Norma Legal Oficial del día 07 de junio del año 2018 (07/06/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano / Jueves 7 de junio de 2018

NORMAS LEGALES

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y Desarrollo de esta Corte Superior de Justicia, remite el informe técnico sobre redistribución de expedientes en trámite de los juzgados de familia de Villa María del Triunfo, San Juan de Miraflores, Villa El Salvador y Chorrillos; en el que se ha verificado la carga procesal de los referidos órganos jurisdiccionales, advirtiéndose a través del Sistema Integrado Judicial lo siguiente:
COMPETENCIA TERITORIAL VILLA MARÍA DEL TRIUNFO SAN JUAN DE MIRAFLORES ÓRGANO JURISDICCIONAL FAMILIA PERMANENTE FAMILIA TRANSITORIO FAMILIA PERMANENTE FAMILIA TRANSITORIO 1° JUZGADO ESPECIALIZADO DE FAMILIA 2°JUZGADO DE FAMILIA PERMANENTE FAMILIA PERMANENTE CALIFICACIÓN 228 0 200 50 314 80 641 TRÁMITE 1059 623 1157 845 664 371 1913 PLAZO DE IMPUGNACIÓN 475 49 357 5 967 22 764 EJECUCIÓN TRÁNSITO 1009 0 1201 5 960 1 83 1091 17 410 5 633 22 121 TOTAL 3862 689 3325 910 3538 496 3522

VILLA EL SALVADOR CHORRILLOS

En ese sentido, estando a la carga advertida de los juzgados de familia mencionados y a lo informado por la Unidad de Planeamiento y Desarrollo de esta Corte, corresponde redistribuir la cantidad de 218 expedientes en estado de trámite, por el Juzgado de Familia Permanente de Villa María del Triunfo al Juzgado de Familia Transitorio del mismo distrito; la cantidad de 156 expedientes en estado de trámite, por el Juzgado Especializado de Familia de San Juan de Miraflores al Juzgado Transitorio de Familia del mismo distrito. Por otro lado, corresponde realizar las gestiones necesarias ante las autoridades correspondientes para la creación de un Juzgado Transitorio de Familia en el distrito de Chorrillos, estando a la elevada carga procesal del referido juzgado y a que no cuenta con un órgano jurisdiccional de descarga. Respecto a los Juzgados de Familia del distrito de Villa El Salvador, mediante Resolución Administrativa N°6632018-P-CSJLIMASUR/PJ, se dispuso la redistribución de expedientes del Primer Juzgado de Familia Permanente de Villa El Salvador al Segundo Juzgado de Familia Permanente del mismo distrito, ingresados del 08 de marzo al 08 de agosto de 2017, exceptuándose aquellos expedientes que tengan vista de la causa programada con posterioridad al 30 de abril del presente año, y aquellos que se encuentren expeditos para sentenciar. Mediante Razón de la presente fecha, la Secretaria General de esta Corte pone en conocimiento que con fecha diez de abril del presente año, a solicitud del magistrado de Primer Juzgado de Familia Permanente de Villa El Salvador y a efectos de agilizar dicha redistribución, remitió vía correo electrónico una relación de 430 expedientes (remitidos por la Oficina de Desarrollo de Sistemas Informáticos y Estadísticos de esta Corte) en estado de trámite, a fin de que sean redistribuidos al Segundo Juzgado de Familia Permanente del mismo distrito; asimismo, señala que mediante Oficios N° 0602018 y N° 075-2018-1°JFVES CSJLIMASUR/PJ el magistrado del Primer Juzgado Especializado de Familia de Villa El Salvador, cursó las listas de expedientes que procedió a redistribuir, advirtiéndose que no se completaron los 430 expedientes. En tal sentido, por Resolución N° 01 de fecha siete de mayo del presente año, la Presidencia de esta Corte autorizó la redistribución de 150 expedientes consignados en la relación presentada por el Jefe de Unidad de Planeamiento y Desarrollo, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la R. A. N° 663-2018-P-CSJLIMASUR/PJ. No obstante, mediante Oficio N° 075-2018-1°JFVES CSJLIMASUR/PJ, remitido vía correo electrónico en la presente fecha, el magistrado Tito Henry Coronado Soplapuco informa que en relación a la redistribución autorizada por Resolución N° 01 de fecha siete de mayo del presente año, cumplió con redistribuir 95 expedientes que reunían los requisitos exigidos. Ante tal situación, y con el objetivo de que la información estadística registrada en el Sistema Integrado Judicial (SIJ) coincida ciertamente con lo que obre en los despachos judiciales, específicamente en los rubros de expedientes en trámite y en ejecución del Primer Juzgado Especializado de Familia de Villa El Salvador, se ha previsto la realización de un inventario físico de expedientes del referido órgano jurisdiccional, que tendrá

como fecha de inicio el 11 de junio del presente año y culminará el 20 de junio del precitado mes y año. En ese contexto, la Unidad de Planeamiento y Desarrollo de esta Corte Superior de Justicia monitoreará la redistribución de expedientes antes aludidos, los cuales deberán ser entregados debidamente foliados, cosidos y con sus respectivos cargos; así como el inventario a realizarse por el Primer Juzgado Especializado de Familia de Villa El Salvador. El Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa en el Distrito Judicial a su cargo y dirige la política interna con el objeto de brindar un eficiente servicio de administración de Justicia en pro de los justiciables. Por tanto, estando a las consideraciones expuestas y en uso de las facultades conferidas al suscrito por los incisos 3) y 9) del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER la redistribución de expedientes ingresados y que se encuentren en estado de trámite, del Juzgado de Familia Permanente de Villa María del Triunfo al Juzgado de Familia Transitorio del mismo distrito; considerando solo aquellos que se encuentran consignados en la relación que se adjunta como Anexo N° 01 a la presente resolución, en un plazo máximo de 48 horas a partir de la expedición de la presente resolución. Artículo Segundo.- DISPONER la redistribución de expedientes ingresados y que se encuentren en estado de trámite, del Juzgado Especializado de Familia de San Juan de Miraflores al Juzgado Transitorio de Familia del mismo distrito; considerando solo aquellos que se encuentran consignados en la relación que se adjunta como Anexo N° 02 a la presente resolución, en un plazo máximo de 48 horas a partir de la expedición de la presente resolución. Artículo Tercero.- DISPONER con el carácter de urgente, la realización de un Inventario Físico de expedientes judiciales, el cual se realizará del 11 al 20 de junio del presente año, por el Primer Juzgado Especializado de Familia de Villa El Salvador, precisándose que la realización del mismo no implicará la suspensión de las diligencias judiciales previstas. Artículo Cuarto.- PRECISAR que el inventario físico señalado, será realizado por el personal del referido juzgado y estará a cargo del magistrado del Primer Juzgado Especializado de Familia de Villa El Salvador, debiendo remitir la información del inventario en el plazo de 24 horas de finalizado el mismo, mediante oficio a Presidencia; para lo cual contará con la asistencia del personal de la Coordinación de Estadística de esta Corte, así como del Administrador de Sede. Artículo Quinto.- DESIGNAR como responsable de la ejecución de la presente resolución al Gerente de la Administración Distrital de esta Corte Superior de Justicia, para lo cual contará con el apoyo del Jefe de Unidad de Planeamiento y Desarrollo, quienes efectuarán el monitoreo de la ejecución de la redistribución de carga procesal e inventario dispuestos en la presente resolución.

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