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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE JUNIO DEL AÑO 2018 (07/06/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 40

40 NORMAS LEGALES Jueves 7 de junio de 2018 / El Peruano Huánuco, a partir de las 00:00 horas del día siguiente de publicada la presente Resolución Ministerial hasta el 31 de julio de 2018; prohibiéndose la extracción, comercialización y transporte del citado recurso en dicha región; a excepción del recurso proveniente de los centros acuícolas. Dicho período puede modi fi carse, si el Instituto del Mar del Perú - IMARPE, evidencia cambios en la evolución del proceso reproductivo del referido recurso, para lo cual deberá remitir al Ministerio de la Producción las recomendaciones con las medidas correspondientes. Artículo 2.- El incumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial será sancionado conforme a lo establecido en el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, el Reglamento de Fiscalización y Sanción de las Actividades Pesqueras y Acuícolas aprobado por Decreto Supremo N° 017-2017-PRODUCE, y demás disposiciones legales aplicables. Artículo 3.- Las Direcciones Generales de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura, de Supervisión, Fiscalización y Sanción del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura del Ministerio de la Producción, la dependencia con competencia pesquera del Gobierno Regional de Huánuco y la Dirección General de Capitanías y Guardacostas de la Marina de Guerra del Perú del Ministerio de Defensa, dentro del ámbito de sus respectivas competencias, realizarán las acciones de difusión que correspondan y velarán por el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese.RAÚL PÉREZ-REYES ESPEJO Ministro de la Producción 1657056-2 RELACIONES EXTERIORES Designan Director/a y Director/a Alterno/a ante el Fondo General de Contravalor Perú - Japón (FGCPJ), en representación de la APCI RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0325/RE-2018 Lima, 6 de junio de 2018CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 27692 se creó la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI) como Organismo Público Descentralizado, ahora Organismo Público Ejecutor, conforme a la Ley N° 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, adscrito al Ministerio de Relaciones Exteriores; Que, el literal h) del artículo 4 de la Ley N° 27692, Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI -, establece como una de las funciones de la APCI el participar en el seguimiento, administración y evaluación de la utilización de los fondos de contravalor generados por la Cooperación Técnica Internacional; Que, mediante Decreto Supremo N° 012-93-PCM, se creó el Fondo General de Contravalor Perú – Japón (FGCPJ), cuyo objetivo es fi nanciar la ejecución de proyectos de desarrollo social y económico del Perú; Que, el artículo 9 del Reglamento del Fondo General de Contravalor Perú – Japón, aprobado mediante Resolución Suprema Nº 162-93/PCM, y modi fi cado por Resolución Suprema Nº 266-2001/PCM y Resolución Suprema Nº 130-2017/RE, señala que el Comité Directivo es el órgano máximo de decisión del Fondo General de Contravalor Perú – Japón (FGCPJ), y está integrado, entre otros, por el Director Ejecutivo de la APCI, estableciendo además que cada institución designará a un Director Alterno para que, en caso de impedimento del Director Titular, éste ejerza el cargo con sus mismas atribuciones; Que, a través Resolución Ministerial N° 0996-2016- RE, se designó al Embajador (r) en el Servicio Diplomático de la República Jorge Pablo Voto-Bernales Gatica, como Director ante el Fondo General de Contravalor Perú – Japón (FGCPJ), en representación de la APCI, ejerciendo además su presidencia; Que, mediante Resolución Suprema N° 052-2018-RE, se aceptó la renuncia del Embajador (r) en el Servicio Diplomático de la República Jorge Pablo Voto-Bernales Gatica a su cargo de Director Ejecutivo de la APCI; Que, mediante Resolución Ministerial N° 0575-RE, de fecha 21 de agosto de 2017, se designó al señor Eduardo Nicolás Sal y Rosas Freyre, como Director Alterno ante el Fondo General de Contravalor Perú – Japón (FGCPJ), en representación de la APCI; Que, mediante Resolución Directoral Ejecutiva N° 043-2018/APCI-de fecha 26 de marzo de 2018, se dio por concluida la designación del señor Eduardo Nicolás Sal y Rosas Freyre en el cargo de con fi anza de Asesor de la Dirección Ejecutiva de la APCI; Que, siendo así mediante Memorándum N° 215-2018-APCI-DE, de 24 de mayo de 2018, la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI) solicita la designación del/de la Director/a Ejecutivo/a de la APCI como Director/a ante el Fondo General de Contravalor Perú – Japón (FGCPJ) y, del/de la Director/a de Gestión y Negociación Internacional de la APCI como Director/a Alterno/a, de conformidad con el artículo 9 del reglamento del Fondo General de Contravalor Perú – Japón (FGCPJ), aprobado mediante Resolución Suprema Nº 162-93-PCM, y sus modi fi catorias; Que, teniendo en cuenta el Memorándum (DAE) N° DAE00398/2018 de la Dirección General para Asuntos Económicos, y la Hoja de Trámite (GAC) N° 1503 del Despacho Viceministerial, ambos de fecha 06 de junio de 2018; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Ley Nº 29357, Ley Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; Ley N° 27692, Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional, Decreto Supremo N° 135-2010-RE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; Decreto Supremo N° 028-2007-RE que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI; Decreto Supremo N° 012-93-PCM, que crea el Fondo General de Contravalor Perú– Japón (FGCPJ); y la Resolución Suprema Nº 162-93-PCM que aprueba su Reglamento; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dar por concluida, con efectividad al 06 de marzo de 2018, la designación del Embajador (r) en el Servicio Diplomático de la República Jorge Pablo Voto- Bernales Gatica, como Director ante el Fondo General de Contravalor Perú – Japón (FGCPJ), en representación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI). Artículo 2.- Designar al/a la Director/a Ejecutivo/a de la APCI, como Director/a ante el Fondo General de Contravalor Perú – Japón (FGCPJ), en representación de la APCI, en atención a lo establecido en el artículo 9 del Reglamento del Fondo General de Contravalor Perú – Japón (FGCPJ), aprobado mediante Resolución Suprema N° 162-93-PCM y sus modi fi catorias. Artículo 3.- Dar por concluida, con efectividad al 26 de marzo de 2018, la designación del señor Eduardo Sal y Rosas Freyre, como Director Alterno ante el Fondo General de Contravalor Perú – Japón (FGCPJ), en representación de la APCI; Artículo 4.- Designar al/a Director/a de la O fi cina de Gestión y Negociación Internacional de la APCI como Director/a Alterno/a ante el Fondo General de Contravalor Perú – Japón (FGCPJ), en representación de la APCI. Artículo 5.- Notifi car al Fondo General de Contravalor Perú – Japón (FGCPJ) lo resuelto en la presente Resolución, para las acciones correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.NÉSTOR POPOLIZIO BARDALES Ministro de Relaciones Exteriores 1657055-1