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2 NORMAS LEGALES Lunes 30 de julio de 2018 / El Peruano Educación; la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; el Ministro de Relaciones Exteriores; el Ministro de Energía y Minas; la Ministra de Cultura; y la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO Presidente del Consejo de Ministros FABIOLA MUÑOZ DODERO Ministra del Ambiente GUSTAVO EDUARDO MOSTAJO OCOLA Ministro de Agricultura y Riego EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Transportes y Comunicaciones RAÚL PÉREZ-REYES ESPEJO Ministro de la Producción JAVIER PIQUÉ DEL POZO Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento SILVIA ESTER PESSAH ELJAY Ministra de Salud ANA MARÍA MENDIETA TREFOGLI Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES Ministro de Relaciones Exteriores FRANCISCO ISMODES MEZZANO Ministro de Energía y Minas yEncargado del Despacho del Ministerio de Economía y Finanzas PATRICIA BALBUENA PALACIOS Ministra de Cultura yEncargada del Despacho delMinisterio de Educación LILIANA DEL CARMEN LA ROSA HUERTAS Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 1675524-2 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 a favor de diversas Universidades Públicas DECRETO SUPREMO Nº 173-2018-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO:Que, mediante Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, se aprueba, entre otros, el presupuesto institucional del pliego 010: Ministerio de Educación; Que, el párrafo 29.1 del artículo 29 de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, autoriza al Ministerio de Educación, durante el Año Fiscal 2018, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional y sin demandar recursos adicionales al tesoro público, para efectuar modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de las universidades públicas que se encuentren en proceso de constitución o hayan concluido con el proceso de adecuación del gobierno de la universidad pública al que se re fi ere el artículo 29 y la Primera Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, y Ley N° 30597 hasta por el monto de S/ 140 000 000,00 (CIENTO CUARENTA MILLONES Y 00/100 SOLES), para fi nanciar entre otros, lo establecido en su literal a) referido al cumplimiento de acciones asociadas a la mejora de calidad del servicio de educación superior universitaria en el marco de la Primera Disposición Complementaria Final Ley N° 30220, Ley Universitaria, previa suscripción de convenio con las universidades públicas seleccionadas, de acuerdo a los mecanismos y condiciones que apruebe mediante Resolución el Ministerio de Educación para tal efecto; Que, el párrafo 29.2 del citado artículo señala que las modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional autorizadas se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el ministro de Economía y Finanzas y el ministro de Educación y se aprueban hasta el 31 de julio del presente año fi scal; Que, mediante los Informes Nºs. 0284 y 0294-2018-MINEDU/SPE-OPEP-UPI, la Unidad de Programación e Inversiones de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica del Ministerio de Educación, en su calidad de Ofi cina de Programación Multianual de Inversiones del Sector Educación, señala que ha procedido a evaluar las inversiones a realizarse en el marco de los mecanismos determinando que todas se encuentran registradas en el Banco de Inversiones, todas se encuentran activas y vigentes y el monto a fi nanciar de las inversiones se encuentran en el marco del saldo programable según la información fi nanciera de las inversiones en el Sistema de Seguimiento de Inversiones; Que, mediante los Informes Nºs. 0022 y 0025-2018-MINEDU/SPE-OPEP-UFD, la Unidad de Financiamiento por Desempeño de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica del Ministerio de Educación, consolida los resultados del cumplimiento de las metas del Mecanismo aprobado con las Resoluciones Viceministeriales 036 y 115-2018-MINEDU, correspondiente a las quince (15) universidades públicas seleccionadas que suscribieron convenio con el Ministerio de Educación, conforme a lo dispuesto en la Norma Técnica, y determina el monto a transferirse a favor de las mismas; Que, la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto de la Ofi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica del Ministerio de Educación, a través de los Informes Nºs. 539 y 540-2018-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, señala que en el presupuesto institucional del pliego 010: Ministerio de Educación, Unidad Ejecutora 026: Programa Educación Básica para Todos, en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, se cuenta con recursos disponibles para fi nanciar la contratación de servicios, la adquisición de bienes, IOARR, proyecto de inversión, otros activos no fi nancieros para asegurar la mejora del servicio educativo, el cumplimiento de indicadores vinculados a garantizar condiciones básicas de calidad en las universidades públicas y avanzar en el proceso de licenciamiento institucional, la mejora de la calidad del servicio educativo en las universidades públicas; en virtud de lo cual, a través del O fi cio N° 03474-2018-MINEDU/SG, el Ministerio de Educación solicita dar trámite a la referida transferencia de recursos; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, a favor de determinados pliegos Universidades Públicas hasta por la suma de S/ 115 127 072,00 (CIENTO QUINCE MILLONES CIENTO VEINTISIETE MIL SETENTA Y DOS Y 00/100 SOLES), para fi nanciar las acciones asociadas a la mejora de la calidad del servicio de educación superior universitaria; De conformidad con lo establecido en el literal a) del párrafo 29.1 del artículo 29 de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018;