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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2018 (01/12/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 144

TEXTO PAGINA: 20

20 NORMAS LEGALES Sábado 1 de diciembre de 2018 / El Peruano MARINA DE GUERRA DEL PERÚ CARGOGRADO NOMBRES Y APELLIDOS Agregado de Defensa Adjunto y Naval a la Embajada del Perú en los Estados Unidos de AméricaContralmirante Jorge Martín Zegarra Rivas Agregado Naval Adjunto a la Embajada del Perú en los Estados Unidos de América y O fi cial de enlace en el Estado Mayor del Comando de la Flota Atlántico de la Marina de los Estados Unidos de AméricaCapitán de Fragata Manuel Alejandro Zúñiga Medina Agregado Naval Adjunto a la Embajada del Perú en los Estados Unidos de América y O fi cial de Enlace en la Comandancia de la Tercera Flota de la Marina de los Estados Unidos de AméricaCapitán de Fragata Luis Gustavo Castañeda Di Natale Agregado de Defensa y Naval a la Embajada del Perú en la República de Francia y Concurrente en los Países Bajos y Reino de BélgicaContralmirante Fernando Hernán León de Vivero Aliaga Agregado de Defensa y Naval a la Embajada del Perú en la República de ItaliaContralmirante José Antonio Moreno Gonzales Agregado de Defensa a la Embajada del Perú en la Mancomunidad de Australia y concurrente en Nueva Zelanda, Indonesia y la República de SingapurCapitán de Navío Ezio Rinaldo Piana Arenas Agregado de Defensa Adjunto a la Embajada del Perú en la Mancomunidad de Australia, Concurrente en Indonesia y la República de Singapur y O fi cial de Enlace en el Centro de Comando y Fusión e Información de la Marina de la República de SingapurCapitán de Fragata Amilcar Hernán Velásquez Vargas Agregado Naval Adjunto a la Embajada del Perú en la República Federativa del Brasil y O fi cial de Enlace en el Estado Mayor del Noveno Distrito Naval de la Marina de BrasilCapitán de Fragata Jeriko Herber Palomino Cary Agregado de Defensa Adjunto y Naval a la Embajada del Perú en la República de ColombiaCapitán de Navío Salomón Miguel Alberto Morán Peña fi el Agregado de Defensa y Naval a la Embajada del Perú en la República de Corea del SurCapitán de Navío Victor Alejandro Murguia Silva Agregado de Defensa y Naval a la Embajada del Perú en la República de ChileCapitán de Navío Juan Martín Tafur Velit Agregado de Defensa Adjunto y Naval a la Embajada del Perú en la República Popular ChinaCapitán de Navío AP Alberto Gustavo Sara Llanos Agregado de Defensa Adjunto y Naval a la Embajada del Perú en la República del EcuadorCapitán de Navío Jorge Devincensi León Russell Agregado de Defensa Adjunto y Naval a la Embajada del Perú en el Reino de EspañaCapitán de Navío Luis Eduardo Perez Astete Agregado de Defensa Adjunto y Naval a la Embajada del Perú en los Estados Unidos Mexicanos Capitán de Navío Luis Antonio Daniel García Milla Ugarriza Agregado de Defensa a la Embajada del Perú en la República de PanamáCapitán de Navío Carlos Grover Guerrero Malpartida FUERZA AÉREA DEL PERÚ CARGOGRADO NOMBRES Y APELLIDOS Agregado Aéreo Adjunto a la Embajada del Perú en los Estados Unidos de AméricaCoronel FAP Edwin Alberto Nuñez del Prado MaldonadoCARGOGRADO NOMBRES Y APELLIDOS Agregado de Defensa Adjunto y Aéreo a la Embajada del Perú en la República Federativa del BrasilCoronel FAP José Antonio Redhead Lazzarini Agregado de Defensa Adjunto y Aéreo a la Embajada del Perú en la República de ColombiaCoronel FAP Gino Paolo Rengifo Bartra Agregado de Defensa Adjunto y Aéreo a la Embajada del Perú en la República de ChileCoronel FAP Roberto Martín Aranda Del Castillo Agregado de Defensa Adjunto y Aéreo a la Embajada del Perú en la República de Francia y Concurrente en los Países Bajos y Reino de Bélgica Coronel FAP Luis Emilio Cortijo Rosell Artículo 2.- Nombrar en Misión Diplomática, a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores, al siguiente O fi cial Superior de las Fuerzas Armadas del Perú, a partir del 01 de julio de 2019, y por un período máximo de dos (02) años, en los cargos que se detallan a continuación: MARINA DE GUERRA DEL PERÚ Agregado Naval Adjunto a la Embajada del Perú en el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte y Representante ante la Organización Marítima InternacionalCapitán de Navío Ricardo Bernales Meave Artículo 3.- Modi fi car la denominación del cargo del siguiente personal militar, sin afectar la fecha de término de su Misión Diplomática: Grado Nombres y ApellidosCargo hasta el 31 de enero de 2019Cargo a partir del 01 de febrero de 2019 Capitán de Navío Manuel Rivadeneira MadridAgregado de Defensa Adjunto y Naval a la Embajada del Perú en la República Federal de Alemania, concurrente en la Republica de Polonia y República Checa.Agregado de Defensa y Naval a la Embajada del Perú en la República Federal de Alemania, concurrente en la Republica de Polonia y República Checa. Coronel FAP Fernando Martín San Martín SerraAgregado de Defensa Adjunto y Aéreo a la Embajada del Perú en CanadáAgregado de Defensa y Aéreo a la Embajada del Perú en Canadá Coronel FAP Antonio Ernesto Cossio EscobedoAgregado de Defensa Adjunto y Aéreo a la Embajada del Perú en el Reino de EspañaAgregado de Defensa y Aéreo a la Embajada del Perú en el Reino de España Coronel EP Emanuel Jesús Pajuelo BarbaAgregado de Defensa Adjunto y Militar a la Embajada del Perú en los Estados Unidos MexicanosAgregado de Defensa y Militar a la Embajada del Perú en los Estados Unidos Mexicanos Artículo 4.- El Ejército del Perú, Marina de Guerra del Perú y Fuerza Aérea del Perú, efectuarán los pagos que correspondan de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento del Personal Militar de las Fuerzas Armadas en Misión Diplomática, aprobado por el Decreto Supremo N° 028-2006-DE/SG y al procedimiento de cálculo de la compensación extraordinaria mensual por servicios en el exterior del personal militar en Misión Diplomática, establecido por el Decreto Supremo N° 262-2014-EF. Artículo 5.- El otorgamiento de la compensación extraordinaria por servicio en el exterior se hará por los días reales y efectivos de servicio en el exterior desde la asunción del cargo hasta su término por los dos (02) años autorizados, salvo lo previsto en el artículo 7 de la presente Resolución. Artículo 6.- El personal señalado en el artículo 1 y 2 de la presente Resolución Suprema pasará revista en las Direcciones y Comandos de Personal de las respectivas