Norma Legal Oficial del día 01 de diciembre del año 2018 (01/12/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano / Sábado 1 de diciembre de 2018

NORMAS LEGALES

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CULTURA
Aceptan donación para financiar las actividades de preservación y conservación de la Pirámide del Sector B de la Zona Arqueológica Mangomarca
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 498-2018-MC Lima, 30 de noviembre de 2018 VISTO, el Memorando Nº 900568-2018/OGPP/SG/MC de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, en el marco de lo dispuesto por la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, mediante Resolución Ministerial Nº 501-2017-MC de fecha 26 de diciembre de 2017, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de gastos correspondiente al Año Fiscal 2018 del Pliego 003: Ministerio de Cultura; Que, el literal a) del numeral 42.1 del artículo 42 del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF, establece que las incorporaciones de mayores fondos públicos que se generen como consecuencia de la percepción de determinados ingresos no previstos o superiores a los contemplados en el presupuesto inicial, son aprobados mediante resolución del Titular de la Entidad cuando provengan de fuentes de financiamiento distintas a las de Recursos Ordinarios que se produzcan durante el año fiscal; Que, asimismo, el artículo 69 del TUO establece que las donaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales o internacionales, públicas o privadas, diferentes a las provenientes de los convenios de cooperación técnica no reembolsable, serán aprobadas por Resolución del Titular de la Entidad, debiendo ser publicadas en el Diario Oficial El Peruano, cuando el monto de la donación supere las cinco (5) Unidades Impositivas Tributarias; y en el caso de montos inferiores, la referida Resolución se publicará obligatoriamente dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de aprobada, en la página web de la entidad, bajo responsabilidad; Que, el acápite ii) del numeral 19.2 y el numeral 19.3 del artículo 19 de la Directiva N° 005-2010-EF/76.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada por Resolución Directoral N° 030-2010-EF/76.01 y sus modificatorias, establece que son procedentes las modificaciones presupuestarias en el Nivel Institucional por incorporación de mayores fondos públicos de acuerdo a lo establecido en el numeral 42.1 del artículo 42 de la Ley, cuando se trate de recursos provenientes de saldos de balance y donaciones y transferencias, para lo cual se utiliza el Modelo N° 04/GN contenido en la misma; Que, el numeral 25.1 del artículo 25 de la citada Directiva, señala que dado el carácter financiero del Presupuesto del Sector Público, solo procede la incorporación de recursos monetarios, cuyos montos se registran en números enteros; Que, mediante el Informe N° 900258-2018/OT/OGA/ SG/MC de fecha 27 de noviembre de 2018, la Oficina de Tesorería de la Oficina General de Administración informa que se ha realizado el abono de la donación dineraria efectuada por el Fondo del Embajador del Gobierno de los Estados Unidos de América para financiar las actividades de preservación y conservación de la Pirámide del Sector B de la Zona Arqueológica Mangomarca, en la Cuenta Corriente del Ministerio de Cultura N° 193-1577093-141 del Banco de Crédito del Perú con la denominación "MIN. CULTURA-DONACIONES", por el monto de US$ 43 660.00 (Cuarenta y tres mil seiscientos sesenta con 00/100 Dólares Americanos), con tipo de cambio del día 27 de noviembre de 2018 de S/ 3.380 (Tres con 380/100 Soles) según la Superintendencia de Banca, Seguros y

AFP equivalente a S/ 147 571,00 (Ciento cuarenta y siete mil quinientos setenta y uno con 00/100 Soles), registro SIAF 19038 y Recibo de Ingreso - Y N° 591 de fecha 27 de noviembre de 2018, dentro del clasificador 1.5.5 1. 499 = Otros Ingresos Diversos; Que, con el Informe N° 900454-2018/DMO/DGPA/ VMPCIC/MC de fecha 29 de noviembre de 2018, la Dirección de Gestión de Monumentos solicita la incorporación de los recursos provenientes de la donación efectuada por el Fondo del Embajador del Gobierno de los Estados Unidos de América para el mencionado proyecto; Que, con el Memorando N° 901014-2018/DGPA/ VMPCIC/MC de fecha 29 de noviembre de 2018, la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble remite el Formato N° 01 "Detalle del crédito suplementario por mayores recursos y/o modificación presupuestaria en el nivel funcional" y el Formato N° 02 "Detalle de incorporación de metas presupuestarias (Físicas) por crédito suplementario y/o modificación presupuestaria en el nivel funcional programático", para la incorporación de recursos proveniente de la donación efectuada por el Fondo del Embajador del Gobierno de los Estados Unidos de América para el proyecto ganador "Zona Arqueológica Mangomarca", cuya actividad se enmarca dentro de las acciones de recuperación de monumentos arqueológicos; Que, a través del Memorando Nº 900568-2018/ OGPP/SG/MC de fecha 29 de noviembre de 2018, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto señala que a través del Informe N° 900231-2018/OP/OGPP/SG/ MC, la Oficina de Presupuesto a su cargo, señala que se ha realizado el análisis de la información remitida, la cual ha sido contrastada con el reporte de Resumen de Recaudación de Ingresos obtenido del Módulo de Procesos Presupuestarios del Sistema Integrado de Administración Financiera (SIAF - MPP), evidenciando que se han registrado financieramente los importes que requieren incorporar; además, considera la necesidad de contar con dichos recursos para financiar las actividades de preservación y conservación de la Pirámide del Sector B de la Zona Arqueológica Mangomarca, por lo que estima pertinente continuar con los trámites respectivos en el marco de la normatividad presupuestal vigente, procediendo a la incorporación hasta por la suma de S/ 147 571,00 (Ciento cuarenta y siete mil quinientos setenta y uno con 00/100 Soles); Que, en atención a las consideraciones expuestas y a lo informado por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente, considerando que los mayores ingresos a incorporar corresponden a la Fuente de Financiamiento 4. Donaciones y Transferencias, De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF; la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-MC; y, la Directiva N° 005-2010EF/76.01 "Directiva para la Ejecución Presupuestaria", aprobada por Resolución Directoral N° 030-2010EF/76.01; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptación Agradecer y aceptar la donación efectuada por el Fondo del Embajador del Gobierno de los Estados Unidos de América a favor del Ministerio de Cultura, por un total de S/ 147 571,00 (Ciento cuarenta y siete mil quinientos setenta y uno con 00/100 Soles) para financiar las actividades de preservación y conservación de la Pirámide del Sector B de la Zona Arqueológica Mangomarca. Artículo 2.- Objeto Autorizar la incorporación de mayores fondos públicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 003: Ministerio de Cultura, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Cultura - Administración General para el Año Fiscal 2018, por la suma de S/ 147 571,00 (Ciento cuarenta y siete mil

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