Norma Legal Oficial del día 10 de enero del año 2018 (10/01/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano / Miércoles 10 de enero de 2018

NORMAS LEGALES

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En Lima, a los quince días del mes de diciembre de dos mil diecisiete. LUIS GALARRETA VELARDE Presidente del Congreso de la República MARIO MANTILLA MEDINA Primer Vicepresidente del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los nueve días del mes de enero del año dos mil dieciocho. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ Presidenta del Consejo de Ministros 1604865-2

Que, mediante Acuerdo del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones de fecha 26 de diciembre de 2017, se acordó solicitar al señor Presidente de la República la convocatoria a Elecciones Regionales 2018 de Gobernadores, Vicegobernadores y Consejeros del Consejo Regional de los Gobiernos Regionales de los departamentos de toda la República y de la Provincia Constitucional del Callao, para el primer domingo de octubre de 2018; Que, asimismo, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones acordó solicitar al señor Presidente de la República la convocatoria a Elecciones Municipales 2018 de Alcaldes y Regidores de los Consejos Provinciales y Consejos Distritales de la República, para el primer domingo de octubre de 2018; Que, en tal sentido, resulta necesario convocar a elecciones regionales y municipales 2018, para elegir a las autoridades regionales y municipales por voto popular para el primer domingo de octubre de 2018, esto es, el 07 de octubre de 2018; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 5 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 26864 - Ley de Elecciones Municipales; la Ley N° 27683 - Ley de Elecciones Regionales; y, la Ley N° 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Artículo 1.- Convocatoria de Elecciones Regionales Convóquese a Elecciones Regionales 2018 de Gobernadores, Vicegobernadores y Consejeros del Consejo Regional de los Gobiernos Regionales de los departamentos de toda la República y de la Provincia Constitucional del Callao, para el 07 de octubre de 2018. Artículo 2.Convocatoria de Elecciones Municipales Convóquese a Elecciones Municipales 2018 de Alcaldes y Regidores de los Consejos Provinciales y Consejos Distritales de la República, para el 07 de octubre de 2018. Artículo 3.- Normas de aplicación Las elecciones se regirán por lo dispuesto en la Constitución Política del Perú, en la Ley N° 26864 - Ley de Elecciones Municipales; y, la Ley N° 27683 - Ley de Elecciones Regionales. Artículo 4.- Refrendo El presente decreto supremo es refrendado por la Presidenta del Consejo de Ministros. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los nueve días del mes de enero del año dos mil dieciocho. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ Presidenta del Consejo de Ministros 1604865-3

PODER EJECUTIVO

PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Decreto Supremo que convoca a Elecciones Regionales y Municipales 2018
DECRETO SUPREMO Nº 004-2018-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el inciso 5) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú establece que corresponde al Presidente de la República convocar a elecciones para alcaldes y regidores y demás funcionarios que señala la ley; Que, el artículo 1 de la Ley N° 26864 - Ley de Elecciones Municipales, dispone que en las elecciones municipales se eligen Alcaldes y Regidores de los Concejos Municipales Provinciales y Distritales en toda la República; asimismo, se dispone que las elecciones municipales se realizan cada cuatro (4) años; Que, el artículo 5 de Ley N° 27683 - Ley de Elecciones Regionales, establece que las autoridades regionales son electas en Elecciones Regionales para un periodo de cuatro (04) años; Que, conforme al artículo 4 de la Ley N° 27683 - Ley de Elecciones Regionales, modificado por el artículo 3 de la Ley N° 30673, las elecciones regionales se realizan junto con las elecciones municipales el primer domingo del mes de octubre del año en que finaliza el mandato de las autoridades regionales. Asimismo, se establece que el Presidente de la República convoca elecciones regionales con una anticipación no menor de doscientos setenta (270) días calendario a la fecha del acto electoral; Que, el artículo 3 de la Ley N° 26864 - Ley de Elecciones Municipales, modificado por el artículo 4 de la Ley N° 30673, dispone que el Presidente de la República convoca a elecciones municipales con una anticipación no menor a doscientos setenta (270) días calendario a la fecha de las elecciones, las que se llevan a cabo el primer domingo del mes de octubre del año en que finaliza el mandato de las autoridades municipales;

Aceptan renuncia de Ministro de Relaciones Exteriores
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 002-2018-PCM Lima, 9 de enero de 2018 Vista la renuncia que, al cargo de Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, formula el señor Embajador Víctor Ricardo Luna Mendoza; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Aceptar la renuncia que, al cargo de Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, formula el señor

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