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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2018 (27/12/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 5

5 NORMAS LEGALES Jueves 27 de diciembre de 2018 El Peruano / CÓDIGO NOMBREMONTO “TURISMO EMPRENDE” TEM1- 2-P-215-18TROYA GONZALES, ALEXANDERS/ 56,400.00 TEM1- 2-P-334-18CAVA CHASQUIBOL, JUSTINIANOS/ 57,508.00 Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el Portal Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.mincetur.gob.pe); encargándose además a la Dirección General de Estrategia Turística del Viceministerio de Turismo, para que en su calidad de Secretaría Técnica del Programa “Turismo Emprende”, notifi que la presente Resolución a los bene fi ciarios señalados en el artículo precedente. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDGAR M. VASQUEZ VELA Ministro de Comercio Exterior y Turismo 1726551-1 DEFENSA Autorizan viaje de oficial de la Marina de Guerra del Perú a Colombia, en misión de estudios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1859-2018 DE/MGP Lima, 20 de diciembre de 2018Vista, la Carta G.500-6283 del Secretario del Comandante General de la Marina, de fecha 28 de noviembre de 2018; CONSIDERANDO: Que, con O fi cio Nº Radicado 0118007032902 / MDN-COGFM-JEMCO-DASIN, de fecha 10 de octubre de 2018, el Jefe de Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Militares de Colombia remite al Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas del Perú, el O fi cio Nº Radicado 109667 / MDN-CGFM- JEMC-ESDEG-SBESG-DEINT - 60.5 del Director de la Escuela Superior de Guerra “General Rafael Reyes Prieto”, de fecha 25 de mayo de 2018, mediante el cual informa sobre las ofertas académicas para Ofi ciales de las Fuerzas Armadas de la República del Perú en programas y cursos a ser impartidos en dicha Escuela Superior; así como, para desempeñarse como docentes o investigadores en alguno de sus centros de investigación, entre otros, el Curso de Estado Mayor (CEM) 2019, para UN (1) O fi cial del grado de Capitán de Corbeta, a realizarse en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, durante el período de enero a noviembre de 2019; Que, con O fi cio Nº 1433 JCFFAA/SJ., de fecha 18 de octubre de 2018, el Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas hace de conocimiento al Comandante General de la Marina, que ha designado al Capitán de Corbeta Rubén Mauricio FERNANDINI Zárate, para que participe en el referido curso; Que, con O fi cio N.1000-1557 de fecha 23 de noviembre de 2018, el Director General de Educación de la Marina ha remitido la documentación pertinente para la tramitación de la autorización de viaje en Misión de Estudios del Capitán de Corbeta Rubén Mauricio FERNANDINI Zárate, para que participe en el mencionado curso, del 8 de enero al 20 de noviembre de 2019; lo que permitirá contar con un O fi cial peruano en el principal centro de pensamiento estratégico militar colombiano, generador del conocimiento conjunto en temas relacionados con la seguridad y la defensa nacional, pudiendo comparar nuestros procesos, metodologías y publicaciones con los vigentes en el ámbito militar colombiano y establecer aquellos aspectos que convendrían a ser incorporados a nuestros sistemas de planeamiento y de ejecución en el nivel táctico, estratégico y político-estratégico; Que, de acuerdo al Compromiso de Previsión de Recursos emitido por el Jefe del Departamento de Programación y Presupuesto del Estado Mayor General de la Marina, se ha considerado para el Año Fiscal 2019, la participación de UN (1) O fi cial Superior de la Marina de Guerra del Perú, como discente en el Curso de Estado Mayor (CEM) 2019, a realizarse en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, del 8 de enero al 20 de noviembre de 2019; garantizando de esta manera el pago de la obligación por el año antes mencionado; Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, será reducido en la misma cantidad que la boni fi cación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1132, Decreto Legislativo que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fi n de prever la participación del personal designado durante la totalidad de la actividad programada, es necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación; así como, su retorno un (1) día después del curso, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, de conformidad con el artículo 26 de la Ley Nº 28359, Ley de Situación Militar de los O fi ciales de las Fuerzas Armadas, modi fi cada por la Ley Nº 29598 y por el Decreto Legislativo Nº 1143, el O fi cial nombrado en Comisión de Servicio o Misión de Estudios por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la Situación Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo previsto en el artículo 23 de la referida norma, más el tiempo compensatorio previsto en el mismo artículo; y, conforme a su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 007-2005-DE/SG y sus modi fi catorias aprobadas con los Decretos Supremos Nº 010-2010-DE y Nº 009-2013-DE; Que, el Ministerio de Defensa, ha dispuesto que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de autorización de viajes del Personal Militar y Civil del Sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y sus modi fi catorias; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modi fi catoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y sus modi fi catorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina;