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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE ENERO DEL AÑO 2018 (24/01/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 9

9 NORMAS LEGALES Miércoles 24 de enero de 2018 El Peruano / CARGOGRADO NOMBRES Y APELLIDOS Agregado Militar Adjunto a la Embajada del Perú en los Estados Unidos de América y Ofi cial de Enlace en el Comando SurCoronel EP Walter Ocampo Marquina Agregado de Defensa Adjunto y Militar a la Embajada del Perú en la República FrancesaCoronel EP Salvador Martin Cabrejos Vargas Agregado de Defensa a la Embajada del Perú en la República de la IndiaCoronel EP Aristides Melendez Marquillo Agregado de Defensa a la Embajada del Perú en el Estado de IsraelCoronel EP Fernando Martín Tasayco Boggio Agregado de Defensa Adjunto y Aéreo a la Embajada del Perú en la República ItalianaCoronel FAP Frank Ricardo Castañeda Sanchez Agregado de Defensa a la Embajada del Perú en JapónCapitán de Navío Juan Luis Bazan Tejada Agregado de Defensa Adjunto y Militar a la Embajada del Perú en los Estados Unidos MexicanosCoronel EP Emanuel Jesus Pajuelo Barba Agregado de Defensa a la Embajada de Perú en la República del ParaguayCoronel FAP Angel Daniel Ordaya Burneo Agregado de Defensa y Naval a la Embajada del Perú en el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte y Representante Permanente Alterno del Perú ante la Organización Marítima Internacional (OMI)Contralmirante Ricardo Orlando Víctor Romero Mostajo Agregado de Defensa y Aéreo a la Embajada del Perú en la Federación de Rusia, concurrente en la República de BelarúsCoronel FAP Juan Manuel Saenz Donayre Agregado de Defensa Adjunto y Militar a la Embajada del Perú en la Federación de Rusia, concurrente en la República de BelarúsCoronel EP Oscar Enrique Arboleda Velasco Artículo 2.- Modi fi car la denominación del cargo del siguiente personal militar, sin afectar la fecha de término de su Misión Diplomática: Grado Nombres y ApellidosCargo hasta el 28 de enero de 2018Cargo a partir del 01 de marzo de 2018 Coronel EP Wilber Rivera SoldevillaAgregado de Defensa Adjunto y Militar a la Embajada del Perú en la República Federal de Alemania, concurrente en la República de Polonia y República ChecaAgregado de Defensa y Militar a la Embajada del Perú en la República Federal de Alemania, con- currente en la República de Polonia y República Checa Capitán de Navío Manuel Rivadeneira MadridAgregado de Defensa y Naval a la Embajada del Perú en la República Federal de Alemania, concurrente en la Republica de Polonia y República Checa.Agregado de Defensa Adjunto y Naval a la Embajada del Perú en la República Federal de Alemania, concurrente en la Republica de Polonia y República Checa. Coronel EP Hernan Enrique Rivera SchreiberAgregado de Defensa Adjunto y Militar a la Embajada del Perú en CanadáAgregado de Defensa y Militar a la Embajada del Perú en Canadá Coronel EP Luis Eduardo Carran- za VilahurAgregado de Defensa Adjunto y Militar a la Embajada del Perú en la República de CoreaAgregado de Defensa y Mil- itar a la Embajada del Perú en la República de Corea Capitan de Navío Daniel Roberto Zorrilla RuizAgregado de Defensa Adjunto y Naval a la Embajada del Perú en los Estados Unidos MexicanosAgregado de Defensa y Naval a la Embajada del Perú en los Estados Unidos Mexicanos Coronel EP Julio Manuel Díaz LeónAgregado de Defensa Adjunto y Militar a la Embajada del Perú en el Reino de EspañaAgregado de Defensa y Mil- itar a la Embajada del Perú en el Reino de España Artículo 3.- El Ejército del Perú, la Marina de Guerra del Perú y la Fuerza Aérea del Perú, efectuarán los pagos que correspondan de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento del Personal Militar de las Fuerzas Armadas en Misión Diplomática, aprobado por el Decreto Supremo N° 028-2006-DE/SG y al procedimiento de cálculo de la compensación extraordinaria mensual por servicios en el exterior del personal militar en Misión Diplomática, establecido por el Decreto Supremo N° 262-2014-EF. Artículo 4.- El otorgamiento de la compensación extraordinaria por servicio en el exterior se hará por los días reales y efectivos de servicio en el exterior desde la asunción del cargo hasta su término por los dos (02) años autorizados, salvo lo previsto en el artículo 6 de la presente Resolución. Artículo 5.- El personal señalado en el artículo 1 de la presente Resolución Suprema pasará revista en las Direcciones y Comandos de Personal de las respectivas Instituciones Armadas, por el período que dure la Misión Diplomática. Artículo 6.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y/o término de la misión diplomática, sin exceder el período total establecido. Artículo 7.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de Relaciones Exteriores y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese.PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República CAYETANA ALJOVÍN GAZZANI Ministra de Relaciones Exteriores JORGE KISIC WAGNER Ministro de Defensa 1609584-5 ENERGIA Y MINAS Aprueban modificación de concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica de Línea de transmisión, presentada por Red de Energía del Perú S.A. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 018-2018-MEM/DM Lima, 9 de enero de 2018VISTOS: El Expediente N° 14019793 sobre la concesión de fi nitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Línea de Transmisión en 138 kV C.H. Aricota 2 – S.E. Toquepala; la solicitud de la primera modi fi cación de la mencionada concesión de fi nitiva, presentada por Red de Energía del Perú S.A. (en adelante, REP); los Informes N° 411 y N° 590-2017-MEM/DGE-DCE emitidos por la Dirección General de Electricidad (DGE); y, el Informe N° 539-2017-MEM/OGJ elaborado por la O fi cina General de Asesoría Jurídica, del Ministerio de Energía y Minas; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 044-95- EM se otorga a favor de Electricidad del Perú S.A. – ELECTROPERÚ S.A. concesión de fi nitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica, entre otras, a la Línea de Transmisión de 138 kV C.H. Aricota 2 – S.E. Toquepala, de una terna y 35,0 km de longitud, aprobándose el Contrato de Concesión N° 058-95; Que, mediante Resolución Suprema N° 105-97-EM se aprueba la transferencia de la concesión de fi nitiva de la Línea de Transmisión de 138 kV C.H. Aricota 2 – S.E. Toquepala, que efectúa ELECTROPERÚ S.A. a favor de Empresa de Transmisión Eléctrica del Sur S.A. – ETESUR, quien asume los derechos y obligaciones derivados de la citada concesión de fi nitiva, pero sin que esta transferencia haya sido formalizada mediante un contrato de concesión suscrito con el Estado Peruano;