Norma Legal Oficial del día 11 de junio del año 2018 (11/06/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

Lunes 11 de junio de 2018 /

El Peruano

Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria "E"; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS Nº 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 1678-2018 y la Resolución Administrativa Nº 2402013; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco de la Nación el traslado de una (01) agencia, según el siguiente detalle:
Nombre Tipo de Dirección Oficina actual Av. Víctor Larco Herrera Nº Agencia 1243 ­ Urb. La Merced Dirección nueva Distrito Pro- Deparvincia tamento

Autorizan a Profuturo AFP el cambio de dirección de agencia ubicada en el departamento de Ancash
RESOLUCIÓN SBS Nº 2146-2018 Lima, 30 de mayo de 2018 LA INTENDENTE DEL DEPARTAMENTO DE SUPERVISIÓN DE INSTITUCIONES PREVISIONALES DE LA SUPERINTENDENCIA ADJUNTA DE ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La comunicación de Profuturo AFP LEG-SBS-Nº 0332018 ingresada el 23 de mayo de 2018 con registro Nº 201831467 y el Informe Nº 067-2018-DSIP del Departamento de Supervisión de Instituciones Previsionales. CONSIDERANDO: Que, mediante comunicación de vistos, Profuturo AFP solicita a esta Superintendencia se autorice el cambio de dirección de su agencia ubicada en la Av. Francisco Bolognesi Nº 460, Ciudad de Chimbote, Provincia del Santa y Departamento de Ancash; hacia la nueva dirección ubicada en la Av. Francisco Bolognesi Nº 469, Ciudad de Chimbote, Provincia del Santa y Departamento de Ancash. Que, mediante Resolución Nº 8442-2008-SBS y Certificado Nº PR072 del 15 de setiembre de 2008 se autorizó a Profuturo AFP el funcionamiento de la agencia ubicada en la Av. Francisco Bolognesi Nº 460, Ciudad de Chimbote, Provincia del Santa y Departamento de Ancash. Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión de Instituciones Previsionales, mediante Informe Nº067-2018-DSIP de fecha 29 de mayo de 2018. En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y sus modificatorias, el Texto Único Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-97-EF, y sus modificatorias, la Resolución Nº 053-98-EF/SAFP y sus modificatorias, y la Resolución SBS Nº 6752-2015; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a Profuturo AFP el cambio de dirección de su agencia ubicada en la Av. Francisco Bolognesi Nº 460, Ciudad de Chimbote, Provincia del Santa y Departamento de Ancash; a la nueva dirección situada en la Av. Francisco Bolognesi Nº 469, Ciudad de Chimbote, Provincia del Santa y Departamento de Ancash. Artículo Segundo.- Dejar sin efecto el Certificado PR072, que fuera emitido al amparo de lo dispuesto en la Resolución Nº 8442-2008-SBS. Artículo Tercero.- Expedir y otorgar el Certificado Definitivo NºPR089, con la nueva dirección referida en el Artículo Primero de la presente resolución. Artículo Cuarto.- Profuturo AFP, a efecto del cambio de dirección que se autoriza por la presente Resolución, deberá dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 15º del Título III del Compendio de Normas Reglamentarias del Sistema Privado de Administración de Fondo de Pensiones, referido a Gestión Empresarial, aprobado por Resolución Nº 053-98-EF/SAFP. Artículo Quinto.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.

Víctor Larco

Av. Juan Pablo II Nº 1201, Mz K5 Lote Nº Víctor 09, Urb. Los La Larco Trujillo Rosales de San Libertad Herrera Andrés, Sub Lote A y Sub Lote B

Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTÉS Intendente General de Banca 1658022-1

Autorizan a Edpyme Alternativa S.A. la apertura de la Agencia Huancabamba, departamento de Piura
RESOLUCIÓN SBS Nº 2144-2018 Lima, 30 de mayo de 2018 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la Edpyme Alternativa S.A. para que se le autorice la apertura de una agencia en el departamento de Piura; y, CONSIDERANDO: Que, en sesión de Directorio de fecha 26 de marzo de 2018 se acordó la apertura de la referida agencia; Que, la empresa solicitante ha cumplido con presentar la documentación correspondiente para la apertura de oficinas, conforme lo establece el Procedimiento 11° del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) actualmente vigente; Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 30° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley N° 26702, de la Resolución SBS N° 4797-2015 y en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS N° 12883-2009 de fecha 10 de setiembre de 2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Edpyme Alternativa S.A. la apertura de la Agencia Huancabamba en la Calle Huáscar N° 221, distrito y provincia de Huancabamba, departamento de Piura. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS MARTÍN AUQUI CÁCERES Intendente General de Microfinanzas 1657643-1

MILAGROS RIVADENEYRA BACA Intendente del Departamento de Supervisión de Instituciones Previsionales 1658001-1

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