Norma Legal Oficial del día 27 de abril del año 2018 (27/04/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano / Viernes 27 de abril de 2018

NORMAS LEGALES

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Designan Directora General de la Oficina General de Administración
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 283-2018-MTC/01 Lima, 25 de abril de 2018 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el puesto de Director/a General de la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, siendo necesario designar a la persona que ejercerá dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29370; Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2007MTC, modificado por Decreto Supremo N° 021-2010MTC; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la señora Lilyan Cecilia Pérez Barriga, en el cargo de Directora General de la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Transportes y Comunicaciones 1641728-1

documentación presentada, otorgándole un plazo de diez (10) días hábiles para la subsanación correspondiente; Que, mediante escrito registrado con Hoja de Ruta N° E-055622-2018 del 27 de febrero de 2018, La Empresa presentó diversa documentación con la finalidad de subsanar las observaciones puestas a su conocimiento con el Oficio N° 1371-2018-MTC/15.03; Que, mediante Oficio N° 1986-2018-MTC/15.03 del 08 de marzo de 2018 y notificado el 09 de marzo de 2018, la Dirección de Circulación y Seguridad Vial procedió a realizar las observaciones correspondientes a la documentación presentada, otorgándole un plazo de diez (10) días hábiles para la subsanación correspondiente. Que, mediante escrito registrado con Hoja de Ruta N° E-067275-2018 del 09 de marzo de 2018, La Empresa presentó diversa documentación con la finalidad de subsanar las observaciones puestas a su conocimiento con el Oficio N° 1986-2018-MTC/15.03. Que, de acuerdo al Informe Nº 0286-2018-MTC/15.03 elaborado por la Dirección de Circulación y Seguridad Vial, se advierte que la documentación presentada, cumple con lo establecido en el numeral 6.2 de La Directiva, por lo que procede emitir el acto administrativo autorizando a "DIONE INGENIEROS GLP -GNV S.A.C." como Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular ­ GNV; De conformidad con la Ley N° 29370 "Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones", Decreto Supremo Nº 058-2003MTC "Reglamento Nacional de Vehículos" y la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 sobre el "Régimen de Autorización y Funcionamiento de las Entidades Certificadoras de Conversiones y de los Talleres de Conversión a GNV", aprobada por Resolución Directoral Nº 3990-2005MTC/15 y elevada al rango de Decreto Supremo conforme al artículo 2 del Decreto Supremo N° 016-2008-MTC; SE RESUELVE:

Autorizan a "Dione Ingenieros GLP-GNV S.A.C." como taller de conversión a Gas Natural Vehicular - GNV, en local ubicado en el departamento de Lima
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 1302-2018-MTC/15 Lima, 13 de marzo de 2018 VISTOS: La solicitud registrada mediante Hoja de Ruta N° E-023326-2018, así como, los demás escritos relacionados con dicha solicitud presentados por la empresa "DIONE INGENIEROS GLP-GNV S.A.C." mediante los cuales solicita autorización para funcionar como Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular ­ GNV; CONSIDERANDO:

Artículo 1.- Autorizar a la empresa "DIONE INGENIEROS GLP-GNV S.A.C." como Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular ­ GNV, para realizar la conversión del sistema de combustión de los vehículos originalmente diseñados para la combustión de gasolina, diesel o GLP al sistema de combustión de GNV mediante la incorporación de un kit de conversión, por el plazo de cinco (05) años, actividad que deberá realizar en el local ubicado en la Av. Wiesse Mz. F 11, Lt. 38 Programa Ciudad Mariscal Cáceres Sector II, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima. Artículo 2.- La empresa "DIONE INGENIEROS GLPGNV S.A.C." bajo responsabilidad debe presentar a la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el correspondiente "Certificado de Inspección del Taller" vigente emitido por alguna Entidad Certificadora de Conversiones antes del vencimiento de los plazos que se señalan a continuación:
Acto Fecha máxima de presentación 04 de diciembre de 2018 04 de diciembre de 2019 04 de diciembre de 2020 04 de diciembre de 2021 04 de diciembre de 2022

Que, la Directiva Nº 001-2005-MTC/15, aprobada por Resolución Directoral Nº 3990-2005-MTC/15 y elevada a rango de Decreto Supremo conforme al artículo 2° del Decreto Supremo N° 016-2008-MTC, sobre "Régimen de autorización y funcionamiento de las Entidades Certificadoras de Conversiones y Talleres de Conversión a GNV", en adelante La Directiva, establece el procedimiento y requisitos que deben presentar las personas jurídicas para ser autorizadas como Talleres de Conversión a Gas Natural Vehicular; Que, mediante solicitud registrada con la Hoja de Ruta N° E-023326-2018 del 25 de enero de 2018, "DIONE INGENIEROS GLP-GNV S.A.C." con RUC N° 20517990460, solicita autorización para funcionar como Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular ­ GNV en el local ubicado en la Av. Wiesse Mz. F 11, Lt. 38 Programa Ciudad Mariscal Cáceres Sector II, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima; Que, mediante Oficio N° 1371-2018-MTC/15.03 del 16 de febrero de 2018 y notificado el 21 de febrero de 2018, la Dirección de Circulación y Seguridad Vial procedió a realizar las observaciones correspondientes a la

Primera Inspección anual del taller Segunda Inspección anual del taller Tercera Inspección anual del taller Cuarta Inspección anual del taller Quinta Inspección anual del taller

En caso que La Empresa autorizada no presente el correspondiente "Certificado de Inspección del Taller" vigente al vencimiento de los plazos antes indicados, se procederá conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de La Directiva referida a la caducidad de la autorización. Artículo 3.- La empresa "DIONE INGENIEROS GLPGNV S.A.C.", bajo responsabilidad debe presentar a la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la renovación o contratación de una nueva póliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual contratada antes del vencimiento de los plazos que se señalan a continuación:

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