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22 NORMAS LEGALES Domingo 29 de julio de 2018 / El Peruano Artículo Cuarto.- La presente Resolución entra en vigencia a partir del 1 de octubre de 2018, fecha en la cual queda sin efecto la Resolución SBS N° 2108-2011. Regístrese, comuníquese y publíquese.SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendenta de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 1674778-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ATE Restituyen la vigencia de la Ordenanza N° 441-MDA, que otorgó el beneficio de formalización con el otorgamiento de Licencia de Funcionamiento para los Centros de Educación Básica (Inicial, Primaria y Secundaria) y Comercios Locales en el distrito ORDENANZA Nº 470-MDA Ate, 23 de julio del 2018POR CUANTO:El Concejo Municipal del Distrito de Ate, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 23 de julio del 2018, Presidida por el Teniente Alcalde Dr. Erasmo Lázaro Bendezu Ore; visto el Dictamen Nº 004-2018-MDA/CPEAFDE de la Comisión de Plani fi cación Estratégica, Administración y Finanzas, y Desarrollo Económico, y; CONSIDERANDO: Que, en virtud de lo señalado en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 28607, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, en la que se establece que: “Las Municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local, los cuales tienen autonomía política, economía y administrativa en los asuntos de su competencia…”, consiguientemente están facultados a ejercer actos de gobierno y actos administrativos con sujeción al ordenamiento jurídico vigente; Que, el numeral 8) del Artículo 9º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, señala que es atribución del Concejo Municipal aprobar, modi fi car o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los Acuerdos; Que, mediante Ordenanza Nº 441-MDA, de fecha 25 de mayo de 2017 y publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” de fecha 02 de junio de 2017, se aprobó la “Ordenanza que otorga el bene fi cio de formalización con el otorgamiento de licencia de funcionamiento para los centros de educación básica (inicial, primaria y secundaria) y comercios locales en el Distrito de Ate”; dicha norma municipal tuvo vigencia hasta el pasado 02 de diciembre de 2017; Que, resulta necesario restituir la vigencia de la mencionada Ordenanza con el objeto de permitir el otorgamiento de Licencias de Funcionamiento para las actividades de Centros de Educación Básica (Inicial, Primaria y Secundaria) y Comercios Locales, que se encuentran ubicados en zoni fi cación Residencial (RDM= Residencial de Densidad Media, RDA= Residencial de Densidad Alta) y Comercial (CM= Comercio Metropolitano, CZ= Comercio Zonal, CV= Comercio Vecinal), y así favorecer la formalización y el desarrollo económico del distrito, dinamizando las actividades industriales, comerciales y de servicios;Que, mediante Dictamen Nº 004-2018-MDA/ CPEAFDE, la Comisión de Plani fi cación Estratégica – Administración y Finanzas – Desarrollo Económico, recomienda al Pleno del Concejo Municipal aprobar el Proyecto de Ordenanza que Restituye la Vigencia de la Ordenanza Nº 441-MDA, indicando elevar los actuados al Pleno del Concejo Municipal para su conocimiento, debate y aprobación correspondiente; ESTANDO A LOS FUNDAMENTOS ANTES EXPUESTOS, Y EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS POR EL INCISO 8) DEL ARTÍCULO 9º DE LA LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES Nº 27972, CONTANDO CON EL VOTO POR UNANIMIDAD DE LOS SEÑORES REGIDORES ASISTENTES A LA SESIÓN DE CONCEJO DE LA FECHA, Y CON LA DISPENSA DEL TRÁMITE DE LECTURA Y APROBACIÓN DE ACTAS, SE HA DADO LA SIGUIENTE: ORDENANZA QUE RESTITUYE LA VIGENCIA DE LA ORDENANZA Nº 441-MDA. Artículo Primero.- RESTITUIR; la vigencia de la Ordenanza Nº 441-MDA, Ordenanza que Otorga el Bene fi cio de Formalización con el Otorgamiento de Licencia de Funcionamiento para los Centros de Educación Básica (Inicial, Primaria y Secundaria) y Comercios Locales en el Distrito de Ate, hasta el 31 de diciembre de 2018, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- Complementar, el Artículo 4º, literal b) de la Ordenanza Nº 441-MDA, incorporando los siguientes giros que se desarrollarán en los establecimientos comerciales: G 52 3 4VENTA AL POR MENOR DE OTROS PRODUCTOS EN ALMACENES ESPECIALIZADOS G 52 3 4 01 Ferreterías G 52 3 4 03 Venta de vidrios y artículos de vidrios – Vidrierías Artículo Tercero.- Complementar, el Artículo 5º de la Ordenanza Nº 441-MDA, incorporando el numeral 8), con el siguiente texto: “8) Para el desarrollo del giro “Ferreterías” (Código: G 52 3 4 01) y “Venta de vidrios y artículos de vidrios – Vidrierías” (G 52 3 4 03), se autorizará al por menor y sin venta destinada a materiales de construcción a gran escala, ni grandes almacenes en zoni fi cación no compatible, siempre y cuando estén en avenidas”. Artículo Cuarto.- ENCARGAR; a Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano, y a la Gerencia de Tecnologías de la Información, la publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Ate (www.muniate.gob.pe). POR TANTO:Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. ERASMO LAZARO BENDEZU ORE Teniente Alcalde Encargadodel Despacho de Alcaldía 1674925-1 MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES Modfican la Ordenanza N° 490/MM, que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad ORDENANZA Nº 499/MM Mira fl ores, 5 de junio de 2018 EL ALCALDE DE MIRAFLORES