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16 NORMAS LEGALES Martes 17 de julio de 2018 / El Peruano Artículo 3°.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los trece días del mes de julio del año dos mil dieciocho. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES Ministro de Relaciones Exteriores 1670727-2 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Disponen publicar Proyecto de Resolución Ministerial que modifica los numerales 3.5.1 y 3.5.4 del Plan Técnico Fundamental de Numeración aprobado por R.S. Nº 022-2002-MTC en el portal institucional del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 539-2018 MTC/01.03 Lima, 16 de julio de 2018VISTO:El Informe Nº 303-2018-MTC/26 suscrito por la Dirección General de Regulación y Asuntos Internacionales de Comunicaciones y por la Dirección General de Concesiones en Comunicaciones; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 2.10.1 del Plan Técnico Fundamental de Numeración, aprobado mediante Resolución Suprema Nº 022-2002-MTC, en adelante Plan Técnico, establece que los Servicios Especiales Básicos son facilidades que brindan los concesionarios de los servicios públicos de telecomunicaciones a la comunidad, que tienen por fi nalidad salvaguardar los bienes y la vida de las personas, así como permitir a los usuarios acceder a servicios de reclamos e informaciones inherentes al servicio; asimismo, en el numeral 3.5.1 del Plan Técnico se defi nen los Servicios Especiales Básicos y su estructura de numeración; Que, el numeral 2.10.4 del Plan Técnico señala que los Servicios Especiales de Interés Social y Asistencial son facilidades adicionales cuyo acceso es prestado de forma obligatoria por los concesionarios de los servicios públicos de telefonía fi ja y servicios móviles, y que requieren ser reconocidos por las redes de los citados servicios, con la fi nalidad de coadyuvar en las necesidades colectivas de los miembros de una comunidad y que redundan en el bienestar general de la población; asimismo, en el numeral 3.5.4 del Plan Técnico se de fi nen los Servicios Especiales de Interés Social y Asistencial y su estructura de numeración; Que, el Ministerio del Interior y el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones, solicitaron al Ministerio de Transportes y Comunicaciones la asignación de números telefónicos cortos, comprendidos en los Servicios Especiales Básicos y en los Servicios Especiales de Interés Social y Asistencial, a fi n de permitir a los ciudadanos acceder a una línea única de atención de emergencias y urgencias, una línea de atención de casos de desaparición de personas que se encuentran en situación de vulnerabilidad y en alto riesgo de su vida y/o integridad física, así como a la central de orientación del OSIPTEL; Que, la Dirección General de Regulación y Asuntos Internacionales de Comunicaciones y la Dirección General de Concesiones en Comunicaciones, mediante Informe Nº 303-2018-MTC/26 recomiendan la publicación del Proyecto de Resolución Ministerial que modi fi ca los numerales 3.5.1 y 3.5.4 del Plan Técnico; Que, el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, señala en su artículo 14 que las entidades públicas deben disponer la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia, en el Diario O fi cial “El Peruano”, en sus portales electrónicos o mediante cualquier otro medio, debiendo permitir que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas; Que, en ese mismo sentido, la Directiva Nº 001-2011- MTC/01, aprobada por Resolución Ministerial Nº 543-2011-MTC/01, regula la publicación de los proyectos de normas de carácter general en el Ministerio de Transportes y Comunicaciones; indicando entre otros, que el plazo para la recepción de comentarios u observaciones será como mínimo de treinta (30) días hábiles, salvo disposiciones contrarias especí fi cas; Que, el artículo 19 de los Lineamientos para Desarrollar y Consolidar la Competencia y la Expansión de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones en el Perú, incorporados al Decreto Supremo Nº 020-98-MTC, mediante Decreto Supremo Nº 003-2007-MTC, establece que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones publicará para comentarios por un plazo mínimo de quince (15) días calendario, entre otros, los dispositivos legales referidos a los servicios de telecomunicaciones, los estudios sobre nuevas tendencias y otros que consideren relevantes; Que, en tal sentido, es necesario disponer la publicación del Proyecto de Resolución Ministerial que modi fi ca los numerales 3.5.1 y 3.5.4 del Plan Técnico, en el portal institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a efectos de recibir las sugerencias y comentarios de la ciudadanía en general; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; el artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; los Lineamientos para Desarrollar y Consolidar la Competencia y la Expansión de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones en el Perú, aprobados por Decreto Supremo Nº 003-2007-MTC; y, la Resolución Ministerial Nº 543-2011-MTC/01; SE RESUELVE: Artículo 1.- Publicación del Proyecto Disponer la publicación del Proyecto de Resolución Ministerial que modi fi ca los numerales 3.5.1 y 3.5.4 del Plan Técnico Fundamental de Numeración, aprobado por Resolución Suprema Nº 022-2002-MTC, en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, www.mtc.gob.pe, a efectos de recibir las opiniones, comentarios y/o sugerencias de la ciudadanía, dentro del plazo de quince (15) días calendario contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 2.- Recepción y sistematización de comentarios Las opiniones, comentarios y/o sugerencias sobre el proyecto de Resolución Ministerial a que se re fi ere el artículo 1 de la presente resolución, deben ser remitidas a la sede principal del Ministerio de Transportes y Comunicaciones con atención a la Dirección General de Regulación y Asuntos Internacionales de Comunicaciones, ubicada en Jr. Zorritos Nº 1203 - Cercado de Lima, o vía correo electrónico a la dirección gtorrest@mtc.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Transportes y Comunicaciones 1670724-1