Norma Legal Oficial del día 04 de diciembre del año 2018 (04/12/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano / Martes 4 de diciembre de 2018

NORMAS LEGALES
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios TOTAL EGRESOS

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Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, hasta por la suma de S/ 1 002 390,00 (UN MILLÓN DOS MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y 00/100 SOLES), del pliego 011: Ministerio de Salud, a favor de seis (06) Unidades Ejecutoras de Salud del pliego 453: Gobierno Regional del Departamento de Loreto, para garantizar el financiamiento del personal contratado bajo el Decreto Legislativo Nº 1057, en el marco de las intervenciones de los Programas Presupuestales 0001 Programa Articulado Nutricional; 0002 Salud Materno Neonatal; y, 0017 Enfermedades Metaxénicas y Zoonosis; De conformidad con lo establecido en el párrafo 80.2 del artículo 80 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; DECRETA: Artículo 1. Objeto 1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, hasta por la suma de S/ 1 002 390,00 (UN MILLÓN DOS MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y 00/100 SOLES) del pliego 011: Ministerio de Salud a favor de seis (06) Unidades Ejecutoras de Salud del pliego 453: Gobierno Regional del Departamento de Loreto, para garantizar el financiamiento del personal contratado bajo el Decreto Legislativo Nº 1057, en el marco de las intervenciones de los Programas Presupuestales 0001 Programa Articulado Nutricional; 0002 Salud Materno Neonatal; y, 0017 Enfermedades Metaxénicas y Zoonosis, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA En Soles : Gobierno Central 011 : Ministerio de Salud 001 : Administración Central - MINSA

1 002 390,00 -----------------1 002 390,00 ==========

1.2 El pliego habilitado en el párrafo 1.1 y los montos de transferencia por programa presupuestal, unidad ejecutora y genérica de gasto, se detallan en el Anexo "Transferencia de Partidas a favor del pliego 453: Gobierno Regional del Departamento de Loreto", que forma parte del Decreto Supremo, el cual se publica en los portales institucionales del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe) y del Ministerio de Salud (www.minsa.gob.pe), en la misma fecha de publicación de esta norma en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 2. Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular del pliego habilitador y habilitado de la Transferencia de Partidas, aprueban, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el párrafo 1.1 del artículo 1, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia de este dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el párrafo 23.2 del artículo 23 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieren como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieren, como consecuencia de lo dispuesto en esta norma. Artículo 3. Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el párrafo 1.1 del artículo 1, no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4. Refrendo El Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y la Ministra de Salud. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los tres días del mes de diciembre del año dos mil dieciocho. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República CARLOS OLIVA NEYRA Ministro de Economía y Finanzas

PROGRAMA PRESUPUESTAL 0001 : Programa Articulado Nutricional PRODUCTO 3000001 : Acciones Comunes ACTIVIDAD 5004426 : Monitoreo, Supervisión, Evaluación y Control del Programa Articulado Nutricional FUENTE DE FINANCIAMIENTO GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 1 : Recursos Ordinarios 334 130,00

PROGRAMA PRESUPUESTAL 0002 : Salud Materno Neonatal PRODUCTO 3000001 : Acciones Comunes ACTIVIDAD 5004430 : Monitoreo, Supervisión, Evaluación y Control de la Salud Materno Neonatal FUENTE DE FINANCIAMIENTO GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 1 : Recursos Ordinarios 334 130,00

PROGRAMA PRESUPUESTAL 0017 : Enfermedades Metaxénicas y Zoonosis PRODUCTO 3000001 : Acciones Comunes ACTIVIDAD 5000085 : Monitoreo, Supervisión, Evaluación y Control Metaxénicas y Zoonosis FUENTE DE FINANCIAMIENTO GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios TOTAL EGRESOS A LA: SECCION SEGUNDA PLIEGO : Instancia Descentralizada 453 : Gobierno Regional Departamento de Loreto 1 : Recursos Ordinarios 334 130,00 -----------------1 002 390,00 ========== En Soles del

SILVIA ESTER PESSAH ELJAY Ministra de Salud 1719430-1

Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 a favor del pliego Instituto Nacional de Estadística e Informática
DECRETO SUPREMO Nº 282-2018-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el artículo 84 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que el Instituto

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