Norma Legal Oficial del día 29 de agosto del año 2018 (29/08/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

Miércoles 29 de agosto de 2018 /

El Peruano

Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo ­ PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes Total aéreos Clase Viáticos Número Continente Viáticos Económica día US$ de días US$ US$ 883, 61 América del Sur 370,00 04 1 480,00

Nombres y apellidos Carmen Julia García Torres

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguiente a su retorno al país, la señorita Carmen Julia García Torres, presentará a la Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERÚ un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el evento al que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROGERS VALENCIA ESPINOZA Ministro de Comercio Exterior y Turismo 1686096-1

CULTURA
Aprueban Directiva "Lineamientos para prevenir y sancionar el racismo y la discriminación en el Ministerio de Cultura"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 347-2018-MC Lima, 28 de agosto de 2018 VISTOS, el Informe N° 900007-2018-CVV/DEDR/ DGCI/VMI/MC y N° 900009-2018-ZVA/DEDR/DGCI/VMI/ MC de la Dirección de Diversidad Cultural y Eliminación de la Discriminación Racial; el Informe N° 900081-2018-OOM/ OGPP/SG/MC de la Oficina de Organización y Modernización; el Memorando N° 900330-2018/OGPP/SG/MC de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, por Ley N° 29565 se crea el Ministerio de Cultura, como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, constituyendo un pliego presupuestal del Estado; Que, de acuerdo al artículo 4 de la citada Ley, las áreas programáticas de acción sobre las cuales el Ministerio de Cultura ejerce sus competencias, funciones y atribuciones para el logro de los objetivos y metas del Estado son las siguientes: a) Patrimonio Cultural de la Nación, Material e Inmaterial, b) Creación cultural contemporánea y artes vivas, c) Gestión cultural e industrias culturales y d) Pluralidad étnica y cultural de la Nación; Que, el artículo 15 de la citada Ley dispone que el Viceministro de Interculturalidad es la autoridad inmediata al Ministro de Cultura en asuntos de interculturalidad e inclusión de los Pueblos Originarios; estableciendo entre sus funciones, proponer mecanismos para evitar cualquier tipo de exclusión o discriminación de los diferentes pueblos del país, así como formular, ejecutar y supervisar políticas y normas que promuevan prácticas vigilantes para evitar expresiones de discriminación contra los ciudadanos y pueblos del país; Que, conforme al artículo 88 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado mediante Decreto Supremo N° 005-2013-MC, la Dirección de Diversidad Cultural y Eliminación de la Discriminación Racial es la unidad orgánica encargada de

generar mecanismos y acciones para promover prácticas interculturales, de reconocimiento de la diversidad cultural y no discriminación; así como elaborar y proponer las normas, directivas y lineamientos en el marco de sus competencias; entre otros; Que, mediante Decreto Supremo N° 003-2015-MC, se aprobó la Política Nacional para la Transversalización del Enfoque Intercultural, de obligatorio cumplimiento para todos los sectores e instituciones del Estado y diferentes niveles de gobierno; la misma que establece en el Lineamiento 1 de su Eje III que para garantizar el derecho a la igualdad, no discriminación y la prevención del racismo se requiere generar mecanismos que permitan prevenir, erradicar y sancionar la reproducción de discursos racistas y prácticas discriminatorias en instituciones públicas y privadas; Que, en atención a ello, a través de los Informes N° 900007-2018-CVV/DEDR/DGCI/VMI/MC y N° 9000092018-ZVA/DEDR/DGCI/VMI/MC, la Dirección de Diversidad Cultural y Eliminación de la Discriminación Racial propone la aprobación de la Directiva denominada "Lineamientos para prevenir y sancionar el racismo y la discriminación en el Ministerio de Cultura"; sustentando la necesidad de proceder a su aprobación, a fin de garantizar un ambiente libre de racismo y discriminación en el Ministerio de Cultura y/o eventos que se encuentren bajo su administración, organización o responsabilidad; Que, mediante el Informe N° 900081-2018OOM/OGPP/SG/MC, la Oficina de Organización y Modernización emite opinión técnica favorable para proceder a la aprobación de la referida Directiva; Que, habiéndose cumplido los requisitos y el procedimiento para la emisión de Directivas previstos en la Directiva N° 015-2015-MC "Lineamientos para la formulación, modificación y aprobación de Directivas en el Ministerio de Cultura", aprobada por Resolución de Secretaría General Nº 133-2015-SG/MC, corresponde aprobar la Directiva propuesta; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; el Decreto Supremo N° 003-2015-MC, que aprueba la Política Nacional para la Transversalización del Enfoque Intercultural; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la Directiva N° 001-2018/MC "Lineamientos para prevenir y sancionar el racismo y la discriminación en el Ministerio de Cultura", la misma que en documento anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Dentro de un plazo de 15 días calendarios, la Dirección de Diversidad Cultural y Eliminación de la Discriminación Racial, en coordinación con la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, deberá evaluar y determinar los instrumentos de gestión que resulten necesarios ser adecuados a fin de dar cumplimiento a la presente Directiva. Artículo 3.- Los organismos públicos adscritos al Sector Cultura deberán tomar en cuenta los lineamientos contenidos en la presente Directiva al momento de elaborar sus propios documentos de gestión en materia de lucha contra el racismo y la discriminación. Artículo 4.- Disponer que la Oficina de Comunicación e Imagen Institucional publique la presente resolución y su anexo en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe). Artículo 5.- Notificar la presente resolución al Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, al Despacho Viceministerial de Interculturalidad, la Secretaría General, las Direcciones Desconcentradas de Cultura, los organismos públicos adscritos del Ministerio de Cultura y demás dependencias del Ministerio de Cultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA BALBUENA PALACIOS Ministra de Cultura 1686023-1

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