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13 NORMAS LEGALES Martes 17 de julio de 2018 El Peruano / el proceso a que se re fi ere el numeral 5.6 de los lineamientos aprobados por Resolución Ministerial Nº 262-2016-PRODUCE, modi fi cado por Resolución Ministerial Nº 453-2017-PRODUCE, éstas deben ser conocidas por dichos representantes con antelación al citado proceso, de tal manera que bajo el principio de predictibilidad, éstos puedan tener información veraz, completa y con fi able ”; por lo que recomienda la aprobación del modelo de contrato de explotación de jurel de alta mar asignado por la OROP-PS, correspondiente al año 2018; Con las visaciones del Viceministro de Pesca y Acuicultura, del Director General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura, y del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1047, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modi fi catorias, y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE, modi fi cado por Decreto Supremo Nº 009-2017-PRODUCE; SE RESUELVE:Artículo 1 .- Aprobar el modelo de Contrato de Explotación de Jurel ( Trachurus muyphyi ) de Alta Mar conferido al Estado Peruano por la Organización Regional de Ordenación Pesquera del Pací fi co Sur, correspondiente al año 2018, que en anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el portal institucional del Ministerio de la Producción (www.produce.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.RAÚL PÉREZ-REYES ESPEJO Ministro de la Producción ANEXO MODELO DE CONTRATO DE EXPLOTACIÓN DE JUREL ( TRACHURUS MURPHYI ) DE ALTA MAR CONFERIDO AL ESTADO PERUANO POR LA ORGANIZACIÓN REGIONAL DE ORDENACIÓN PESQUERA DEL PACÍFICO SUR CORRESPONDIENTE AL AÑO 2018 Conste por el presente Contrato de Explotación de Jurel ( Trachurus murphyi ) de Alta Mar conferido al Estado Peruano por la Organización Regional de Ordenación Pesquera del Pací fi co Sur (OROP-PS) correspondiente al año 2018, en adelante el Contrato, que celebran, de una parte, el Ministerio de la Producción, con domicilio legal en calle Uno Oeste Nº 060, Urbanización Córpac, distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima, debidamente representado por el Viceministro de Pesca y Acuicultura, _________, designado mediante Resolución Suprema Nº _________a quien en adelante se le denominará PRODUCE ; y, de la otra parte, _________, debidamente representada por _________, de nacionalidad _________, identi fi cado con_________ Nº _________, según poder debidamente otorgado en el extranjero, con la legalización correspondiente del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú o con el apostillamiento del Ministerio de Relaciones Exteriores del país de origen del armador, que se inserta como Anexo, formando parte integrante del presente Contrato, a quien en adelante se le denominará el ARMADOR , en los términos y condiciones que constan en las cláusulas siguientes: CLÁUSULA PRIMERA: BASE LEGAL1.1. Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca y sus normas reglamentarias. 1.2. Resolución Legislativa Nº 30386, que aprueba la Convención para la Conservación y Ordenamiento de los Recursos Pesqueros de Alta Mar del Océano Pací fi co Sur.1.3. Decreto Supremo Nº 071-2015-RE, que rati fi ca la “Convención para la Conservación y Ordenamiento de los Recursos Pesqueros de Alta Mar del Océano Pací fi co Sur”. 1.4. Resolución Ministerial Nº 262-2016-PRODUCE, que aprueba los “Lineamientos para la Asignación de la Cuota de Jurel ( Trachurus murphyi ) de Alta Mar conferida al Estado Peruano por la Organización Regional de Ordenación Pesquera del Pací fi co Sur”, modi fi cado por Resolución Ministerial Nº 453-2017-PRODUCE. CLÁUSULA SEGUNDA: ANTECEDENTES 2.1. El Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, en su artículo 8 establece que la actividad extractiva por embarcaciones de bandera extranjera será supletoria o complementaria de la realizada por la fl ota existente en el país, y estará sujeta a las condiciones establecidas en la referida Ley y su Reglamento aprobado por Decreto supremo Nº 012-2001-PE, así como en los acuerdos internacionales que el Perú celebre sobre la materia, los cuales no podrán contravenir los requisitos comúnmente exigidos por la legislación peruana. 2.2. El Perú es miembro de la OROP-PS, organización intergubernamental comprometida con la conservación a largo plazo y el uso sostenible de los recursos pesqueros propios de su ámbito de aplicación en el Océano Pací fi co Sur y, al hacerlo, se obliga a salvaguardar los ecosistemas marinos en los que se encuentran los recursos. 2.3. La OROP-PS, según la CMM 01-2018, Conservation and Management Measure for Trachurus murphyi, ha establecido para el Perú una cuota de pesca del recurso jurel ( Trachurus murphyi ) en alta mar en el año 2018 ascendente a 11,684 toneladas para ser capturada en el ámbito de aplicación de la OROP-PS. 2.4. El párrafo 9 de la CMM 01-2018 sobre transferencia señala que a más tardar el 31 de diciembre de cada año, un Miembro o Parte Cooperante No Contratante podrá transferir a otro Miembro o Parte Cooperante No Contratante la totalidad o parte de la cuota de captura, teniendo como límite la cuota conferida, sin perjuicio de futuros acuerdos sobre la asignación de las oportunidades de pesca, sujeto a la aprobación del Miembro o de la Parte Cooperante No Contratante receptor. 2.5. Mediante Resolución Ministerial Nº 262-2016- PRODUCE se aprobaron los “Lineamientos para la Asignación de la Cuota de Jurel ( Trachurus murphyi ) de Alta Mar conferida al Estado Peruano por la Organización Regional de Ordenación Pesquera del Pací fi co Sur”. 2.6. Mediante Resolución Ministerial Nº 453-2017- PRODUCE se modi fi có, entre otros, el numeral 5.6 de los “Lineamientos para la Asignación de la Cuota de Jurel ( Trachurus murphyi ) de Alta Mar conferida al Estado Peruano por la Organización Regional de Ordenación Pesquera del Pací fi co Sur”, aprobados por Resolución Ministerial Nº 262-2016-PRODUCE, estableciendo que la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura del Ministerio de la Producción, ante más de una expresión de interés de las Partes Contratantes y Partes Cooperantes No Contratantes de la OROP-PS, establecerá mediante Resolución Directoral el proceso para asignar la cuota de jurel en el ámbito de dicha organización intergubernamental. 2.7. De conformidad con el artículo 4 de la Resolución Ministerial Nº 453-2017-PRODUCE, se faculta al Viceministro de Pesca y Acuicultura a suscribir, en representación del Ministerio de la Producción, el contrato de explotación de jurel de alta mar asignado por la OROP- PS, con el representante de la empresa cuya expresión de interés haya sido seleccionada como resultado de la aplicación del numeral 5.6 de los “Lineamientos para la Asignación de la Cuota de Jurel ( Trachurus murphyi ) de Alta Mar conferida al Estado Peruano por la Organización Regional de Ordenación Pesquera del Pací fi co Sur”. 2.8. De conformidad con el artículo 5 de la Resolución Ministerial Nº 453-2017-PRODUCE, el Ministerio de la Producción dictará las normas complementarias que fueran necesarias para la implementación de la citada