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22 NORMAS LEGALES Martes 17 de julio de 2018 / El Peruano el servicio educativo superior universitario en su sede ubicada en la avenida Atahualpa N° 1050, distrito, provincia y departamento de Cajamarca; en la fi lial de Hualgayoc ubicada en La Banda s/n, ex Plaza Pecuaria, distrito de Bambamarca, provincia de Hualgayoc, departamento de Cajamarca; en la fi lial de Cajabamba ubicada en el caserío Pampagrande s/n, distrito y provincia de Cajabamba, departamento de Cajamarca; la fi lial de Celendín ubicada en Shuitute s/n Chacapampa, distrito y provincia de Celendín, departamento de Cajamarca; en la fi lial de Chota ubicada en la Av. Agricultura N° 144, distrito y provincia de Chota, departamento de Cajamarca; y en la fi lial de Jaén, en sus locales ubicados en el Jr. Bolivia N° 1368, y en Marieta N° 801, distrito y provincia de Jaén, departamento de Cajamarca, conforme se detalla en la Tabla N° 01 del Anexo N° 1 adjunto a la presente resolución, con una vigencia de seis (6) años, computados a partir de la noti fi cación de la presente resolución. Segundo.- RECONOCER que la Universidad Nacional de Cajamarca cuenta con ochenta y seis (86) programas de estudios: veintinueve (29) conducentes a grado académico de bachiller, veintiocho (28) de maestría, siete (7) de doctorado, y veintidós (22) de segunda especialidad, conforme se detalla en la Tabla N° 02 del Anexo N° 1 adjunto a la presente resolución. Tercero.- REQUERIR a la Universidad Nacional de Cajamarca: (i) Presentar al fi nal de los semestres 2019-I y 2020- I, ante la Dirección de Licenciamiento, un reporte sobre la producción y avances en investigación -proyectos, publicaciones, eventos cientí fi cos, entre otros, fi nanciada con recursos determinados y donaciones y transferencias. (ii) Presentar al fi nalizar los semestres 2018-II, 2019-II, 2020-II, ante la Dirección de Licenciamiento, un reporte sobre la ejecución de inversiones en mantenimiento e infraestructura. (iii) Presentar al fi nalizar del semestre 2018-II, ante la Dirección de Licenciamiento, los avances de la gestión de la recti fi cación de los linderos del local de la fi lial de Bambamarca y/o su correspondiente inscripción en la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – Sunarp. (iv) Presentar al fi nalizar del semestre 2018-II, ante la Dirección de Licenciamiento, los avances de la implementación del sistema informático que brinde soporte a la gestión de biblioteca que se realiza en las fi liales. (v) Presentar al fi nalizar del semestre 2018-II, ante la Dirección de Licenciamiento, la implementación de un plan de fortalecimiento del servicio psicopedagógico en las fi liales, en coordinación con la sede central. (vi) Presentar al fi nalizar los semestres 2018-II y 2019- II, ante la Dirección de Licenciamiento, un informe acerca del avance de implementación y desarrollo de acciones de la O fi cina de Seguimiento al Graduado con relación al Plan de Seguimiento al Graduado. (vii) Presentar en un plazo no mayor a treinta (30) días hábiles antes del inicio del semestre académico 2019-I ante la Dirección de Licenciamiento, evidencias de la implementación de un plan de seguimiento y monitoreo del proceso de adecuación docente en atención al artículo 82 de la Ley Universitaria. Cuarto.- RECOMENDAR a la Universidad Nacional de Cajamarca: (i) Fortalecer la producción y promoción de la investigación en la Universidad, con especial énfasis en la difusión y publicación en revistas indizadas. (ii) Continuar realizando las acciones necesarias para el mejoramiento de las instalaciones eléctricas de los laboratorios de la Universidad (sede y fi liales), acorde a la Norma Técnica Peruana NTP 370.305 2003 – Instalaciones Eléctricas en Edi fi cios. Quinto.- ESTABLECER que el otorgamiento de la presente licencia institucional no exime a la Universidad Nacional de Cajamarca de cumplir con las Condiciones Básicas de Calidad especí fi cas por programas que establezca la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria - Sunedu. Sexto.- La presente resolución no agota la vía administrativa, salvo que sea consentida, pudiendo ser impugnada ante el Consejo Directivo de la Sunedu mediante la interposición del recurso de reconsideración ante el mismo órgano, dentro del plazo de quince (15) días hábiles contados a partir del día siguiente de su noti fi cación 3; Séptimo.- NOTIFICAR la presente Resolución a la Universidad Nacional de Cajamarca, encargando a la Unidad de Atención al Ciudadano y Trámite Documentario, realizar el trámite correspondiente. Octavo.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal institucional de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria - Sunedu (www.sunedu.gob.pe); y la publicación del Anexo N° 01 en el Portal institucional de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria - Sunedu (www.sunedu.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS MARTÍN BENAVIDES ABANTO Presidente del Consejo Directivo de la SUNEDU 3 Reglamento del Procedimiento de Licenciamiento Institucional, aprobado por Resolución del Consejo Directivo N° 008-2017-SUNEDU/CD Artículo 25.- Recurso de Reconsideración 25.1 El Consejo Directivo constituye la única instancia resolutiva en el procedimiento de licenciamiento. Contra la resolución de Consejo Directivo cabe recurso de reconsideración, sin necesidad de presentar nueva prueba. (…) Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2017-JUS Artículo 216. Recursos administrativos (…) 216.2 El término para la interposición de los recursos es de quince (15) días perentorios, y deberán resolverse en el plazo de treinta (30) días. 1670694-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Disponen inmediata convocatoria a concurso para la designación de jueces supernumerarios de todos los niveles y especialidades en el Distrito Judicial del Callao RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 201-2018-CE-PJ Lima, 13 de julio de 2018VISTOS:El O fi cio N° 004-2018-CTEGA-CSJCL-PJ, cursado por el señor Héctor Enrique Lama More, Presidente de la Comisión de Trabajo para evaluar la gestión administrativa de la Corte Superior de Justicia del Callao; y, la solicitud presentada por el señor Consejero Augusto Ruidías Farfán. CONSIDERANDO:Primero. Que mediante Resolucion Administrativa N° 199-2018-CE-PJ, del 10 de julio de 2018, entre otros,