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10 NORMAS LEGALES Domingo 29 de julio de 2018 / El Peruano medición, monitoreo y fiscalización, hasta por el monto de S/ 5 000 000.00 (Cinco millones y 00/100 Soles); Que, la citada disposición señala que las transferencias de recursos a ser fi nanciadas con cargo al presupuesto institucional del pliego Ministerio de Energía y Minas por la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados, se autorizan mediante resolución del Titular del Pliego, la que se publica en el diario o fi cial El Peruano, previa suscripción de convenios, celebrados entre el Ministerio de Energía y Minas y los Gobiernos Regionales; Que, asimismo, se establece la obligación de los Gobiernos Regionales que reciben las referidas transferencias de recursos de informar al Ministerio de Energía y Minas sobre los avances físicos y fi nancieros de la ejecución de dichos recursos, con relación a su cronograma de ejecución y a las disposiciones contenidas en los convenios y/o adendas correspondientes, quedando prohibido, bajo responsabilidad, destinar los recursos autorizados a fi nes distintos para los cuales son transferidos; Que, con fecha 08 de junio de 2018, el Ministerio de Energía y Minas suscribió el Convenio de Cooperación y Gestión con el Gobierno Regional de Arequipa, en virtud del cual y en el marco de las normas precedentemente descritas, este Ministerio asumió la obligación, entre otras, de destinar a favor del citado Gobierno Regional, los recursos presupuestales necesarios para que continúen en forma adecuada el desarrollo de las competencias y funciones transferidas, con el objeto de fortalecer la capacidad de gestión y apoyar económica y técnicamente a la Dirección Regional de Energía y Minas, como encargada de desarrollar las funciones y competencias transferidas en materia minero energética al Gobierno Regional; Que, mediante el referido Convenio de Cooperación y Gestión, el Ministerio de Energía y Minas se compromete a transferir recursos presupuestales al citado Gobierno Regional por el monto de S/ 120 000,00 (Ciento veinte mil y 00/100 Soles), en el primer semestre del 2018, para que se contraten profesionales especializados y para la adquisición de equipos de medición, monitoreo y fi scalización, a propuesta de la Dirección y/o Gerencia Regional de Energía y Minas del GORE, según lo señalado en el numeral 5.1 de la Cláusula Quinta del referido convenio; Que, mediante Certi fi cación de Crédito Presupuestario N° 2018-00887-001-MEM-OGP/PRES, la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto informó sobre la existencia de recursos presupuestales por el monto antes señalado, para los fi nes indicados en el referido convenio suscrito; Que, en consecuencia es necesario autorizar la transferencia fi nanciera de recursos presupuestales del pliego Ministerio de Energía y Minas a favor del Gobierno Regional de Arequipa, hasta por un monto total ascendente a S/ 120 000,00 (Ciento Veinte Mil y 00/100 Soles), para ser destinadas exclusivamente a la contratación de profesionales especializados con la fi nalidad de fortalecer la capacidad de gestión regional de la Dirección Regional de Energía y Minas del GORE, encargada de ejercer las competencias en materia minero - energéticas; De conformidad con lo dispuesto en la Cuadragésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; en la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, y sus modi fi catorias; y el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28693, Ley General del Sistema Nacional de Tesorería, aprobado por Decreto Supremo N° 035-2012-EF; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorización de la transferencia fi nanciera de Recursos Directamente Recaudados del pliego a favor del Gobierno Regional de Arequipa Autorizar la transferencia fi nanciera de recursos proveniente de la fuente de fi nanciamiento de Recursos Directamente Recaudados por el monto ascendente a S/ 120 000,00 (Ciento veinte mil y 00/100 Soles), a favor del Gobierno Regional de Arequipa, para ser destinada exclusivamente a la contratación de profesionales especializados con la fi nalidad de fortalecer la capacidad de gestión regional de la Dirección Regional de Energía y Minas, encargada de ejercer las competencias en materia minero - energéticas, de acuerdo al siguiente detalle: Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados Gastos Corrientes: 2.4 : Donaciones y Transferencias2.4.1.3.1.2 : Otras Unidades del Gobierno Regional S/ 120 000.00 Artículo 2.- Detalle de la transferencia La transferencia citada en el artículo 1° de la presente resolución se efectuará según el siguiente detalle: A LA: (En Soles) SECCIÓN SEGUNDA : INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS Pliego 443 : Unidad Ejecutora :Unidad Ejecutora SIAF : Cuenta : RUC : Gobierno Regional de Arequipa 120 000,00 N° 001 Sede CentralN° 0757Cuenta Única del Tesoro Público - CUTN° 20498390570 Artículo 3.- Términos y obligaciones de la transferencia Los términos y obligaciones de la transferencia fi nanciera se encuentran previstos en el Convenio de Cooperación y Gestión celebrado entre el Ministerio de Energía y Minas con el Gobierno Regional de Arequipa, correspondiente al Año Fiscal 2018. Regístrese, comuníquese y publíquese.FRANCISCO ISMODES MEZZANO Ministro de Energía y Minas 1674930-1 INTERIOR Crean Comisión Multisectorial de naturaleza temporal encargada de elaborar el informe técnico que contenga la propuesta de “Política Nacional Multisectorial de Lucha Contra el Terrorismo 2019 - 2023” RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 066-2018-IN Lima, 27 de julio de 2018 CONSIDERANDO: Que, los artículos 1 y 44 de la Constitución Política del Perú, establecen que la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fi n supremo de la sociedad y del Estado, siendo deberes primordiales de este último, garantizar la plena vigencia de los derechos humanos, proteger a la población de las amenazas contra su seguridad, y promover el bienestar general que se fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la Nación; Que, conforme al Acuerdo Nacional suscrito por los representantes de las organizaciones políticas, religiosas, de la sociedad civil y del Gobierno, se fi jó como una de las políticas de Estado, el Estado efi ciente, transparente y descentralizado, cuyo punto 30 establece la eliminación del terrorismo y a fi rmación de la reconciliación nacional;