Norma Legal Oficial del día 16 de enero del año 2018 (16/01/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano / Martes 16 de enero de 2018

NORMAS LEGALES

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Gerencia de Administración y Finanzas dichos certificados de depósito judicial. Tercero.La Resolución Administrativa N° 129-2006-CE-PJ, señala "Que constituyendo los Certificados de Depósitos Judiciales prescritos, fuente de ingreso que forma parte de los Recursos directamente recaudados; su manejo debería estar rigurosamente regulado evitando de esa manera el potencial riesgo de inadecuado control, pérdida, sustracción y deterioro de los mismos" Cuarto.La Décima Quinta Disposición Complementaria y Final del Código Procesal Civil establece que "Prescribe a los cinco años de culminado el proceso que les dio origen, el derecho de retirar o cobrar los importes de dinero correspondientes a consignaciones judiciales efectuadas en el Banco de la Nación y los intereses devengados. (...), los Jueces remitirán a la Dirección General de Administración del Poder Judicial, bajo responsabilidad, los certificados de consignación correspondientes a los depósitos cuyo cobro o retiro haya prescrito, a fin de que dicha Dirección solicite al Banco de la Nación la transferencia de los fondos respectivos." Quinto.- Por oficio de vistos, el señor Licenciado Freddy Díaz Castillo, Gerente de Administración Distrital de esta Corte Superior de Justicia, solicita que se designe dos jueces encargados del endoso de depósitos judiciales prescritos de esta Corte Superior de Justicia, en razón de que a la fecha se encuentran en calidad de pendientes por endosar, gran cantidad de depósitos judiciales prescritos, generados por la elevada carga procesal que presenta el Primer Juzgado de Familia Transitorio de Santa Anita a cargo del señor magistrado Nilton Augusto López Campos, quien en adición a sus funciones Juez Endosador de este Distrito Judicial, lo que genera que no se cumpla en forma célere con lo dispuesto en el proyecto de la Sub Gerencia de recaudación Judicial de la Gerencia General del Poder Judicial, denominado "Búsqueda, Recupero y Custodia de los Depósitos Judiciales Prescritos". Sexto.- Estando a los considerandos precedentes se deberán implementar las medidas administrativas que permitan una labor eficiente y eficaz en la recaudación de ingresos propios, por lo que atendiendo al requerimiento formulado debe designarse a dos magistrados que se encarguen del endoso de certificados de depósitos judiciales prescritos. Por estas consideraciones, en uso de las atribuciones conferidas en los incisos 3) y 9) del Texto Único Ordenado de la ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR a los siguientes magistrados: 1.- Dra. Elizabeth Emma Alemán Chávez 2.- Dr. Niceforo Altos Barreto Como Magistrados Coordinadores del endoso de certificados de depósitos judiciales prescritos. Artículo Segundo.- FACULTAR a los referidos Magistrados Coordinadores, a realizar el endoso a favor de la Sub Gerencia de Tesorería del Poder Judicial de los certificados de Depósitos Judiciales Prescritos. Artículo Tercero.- DISPONER que la Gerencia de Administración Distrital a través de la Coordinadora de Servicios Judiciales, recabe los certificados de depósitos judiciales que se encuentran vencidos a la fecha, debiendo de cumplirse el procedimiento establecido por la Directiva N" 008-2000-SE-TP-CME-PJ, modificada por la Resolución Administrativa N° 129-2006-CE-PJ. Artículo Cuarto.- PÓNGASE la presente Resolución en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Gerencia General del Poder Judicial, Administración Distrital, Oficina de Imagen Institucional y Prensa e interesados, para los fines pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. JIMMY GARCIA RUIZ Presidente 1606607-1

Conforman Equipo Técnico Distrital de Implementación del Código Procesal Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima Este y aprueban otras disposiciones
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA ESTE PRESIDENCIA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 032-2018-P-CSJLE/PJ Ate, 11 de enero de 2018 VISTOS: La Resolución Administrativa N° 027-2017-P-CSJLE/ PJ; y, CONSIDERANDO: Primero.- Mediante Resolución Administrativa Nº 061-2013-CE-PJ, modificado por Resolución Administrativa N° 148-2015-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprobó las nuevas estructuras organizacionales y funcionales de los Equipos Técnicos Institucionales de implementación del Código Procesal Penal y de la Nueva Ley Procesal de Trabajo, aprobando la "Nueva Estructura Organizacional y Funcional del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal", estableciendo que el Equipo Técnico mencionado debe estar integrado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia, quien lo preside; un Juez Superior, un Juez Especializado, un Juez de Paz Letrado que apliquen el Nuevo Código Procesal Penal y un Secretario Técnico - Administrador del Módulo Penal. Segundo.- Mediante Resolución Administrativa N° 296-2016-CE-PJ se aprobó la Directiva N° 011-2016CE-PJ - Lineamientos de Aplicación del Equipo Técnico Distrital de Implementación del Código Procesal (ETI Distrital - CPP), que tiene como finalidad establecer los lineamientos que deben desarrollar el Equipo Técnico Distrital de lmplementación del Código Procesal Penal, norma que deberá aplicarse parcialmente, en razón a que en nuestro distrito judicial aún no se aplica plenamente el Código Procesal Penal. Tercero.- Siendo así, para el presente año judicial debe conformarse El Equipo Técnico Distrital de Implementación del Código Procesal Penal, la misma que aplicará los lineamientos establecidos en las resoluciones administrativas glosadas. En uso de las facultades conferidas por los incisos 3) y 9) del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; se, RESUELVE: Artículo Primero.- CONFORMAR el Equipo Técnico Distrital de Implementación del Código Procesal Penal de la Corte Superior de Justicia de Lima Este, para el año judicial 2018, integrado de la siguiente manera:
Jimmy García Ruiz María del Carmen Cornejo Lopera Judy Jenny Rodríguez García Giovana Consuelo Cortez Flores Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima Este, quien lo preside. Presidenta de la Sala Penal de Apelaciones. Jueza del Primer Juzgado Penal Unipersonal. Administradora del Módulo Penal, quien actuará como Secretaria Técnica.

Artículo Segundo.- ESTABLECER que el Equipo Técnico Distrital de Implementación de este Distrito Judicial, deberá cumplir con las funciones señaladas en el artículo 21° y las atribuciones contenidas en los artículos 22°, 23° y 24° de la Resolución Administrativa

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