Norma Legal Oficial del día 09 de agosto del año 2018 (09/08/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

4 PODER EJECUTIVO

NORMAS LEGALES

Jueves 9 de agosto de 2018 /

El Peruano

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Designan representante alterno del Presidente del Consejo de Ministros ante la Comisión Multisectorial de naturaleza permanente encargada de promover las acciones de seguimiento orientadas a una mejor vinculación del Perú con la OCDE
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 192-2018-PCM Lima, 6 de agosto de 2018 CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 086-2015PCM, se declara de interés nacional las acciones, actividades e iniciativas desarrolladas en el marco del proceso de vinculación del Perú con la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE) e implementación del Programa País, y se crea la Comisión Multisectorial de naturaleza permanente para promover las acciones de seguimiento del referido proceso, adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, conforme al artículo 3 del citado decreto supremo, la Comisión Multisectorial tiene como objeto realizar acciones de seguimiento y elaboración de informes técnicos orientados a la ejecución del Programa País y de acercamiento del Perú a los estándares de gobernanza y políticas públicas de la OCDE; Que, asimismo, el artículo 4 del Decreto Supremo Nº 086-2015-PCM dispone que la Comisión Multisectorial está conformada por el/la Presidente/a del Consejo de Ministros, quien la preside, el/la Ministro/a de Relaciones Exteriores y, el/la Ministro/a de Economía y Finanzas; asimismo, se faculta la designación de un representante alterno por cada uno de los miembros titulares; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 2902015-PCM, se designó a el/la Secretario/a de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros, como representante alterno del Presidente del Consejo de Ministros ante la Comisión Multisectorial; Que, con la finalidad de fortalecer el liderazgo sectorial del proceso de vinculación del Perú a la OCDE, se ha visto por conveniente modificar la designación del representante alterno de la Presidencia del Consejo de Ministros ante la Comisión Multisectorial señalada precedentemente; De conformidad con la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 022-2017PCM, y modificatoria; y, el Decreto Supremo Nº 0862015-PCM, que declara de interés nacional las acciones, actividades e iniciativas desarrolladas en el marco del proceso de vinculación del Perú con la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE) e implementación del Programa País y crea la Comisión Multisectorial de naturaleza permanente para promover las acciones de seguimiento del referido proceso, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 290-2015-PCM mediante la cual se designa a el/la Secretario/a de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros, como representante alterno del Presidente del Consejo de Ministros ante la Comisión Multisectorial de naturaleza permanente creada por el Decreto Supremo Nº 086-2015-PCM.

Artículo 2.- Designar a el/la Jefe/a de Gabinete de Asesores de la Presidencia del Consejo de Ministros como representante alterno del Presidente del Consejo de Ministros ante la Comisión Multisectorial de naturaleza permanente encargada de promover las acciones de seguimiento orientadas a una mejor vinculación del Perú con la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), creada por el Decreto Supremo Nº 086-2015-PCM. Regístrese, comuníquese y publíquese. CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO Presidente del Consejo de Ministros 1678321-1

Aprueban Directiva que regula el sustento técnico y legal de proyectos normativos en materia de organización, estructura y funcionamiento del Estado
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE GESTIÓN PÚBLICA Nº 003-2018-PCM/SGP Miraflores, 30 de julio de 2018 VISTO: El Informe Nº D00009-2018-PCM-SSAP-GVR de la Subsecretaria de Administración Pública de la Secretaria de Gestión Pública; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, declara al Estado peruano en proceso de modernización con la finalidad de mejorar la gestión pública y establece que las normas referidas a organización del Estado requieren de la opinión técnica previa de la Secretaria de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, el artículo 3 del Reglamento de la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, regula la documentación que debe adjuntar los proyectos normativos de creación de entidades en el Estado, la misma que debe ser remitida a la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros para su opinión técnica previa; Que, mediante Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM se aprueban los Lineamientos de Organización del Estado, en adelante los Lineamientos, que regulan los principios, criterios y reglas que definen el diseño, estructura, organización y funcionamiento de las entidades del Estado a fin que estas, conforme a su tipo, competencias y funciones, se organicen de la mejor manera para responder a las necesidades públicas, en beneficio de la ciudadanía; Que, el artículo 42 de los Lineamientos establece que las propuestas normativas de los mecanismos de reforma de la estructura del Estado vinculadas al Poder Ejecutivo, requieren de la opinión previa favorable de la Secretaria de Gestión Pública. Asimismo, el numeral 51.1 del artículo 51 de los Lineamientos señala, entre otros aspectos, que la aprobación o modificación del Reglamento de Organización y Funciones de las entidades del Poder Ejecutivo, en los supuestos señalados en los literales a) y c) del numeral 46.1 del artículo 46 de los Lineamientos, requieren de la opinión previa favorable de la Secretaria de Gestión Pública; Que, asimismo, en concordancia con lo dispuesto en la Primera y Sétima Disposición Complementaria Final de los Lineamientos, la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros se encuentra facultada a emitir directivas complementarias para la aplicación de los Lineamientos y, en general, en materia de estructura y organización del Estado; así como a realizar de oficio y de forma aleatoria la verificación posterior del cumplimiento de sus disposiciones;

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