Norma Legal Oficial del día 27 de abril del año 2018 (27/04/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano / Viernes 27 de abril de 2018

NORMAS LEGALES

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CONSIDERANDO: Que, conforme al artículo 10 de la Ley Nº 28708 ­ Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad, el Consejo Normativo de Contabilidad tiene entre otras, la atribución de emitir resoluciones dictando y aprobando las normas de contabilidad para las entidades del sector privado; Que, conforme al numeral 16.3 de la precitada Ley, las entidades del sector privado efectuarán el registro contable de sus transacciones con sujeción a las normas y procedimientos dictados y aprobados por el Consejo Normativo de Contabilidad; Que, el Consejo Normativo de Contabilidad acordó oficializar los documentos remitidos por la IFRS y detallados en Vistos para su utilización en el país; En uso de las atribuciones conferidas en el artículo 10 de la Ley Nº 28708 ­ Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad; SE RESUELVE: Artículo 1.- Oficialización y Vigencia Oficializar las modificaciones a la NIIF 9 Instrumentos Financieros; NIC 28 Inversiones en Asociadas y Negocios Conjuntos; y, las Mejoras Anuales Ciclo 2015-2017, cuya vigencia es la indicada en cada una de ellas. Artículo 2.- Publicación de la Resolución Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano", y su difusión, conjuntamente con los documentos señalados en el artículo 1, en el Portal Institucional del Ministerio de Economía y Finanzas, en la misma fecha de la citada publicación. Artículo 3.- Difusión de los documentos oficializados Encargar a la Dirección General de Contabilidad Pública y recomendar a la Junta de Decanos de Colegios de Contadores Públicos del Perú, los Colegios de Contadores Públicos Departamentales y a las Facultades de Ciencias Contables y Financieras de las Universidades del país y otras instituciones competentes, la difusión de lo dispuesto por la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR PAJUELO RAMÍREZ Presidente OSCAR ALFREDO DÍAZ BECERRA Facultades de Ciencias de la Contabilidad de las Universidades del País ANA MARIA ESQUERRE PÉREZ Superintendencia de Banca, Seguros y AFP FREDY R. LLAQUE SÁNCHEZ Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria YORLLELINA MÁRQUEZ FARFÁN Dirección General de Contabilidad Pública MELINA MARTEL ORTIZ Superintendencia de Mercados de Valores GUILLERMO POWZEN REAÑO Banco Central de Reserva del Perú DANITZA ROJAS MEZA Instituto Nacional de Estadísticas e Informática CARLOS RUIZ HILLPHA Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas ÁNGEL R. SALAZAR FRISANCHO Junta de Decanos de los Colegios de Contadores Públicos del Peru 1641701-1

EDUCACION
Encargan funciones de Vicepresidente Académico de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Intercultural "Fabiola Salazar Leguía" de Bagua
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 062-2018-MINEDU Lima, 25 de abril de 2018 Visto, el Expediente N° 0022186-2018, el Informe N° 062-2018-MINEDU/VMGP-DIGESU-DICOPRO de la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria, el Informe N° 351-2018-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 3 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, en adelante la Ley, establece que la universidad es una comunidad académica orientada a la investigación y a la docencia, que brinda una formación humanista, científica y tecnológica con una clara conciencia de nuestro país como realidad multicultural. Adopta el concepto de educación como derecho fundamental y servicio público esencial, y está integrada por docentes, estudiantes y graduados, precisando que las universidades públicas son personas jurídicas de derecho público; asimismo, el artículo 8 de la Ley establece que el Estado reconoce la autonomía universitaria, la cual se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la Ley y demás normativa aplicable, y se manifiesta en los regímenes normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico; Que, mediante Ley N° 29614, se creó la Universidad Nacional Intercultural "Fabiola Salazar Leguía" de Bagua, como persona jurídica de derecho público interno, con sede en el Distrito de Bagua, Provincia de Bagua, Departamento de Amazonas; Que, el artículo 29 de la Ley establece que aprobada la Ley de creación de una universidad pública, el Ministerio de Educación constituye una Comisión Organizadora integrada por tres (3) académicos de reconocido prestigio, que cumplan los mismos requisitos para ser Rector, y como mínimo un (1) miembro en la especialidad que ofrece la universidad; la misma que tiene a su cargo la aprobación del estatuto, reglamentos y documentos de gestión académica y administrativa de la universidad, formulados en los instrumentos de planeamiento, así como su conducción y dirección hasta que se constituyan los órganos de gobierno que le correspondan; Que, el numeral 6.1.1 del Acápite 6 Disposiciones Específicas de la Norma Técnica denominada "Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución", aprobada por Resolución Viceministerial N° 088-2017-MINEDU establece que la Comisión Organizadora está conformada por tres (3) académicos de reconocido prestigio, cuyo desempeño es a tiempo completo y a dedicación exclusiva, quienes tienen la calidad de funcionarios públicos de libre designación y remoción, y ejercerán los cargos de Presidente, Vicepresidente Académico y Vicepresidente de Investigación, según corresponda; Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 094-2016-MINEDU, se reconformó la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Intercultural "Fabiola Salazar Leguía" de Bagua, quedando integrada por el señor JORGE LUIS ALIAGA GUTIERREZ, Presidente; el señor JORGE ALBERTO CHE PIU SALAZAR, Vicepresidente Académico; y el señor WALTHER BENIGNO APARICIO ARAGON, Vicepresidente de Investigación; Que, con Carta de fecha 09 de abril de 2018, el señor JORGE ALBERTO CHE PIU SALAZAR, solicita

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