artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1163, que aprueba disposiciones para el fortalecimiento del SIS, establece que la transferencia de fondos o pagos que efectúe la entidad requiere la suscripción obligatoria de un convenio o contrato, pudiendo tener una duración de hasta tres (3) años renovables; de igual modo, dispone que en los convenios que se suscriba con las Instituciones

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