Norma Legal Oficial del día 07 de junio del año 2018 (07/06/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 74

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NORMAS LEGALES

Jueves 7 de junio de 2018 /

El Peruano

los Gobiernos Regionales deben incluirse en el TUPA del Gobierno Regional al que pertenezcan; Que, con el Decreto Supremo N° 064-2010-PCM, se aprueba la Metodología de Determinación de Costos de Procedimientos Administrativos y Servicios Prestados en Exclusividad Comprendidos en los Textos Únicos de Procedimientos Administrativos de las entidades públicas, en cumplimiento del numeral 44.6 del Artículo 44° de la Ley del Procedimiento Administrativo General ­ Ley N° 27444, la que será de uso obligatorio en los procesos de elaboración y/o procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad contenidos en el TUPA; Que, con el Decreto Supremo N° 007-2011-PCM, se aprueba la Metodología de Simplificación Administrativa y establece las disposiciones para su implementación, para la mejora de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, buscando mejorar la calidad, la eficiencia en el desarrollo de los procedimientos y servicios administrativos que la ciudadanía realiza ante la administración pública, eliminando los obstáculos o costos innecesarios para la sociedad; Que, con Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 002-2012-PCM, se aprueba el Aplicativo Informativo Web de la Metodología para determinación de los costos, denominado Mi Costo, y en la Directiva "Lineamientos para el Funcionamiento del Aplicativo Informativo y Web para la Determinación de Costos", constan las guías de simplificación administrativa y determinación de costos de procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad para el Gobierno Nacional, Gobierno Regional y Gobierno Local; Que, mediante la Ordenanza Regional Nº 007-2016/ GOB. REG. TUMBES-CR-CD, se aprobó el TUPA de la Dirección Regional de Tumbes; Que, con el Oficio N° 1874-2017/GOBIERNO REGIONAL TUMBES-DRAT-OPP, del 29 de diciembre del 2017 el Director Regional de Agricultura Tumbes alcanza al Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial la propuesta del Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA del 2017 del mismo sector, para su aprobación, el cual contiene 65 procedimientos administrativos. Que, con el Informe N° 001-2018/GOBIERNO REGIONAL TUMBES-GRPPAT-SGDI-SG, del 08 de enero del 2018, la Sub Gerente de Desarrollo Institucional de la Sede del Gobierno Regional de Tumbes alcanza el Informe Técnico respecto al Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA de la Dirección Regional de Agricultura Tumbes, concluyendo "Aprobar la actualización del Texto Único de Procedimiento Administrativo ­ TUPA, de la Dirección Regional de Agricultura Tumbes, el mismo que cuenta con los informes técnicos y estar dentro del marco legal vigente", y sugiere lo siguiente: "Dejar sin efecto lo que corresponda en la Ordenanza Regional, que aprueba el TUPA ­ 2016, de la Dirección Regional de Agricultura, y lo demás se mantiene vigente"; Que, mediante el Informe N° 030-2018-GOBIERNO REGIONAL DE TUMBES-GGR-ORAJ, del 09 de enero del 2018, el Jefe de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica alcanza su Opinión Legal favorable para la aprobación del TUPA de la Dirección Regional de Agricultura Tumbes; Que, la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; ha formulado el Dictamen N° 001-2018, "ORDENANZA REGIONAL QUE MODIFICA LA ORDENANZA REGIONAL Nº 007-2016-GOB. REG.TUMBES-CR-CD, QUE APROBÓ EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA), DEL PLIEGO DEL GOBIERNO REGIONAL TUMBES"; Que, mediante el Acuerdo de Consejo Regional N° 007-2018/GOB. REG. TUMBES-CR-CD, se aprobó el Dictamen N° 001-2018, "ORDENANZA REGIONAL QUE MODIFICA LA ORDENANZA REGIONAL Nº 007-2016GOB.REG.TUMBES-CR-CD, QUE APROBÓ EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA), DEL PLIEGO DEL GOBIERNO REGIONAL TUMBES", formulado por la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional de Tumbes; De conformidad, con la Constitución Política del Estado, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley

Orgánica de Gobiernos Regionales Art. 37° inciso a) de la Ley N° 27867 el Consejo Regional del Gobierno Regional de Tumbes en uso de sus facultades y atribuciones; HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: Artículo Primero.- MODIFICAR la Ordenanza Regional N° 007-2016/GOB. REG. TUMBES-CR-CD, que aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Pliego Gobierno Regional Tumbes, debiendo quedar sin efecto el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Dirección Regional de Agricultura Tumbes. Artículo Segundo.- APROBAR el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Dirección Regional Sectorial de Agricultura Tumbes, que contiene 65 procedimientos administrativos, cuyos anexos y antecedentes forman parte integrante de la presente disposición regional. Artículo Tercero.- ENCOMENDAR al Gerente General Regional disponga la publicitación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Electrónico Institucional del Gobierno Regional de Tumbes y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas ­ PSCE, de conformidad con el Artículo 3° numeral 3.1 y 3.2 y el Artículo 4° del Decreto Supremo N° 004-2008/PCM y Artículo 1° de la Ley N° 29091. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza Regional entrara en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional de Tumbes para su promulgación. En Tumbes a los 13 días del mes de febrero del año dos mil dieciocho. JAVIER SÚCLUPE SANDOVAL Consejero Regional POR TANTO Mando se registre, publique, cumpla, y archive. Dado en la Sede del Gobierno Regional Tumbes el RICARDO I. FLORES DIOSES Gobernador 1654884-1 * El TUPA se publica en la página WEB del Diario Oficial El Peruano, sección Normas Legales.

GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI
Autorizan transferencia a título gratuito de bienes muebles dados de baja, que efectúa el Gobierno Regional a favor de la Empresa Consorcio Minerales del Perú S.A.C.
(Se publica el siguiente Acuerdo a solicitud del Gobierno Regional de Ucayali, mediante Oficio Nº 063-2018-GRU-GGR-SG, recibido el 6 de junio de 2018) ACUERDO REGIONAL Nº 234-2017-GRU-CR Pucallpa, seis de noviembre de dos mil diecisiete. POR CUANTO: Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, de conformidad con lo previsto en el artículo 191º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de la Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización ­ Ley Nº 27680, Ley de Bases de la Descentralización Ley Nº 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Ley Nº 27867, modificada por

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