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30 NORMAS LEGALES Jueves 15 de febrero de 2018 / El Peruano SALUD Autorizan viaje de profesional a Canadá, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 106-2018/MINSA Lima, 13 de febrero de 2018Visto, el Expedientes N°s. 18-013487-001, 002 y 004 que contienen el Informe N° 002-2018-LR-UF-CIByNG-OGCTI/MINSA de fecha 9 de febrero de 2018, emitida por la Ofi cina General de Cooperación Técnica Internacional; y, CONSIDERANDO: Que, con el documento del visto, el Director General de la Ofi cina General de Cooperación Técnica Internacional, informa que el “Sick Kids Hospital” de la ciudad de Toronto- Canadá, ha aceptado recibir al paciente con las iniciales R.C.A.L. de 9 años de edad, internado en el Instituto Nacional de Salud del Niño San Borja, por padecer de Epilepsia Refractaria Activa no controlada con la Politerapia Anticonvulsiva; Que, mediante O fi cio N° 289-2018-DG-INSSB de fecha 8 de febrero de 2018, la Directora General del Instituto Nacional de Salud del Niño San Borja, solicita la autorización de viaje al exterior del MC. Neurólogo Pediatra Marco Antonio Medina Chávez, personal CAS, en comisión de servicio a la ciudad de Toronto-Canadá, para trasladar al mencionado paciente al “Sick Kids Hospital”, para su tratamiento especializado, con el objetivo de velar por el cuidado de la salud del menor en el trayecto de Lima a Canadá; Que, con Memorando N° 234-2018-OGA/MINSA, la Ofi cina General de Administración informa que el viaje del profesional señalado en el considerando precedente, cuenta con disponibilidad presupuestal otorgada con certi fi cación de crédito presupuestario N° 870-2018 en la fuente de fi nanciamiento de Recursos Ordinarios, para pasajes en tarifa económica, así como viáticos, incluido gastos de instalación; Que, mediante Informe N° 03-AdyP-ERH-INSN-SB-18 de fecha 8 de febrero de 2018, el equipo de Recursos Humanos del Instituto Nacional de Salud del Niño- San Borja, comunica la condición laboral sobre el mencionado profesional; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, establece que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica; y se aprueban conforme a lo establecido en la Ley 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, el cuarto párrafo del artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y modi fi catorias, establece que la autorización de viajes al exterior de las personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés especí fi co de la institución, conforme a la Ley Nº 27619 y su Reglamento; Que, conforme al Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, el Ministerio de Salud es la autoridad de salud a nivel nacional, que tiene a su cargo la formulación, dirección y gestión de la política nacional de salud y es la máxima autoridad en materia de salud y, cuya fi nalidad es, entre otras, la promoción de la salud, la prevención de enfermedades, la recuperación de la salud y la rehabilitación en salud de la población; Que, en ese sentido, corresponde autorizar el viaje del referido profesional toda vez que su participación tiene por fi nalidad evitar cualquier evento contrario que pueda perjudicar la salud del paciente durante el trayecto de traslado de Lima hasta la ciudad de Toronto; Con el visado de la Directora General de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la O fi cina General de Administración, del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, de la Secretaria General, y del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus modi fi catorias; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y sus modi fi catorias; el Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo N° 005-90-PCM; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar, en comisión de servicios, el viaje del médico cirujano Marco Antonio Medina Chávez, a la ciudad de Toronto, Canadá, del 18 al 21 de febrero de 2018, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el viaje del citado profesional en cumplimiento de la presente Resolución Ministerial serán cubiertos con cargo a la fuente de fi nanciamiento de Recursos Ordinarios, incluyendo la asignación por concepto de viáticos, conforme al siguiente detalle: - Pasaje aéreo,tarifa económica para 1 persona (incluido TUUA): US$ 1 945.21 - Viáticos por 4 días para 1 persona (US$ 440.00 por día incluido gastos de instalación): US$ 1 760.00 Total : US$ 3 705.21 Artículo 3.- Disponer que el citado profesional dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno, presente ante el Titular de la entidad, con copia a la O fi cina General de Recursos Humanos, un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos, en el evento al que acudirán, así como la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberalización de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.ABEL HERNAN JORGE SALINAS RIVAS Ministro de Salud 1616975-1 Autorizan viaje de profesionales de la DIGEMID a República Dominicana, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 107-2018/MINSA Lima, 14 de febrero de 2018Visto, el Expediente N° 18-003056-001, que contienen la Nota Informativa N° 012-2018-DIGEMID-DG-DICER-UFLAB-AICLAB/MINSA, emitida por la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 5 de la Ley N° 29459, Ley de los Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y