Norma Legal Oficial del día 16 de enero del año 2018 (16/01/2018)


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NORMAS LEGALES

Martes 16 de enero de 2018 /

El Peruano

Justicia del Callao, para el año judicial 2018, la misma que estará integrada de la siguiente manera: - Doctor VÍCTOR ROBERTO OBANDO BLANCO, Juez Superior Titular. Presidente de la Comisión. - Doctor SAÚL ANTONIO BELTRAN REYES, Juez Especializado Civil Titular. Integrante de la Comisión. - Doctor DIEGO ALONSO BOJORQUEZ CRUZ, Juez Titular de Paz Letrado. Integrante de la Comisión. - Abogada MAYRA CLARA CALLE PEÑA, Secretaria de la Comisión. Artículo Segundo.- DISPONER que la Comisión designada efectúe las acciones destinadas a la conducción y ejecución del Programa SECIGRA DERECHO 2018 en el Distrito Judicial del Callao, las mismas que se refieren a la asignación, reasignación y distribución de los Secigristas antes los requerimientos de los Órganos jurisdiccionales, así como a la capacitación y evaluación de los mismos. Artículo Tercero.- DISPONER que la Gerencia de Administración Distrital y la Oficina Distrital de Imagen Institucional, brinden el apoyo necesario para el mejor cumplimiento de las funciones de la Comisión del Programa del Servicio Civil de Graduandos SECIGRA DERECHO. Artículo Cuarto.- PÓNGASE la presente Resolución, en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, de la Dirección Nacional de Justicia del Ministerio de Justicia, de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura del Callao, de la Gerencia de Administración Distrital, de la Oficina de Personal, de la Oficina Distrital de Imagen Institucional y de los señores Magistrados Integrantes de la comisión designada, para los fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese, cúmplase y archívese. WALTER BENIGNO RIOS MONTALVO Presidente 1606473-1

mediante la Resolución Defensorial N° 0012-2011/DP se aprobó su Reglamento de Organización y Funciones; Que, la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, en adelante Ley N° 28411, establece los principios, procesos y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto; Que, el numeral 7.1) del artículo 7° de la Ley N° 28411, establece que el Titular de la Entidad puede delegar sus funciones en materia presupuestal cuando así lo haya establecido expresamente dicho marco normativo, así como las leyes de presupuesto del sector público o la norma de creación de la Entidad; Que, así también, el numeral 40.2) artículo 40° de la Ley N° 28411, señala que las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático son aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta de la Oficina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad, pudiendo delegar dicha facultad de aprobación, a través de disposición expresa, la cual deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, por otro lado, de acuerdo a lo dispuesto en los literales f) y g) del artículo 7° del precitado Reglamento de Organización y Funciones de la Defensoría del Pueblo, el Titular de la Entidad tiene entre sus atribuciones, la facultad de delegar las facultades y funciones que no sean privativas de su cargo en materia presupuestaria; Que, según el documento de visto, el Jefe de la Oficina de Planificación, Presupuesto, Racionalización y Estadística sustenta y solicita la emisión de la resolución que delegue en el Secretario General determinadas facultades en materia presupuestaria durante el ejercicio presupuestario del Año Fiscal 2018; Que, con el fin de agilizar la ejecución del proceso presupuestario en el Pliego 020: Defensoría del Pueblo para el Año Fiscal 2018, garantizar el cumplimiento de las normas de carácter presupuestario, asegurar la adecuada gestión institucional y establecer los niveles de decisión y autoridad en la Entidad, es conveniente delegar las facultades solicitadas por la Oficina de Planificación, Presupuesto, Racionalización y Estadística; Con los visados de la Primera Adjuntía, de la Secretaría General y de las oficinas de Planificación, Presupuesto, Racionalización y Estadística y de la Asesoría Jurídica; y, En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5° de la Ley N° 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo; en concordancia con los literales d), f) y g) del artículo 7° del Reglamento de Organización y Funciones de la Defensoría del Pueblo y estando al encargo efectuado mediante Resolución Defensorial N° 001-2018/ DP; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DELEGAR en el Secretario General o el que haga sus veces, las siguientes facultades en materia presupuestaria:

ORGANISMOS AUTONOMOS

DEFENSORIA DEL PUEBLO
Delegan a funcionario materia presupuestaria facultades en

RESOLUCIÓN DEFENSORIAL Nº 002-2018/DP Lima, 12 de enero del 2018 VISTO: El proveído N° 25314 de Secretaría General recaído en el Informe N° 002-2018-DP/OPPRE mediante el cual la Oficina de Planificación, Presupuesto, Racionalización y Estadística sustenta y solicita la emisión de la resolución que delegue en el Secretario General facultades en materia presupuestaria durante el ejercicio presupuestario del Año Fiscal 2018; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los artículos 161° y 162° de la Constitución Política del Perú se aprobó la Ley N° 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo y

a. Aprobar la formalización de las modificaciones presupuestarias efectuadas en el Nivel Funcional Programático durante el ejercicio presupuestario del Año Fiscal 2018, de acuerdo a lo establecido en el numeral 40.2) del artículo 40° de la Ley N° 28411. b. Ejercer durante el ejercicio presupuestario del Año Fiscal 2018, las facultades y atribuciones en materia presupuestal, así como las acciones administrativas de gestión y resolución que corresponden al Titular del Pliego y que no sean privativas de su función, de acuerdo a lo establecido en los numerales 7.1) y 7.2) del artículo 7° de la Ley N° 28411. Artículo Segundo.- La delegación de facultades a que se refiere la presente Resolución no exime la obligación de cumplir con los requisitos y procedimientos legales establecidos para cada caso concreto. Artículo Tercero.- REMITIR copia fedateada de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República del Congreso de la República y a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas.

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