Norma Legal Oficial del día 19 de abril del año 2018 (19/04/2018)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 52

52

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

Jueves 19 de abril de 2018 /

El Peruano

modificación del Reglamento de Organización y Funciones del CNM, aprobado por la Resolución N° 170-2017-P-CNM, estableciendo que las Oficinas de Planificación y Cooperación Técnica y de Presupuesto e Inversiones, se mantengan con su estructura organizacional, en reemplazo de la Oficina de Planificación y Presupuesto aprobado en el Reglamento de Organización y Funciones vigente, emitiéndose el Informe N° 024-2018-OPCT/CNM del 07 de febrero del 2018, de la Oficina de Planificación y Cooperación Técnica; Que, a la fecha, la Oficina de Planificación y Presupuesto no se ha implementado, manteniéndose en funciones las Oficinas de Planificación y Cooperación Técnica y de Presupuesto e Inversiones independientes una de otra, por lo que la Dirección General, mediante el Memorando N° 577-2018-DG/ CNM y proveído N° 946-2018-DG/CNM solicita la modificación de la estructura a fin de que las funciones de planificación y de presupuesto, sean ejercidas a través de dos órganos, esto es, por la Oficina de Planificación y Cooperación Técnica y por la Oficina de Presupuesto e Inversiones, respectivamente, ambas dependientes de la Dirección General; validándose el Informe N° 024-2018-OPCT/CNM; Que, mediante el Decreto Supremo N° 043-2006PCM, se aprueban los lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF por parte de las entidades de la Administración Pública, en adelante, «Lineamientos»; Que, según lo dispuesto en el literal b) del artículo 18 de los «Lineamientos», los órganos de asesoramiento para atender las funciones de Planificación y Presupuesto y las actividades de racionalización y cooperación técnica internacional, pueden ser desagregadas o asignadas a otro órgano, atendiendo al volumen de trabajo, la naturaleza y el tamaño de la entidad; Que, en la estructura orgánica del Consejo, se han incorporado entre otras, dentro de la Oficina de Planificación y Presupuesto, dos nuevas unidades orgánicas denominadas Área de Planificación y Área de Modernización y Desarrollo Institucional, con la finalidad de fortalecer las actividades relacionadas con los Sistemas de Planeamiento Estratégico y de Modernización de la Gestión Pública, así como las actividades relacionadas con la racionalización y cooperación técnica internacional; Que, considerando que los sistemas administrativos y las actividades mencionadas en el considerando precedente están estrechamente vinculados con la materialización de los lineamientos establecidos en la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública, aprobada por Decreto Supremo N° 004-2013-PCM, destinados a efectuar un mejor servicio al ciudadano y desarrollar una gestión pública que contribuya al desarrollo nacional, a través de la gestión por procesos, la simplificación administrativa y organización institucional, entre otros, mediante una labor especializada y permanente que requiere un significativo volumen de trabajo; la Alta Dirección considera que tales funciones sean desagregadas y asumidas por órganos distintos e independientes; Que, conforme a lo previsto en los artículos 29 y 30 de los «Lineamientos», se ha cumplido con emitir el informe técnico de sustento a la modificación requerida; Que, el artículo 34 de los «Lineamientos» establece que la aprobación del Reglamento de Organización y Funciones del Consejo Nacional de la Magistratura, se efectúa por Resolución del Titular del Pliego; Que en atención a ello, corresponde emitir el acto administrativo que apruebe la nueva estructura orgánica de la institución; De conformidad con lo establecido en el artículo 37º de la Ley Nº 26397 ­ Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura y los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF por parte de las entidades de la Administración Pública, aprobado por el Decreto Supremo Nº 043-2006PCM; Estando con los visados del Director General y del jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica del Consejo Nacional de la Magistratura;

Artículo 1º.- Modificar los artículos 6, 20, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37 y 38 del Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Resolución 170-2017-P-CNM, los que quedan redactados de la siguiente manera: "Artículo 6º.- La Estructura Orgánica del Consejo es la siguiente: (...) DIRECCIÓN GENERAL 02 ÓRGANOS DE ASESORAMIENTO 04.1 Oficina de Asesoría Jurídica. 04.2 Oficina de Planificación y Cooperación Técnica. 04.2.1 Área de Planificación 04.2.2 Área de Modernización y Desarrollo Institucional 04.3 Oficina de Presupuesto e Inversiones (...) Artículo 20º.- Órganos dependientes de la Dirección General La Dirección General tiene bajo su dependencia a los siguientes órganos: Órganos de Asesoramiento Oficina de Asesoría Jurídica Oficina de Planificación y Cooperación Técnica Área de Planificación. Área de Modernización y Desarrollo Institucional. Oficina de Presupuesto e Inversiones. (...) Subcapítulo II De la Oficina de Planificación y Cooperación Técnica Artículo 31º.- Oficina de Planificación y Cooperación Técnica La Oficina de Planificación y Cooperación Técnica es el órgano de asesoramiento, que depende de la Dirección General y está encargada de formular, coordinar y conducir los procesos técnicos de los sistemas de planificación estratégica y modernización de la gestión pública, así como de las actividades de racionalización y desarrollo institucional, y cooperación técnica nacional e internacional. Para el desarrollo de sus funciones cuenta con las áreas de Planificación y Modernización y Desarrollo Institucional. Artículo 32º.- Funciones de la Oficina de Planificación y Cooperación Técnica Son funciones de la Oficina de Planificación y Cooperación Técnica. a) Elaborar y proponer a la Alta Dirección los lineamientos de política institucional del Consejo. b) Planificar, organizar, dirigir y coordinar la elaboración de los planes estratégicos, el plan operativo institucional, y otros planes, en concordancia con las normas pertinentes, y gestionar su aprobación. c) Supervisar la evaluación periódica del Plan Estratégico Institucional (PEI). d) Supervisar la evaluación periódica del Plan Operativo Institucional (POI) y otros planes. e) Planificar, dirigir, coordinar y supervisar la formulación y actualización de los instrumentos de gestión institucional tales como Reglamento de Organización y Funciones (ROF), Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), Manual de Procesos (MAPRO) y otros de acuerdo a Ley. f) Emitir opinión sobre el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) o Manual de Puestos de la Entidad (MPE) y el Manual de Perfiles

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.