Norma Legal Oficial del día 09 de agosto del año 2018 (09/08/2018)


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NORMAS LEGALES

Jueves 9 de agosto de 2018 /

El Peruano

los Compromisos de Ajuste Fiscal por parte de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales en el marco del Decreto Legislativo N° 1275". Aprobar la Directiva N° 001-2018-EF/60.05, "Lineamientos para el diseño y ejecución del Plan Piloto para la implementación de los Compromisos de Ajuste Fiscal por parte de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales en el marco del Decreto Legislativo N° 1275" y anexos, la misma que forma parte integrante de la presente Resolución Directoral. Artículo 2.- Publicación Publicar la presente Resolución Directoral en el Diario Oficial "El Peruano", así como en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas: http://www.mef.gob. pe, el mismo día de publicación de la presente. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS HUMBERTO MONTORO LLAMOSAS Director General Dirección General de Política Macroeconómica y Descentralización Fiscal DIRECTIVA N° 001-2018-EF/60.05 Lineamientos para el diseño y ejecución del Plan Piloto para la implementación de los Compromisos de Ajuste Fiscal por parte de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales en el marco del Decreto Legislativo N° 1275 Artículo 1. Objeto y alcance La presente Directiva tiene por objeto establecer los lineamientos para el diseño y ejecución del Plan Piloto para la implementación de los Compromisos de Ajuste Fiscal (Plan Piloto CAF) en el marco del Decreto Legislativo N° 1275. Sus disposiciones se aplican a los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales seleccionados que hayan incumplido alguna de las reglas fiscales establecidas en los literales a) y b) del artículo 6 del Decreto Legislativo N° 1275 durante el año fiscal 2017, y que se encuentren en la obligación de elaborar y remitir la Ficha de Análisis Multianual de Gestión Fiscal (Ficha AMGF), así como a los sujetos que se señalen en la presente Directiva. Artículo 2. Base legal a) Decreto Legislativo Nº 1275, Decreto Legislativo que aprueba el Marco de la Responsabilidad y Transparencia Fiscal de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales. b) Decreto Supremo Nº 162-2017-EF, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1275. c) Resolución Ministerial N° 013-2018-EF/15, que modifican los plazos establecidos en los párrafos 7.2 del artículo 7, 8.2 del artículo 8, del literal b) del artículo 10 y en el párrafo 11.2 del artículo 11 del Decreto Legislativo N° 1275, Decreto Legislativo que Aprueba el Marco de la Responsabilidad y Transparencia Fiscal de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales. Artículo 3. Definiciones Para efectos del Plan Piloto CAF se debe tener en cuenta las siguientes definiciones: a) Acciones de Saneamiento Fiscal: Es el conjunto de medidas que determinan los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales seleccionados para la ejecución del Plan Piloto CAF, en un plazo de 90 días calendario, orientadas a lograr los compromisos fiscales del Plan Piloto CAF para el año fiscal 2018. Estas medidas deben permitir: 1) incrementar la recaudación de sus ingresos propios, 2) racionalizar gastos, 3) mejorar la gestión de sus pasivos, de conformidad con lo establecido en el párrafo 11.3 del artículo 11 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1275, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 162-2017-EF. b) Acompañamiento: Son actividades de asistencia técnica realizadas por el Articulador CAF al Gobierno Regional o Gobierno Local seleccionado para la ejecución

del Plan Piloto CAF a su cargo, para que éstos puedan elaborar el diagnóstico de la situación fiscal de la entidad e identificar y ejecutar las acciones de saneamiento fiscal, necesarios para lograr los compromisos fiscales del Plan Piloto CAF. c) Articulador CAF: Profesional a cargo del Acompañamiento, a que se refiere el literal b) precedente, dirigido a un Gobierno Regional y/o a un grupo de Gobiernos Locales. d) Compromisos de Ajuste Fiscal (CAF): Es el Anexo de la Ficha de Análisis Multianual de Gestión Fiscal, denominado "Compromisos al Cumplimiento de las Reglas Fiscales", a que se refiere el párrafo 8.2 del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1275, también denominado Compromiso de Ajuste Fiscal. Define los compromisos fiscales y las acciones de saneamiento fiscal que permitan generar superávit durante los años de vigencia del CAF, incrementar la recaudación de sus ingresos propios, racionalizar gastos y realizar acciones para el fortalecimiento técnico de las áreas de tributación, financiera y de recursos humanos; así como acciones básicas para mejorar la gestión de los pasivos, entre otros. Constituye la referencia para que los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales orienten la formulación y programación presupuestal al logro de los compromisos fiscales. e) Compromisos Fiscales: Son los valores meta de las reglas fiscales, incluidos en el Plan Piloto CAF, a los que se comprometen los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales que participan en el Plan Piloto CAF. f) CONECTAMEF: Centro de Servicios de Atención al Usuario del Ministerio de Economía y Finanzas de la Oficina General de Servicios al Usuario del Ministerio de Economía y Finanzas. g) DGCP: Dirección General de Contabilidad Pública del Ministerio de Economía y Finanzas. h) DGPMACDF: Dirección General de Política Macroeconómica y Descentralización Fiscal del Ministerio de Economía y Finanzas. i) Gestión de Pasivos: acciones de verificación del correcto registro de los pasivos en el marco de la normatividad vigente del Sistema Nacional de Contabilidad Pública, señaladas en el Anexo Nº 2. El Plan Piloto CAF solo contempla el correcto registro de pasivos para los siguientes casos: · Pasivos corrientes subestimados: se producen cuando se registra el pasivo corriente como pasivo no corriente, lo que ocasiona que el pasivo corriente se encuentre por debajo de su valor. · Pasivos corrientes sobreestimados: se producen cuando se registra el pasivo no corriente como pasivo corriente, lo que ocasiona que el pasivo corriente se encuentre por encima de su valor. · Pasivos indeterminados: se producen cuando en el registro del pasivo no hay información que permita clasificarlo como Pasivo Corriente. · Pasivos no registrados: se producen cuando no se registra pasivo corriente en el Estado de Situación Financiera, de acuerdo a lo establecido por la DGCP. j) Ficha de Análisis Multianual de Gestión Fiscal (Ficha AMGF): Es un instrumento de transparencia de la gestión fiscal de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales que tiene por objeto describir la situación financiera y establecer los CAF. k) MEF: Ministerio de Economía y Finanzas. l) Plan Piloto CAF: Plan Piloto para la implementación de los Compromisos de Ajuste Fiscal por parte de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales en el marco del Decreto Legislativo N° 1275 y su reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 162-2017-EF. m) Reglas Fiscales: son las establecidas en los literales a) y b) del artículo 6 del Decreto Legislativo N° 1275. n) Regla Fiscal del Saldo de Deuda Total: la relación entre el Saldo de Deuda Total y el promedio de los Ingresos Corrientes Totales de los últimos cuatro (4) años o la relación entre el Saldo de Deuda Total y el límite establecido en el primer párrafo de la Segunda Disposición Complementaria y Final de la Ley N° 29230,

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