Norma Legal Oficial del día 11 de junio del año 2018 (11/06/2018)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 6

6

NORMAS LEGALES

Lunes 11 de junio de 2018 /

El Peruano

de Defensa (CID), en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 02 de julio de 2018 al 30 de junio de 2020; por cuanto permitirá tener una mayor participación de la República del Perú en el citado Organismo Internacional; así como la intervención en el desempeño del cargo designado, permitirá obtener conocimientos y experiencias que redundarán en beneficio de la Seguridad y Defensa Nacional dentro del ámbito de competencia del Ejército del Perú; Que, considerando la duración de la Comision Especial en el Exterior, el referido Oficial Superior realizará el viaje al exterior en compañía de su señora esposa y de sus dos (02) menores hijos; debiendo precisarse esta circunstancia para efectos de trámites administrativos de salida del país; Que, conforme a lo mencionado según Hoja de Gastos y Declaración de fecha 23 de mayo de 2018 del Jefe de Educación del Ejército, los gastos derivados de los conceptos de pasajes aéreos internacionales, traslado de ida y compensación extraordinaria por servicio en el extranjero del presente año que ocasione la participación en el evento se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2018 de la Unidad Ejecutora 003: Ejército del Perú, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la finalidad de garantizar la participación del personal designado durante la totalidad de la referida actividad, resulta necesario autorizar su salida del país con un (01) día de anticipación, así como, su retorno un (01) día después de la fecha programada, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, el segundo párrafo del numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo N° 262-2014-EF, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, será reducido en la misma cantidad que la bonificación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1132, Decreto Legislativo que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú; Que, con el Decreto Supremo N° 001-2016-DE, se modifican diversos artículos del Reglamento de Viajes al Exterior del Sector Defensa, aprobado mediante Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, modificado por el Decreto Supremo N° 004-2009-DE/SG, en cuyo artículo 18 se precisa que el personal nombrado en Comisión Especial en el Exterior, goza de los derechos a que se refiere el artículo 11 de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la Republica; así como, de los conceptos previstos en el artículo 13 del Reglamento del Personal Militar de las Fuerzas Armadas en Misión Diplomática, aprobado mediante Decreto Supremo N° 028-2006-DE/ SG, concordante con el Decreto Supremo N° 262-2014EF; Que, de conformidad con el artículo 26 de la Ley N° 28359, "Ley de Situación Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas", modificado por la Ley N° 29598 y por el Decreto Legislativo N° 1143, el Oficial nombrado en Comisión de servicio o Misión de Estudios en el Exterior por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo previsto en el artículo 23 de la referida norma, más el tiempo compensatorio previsto en el mismo artículo; y conforme al Reglamento, aprobado mediante el decreto Supremo N° 007-2005-DE/ SG, modificado por el Decreto Supremo N° 010-2010-DE, y el Decreto Supremo N° 009-2013-DE; Que, el Ministerio de Defensa, ha dispuesto que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de autorización de viajes del Personal Militar y Civil del Sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se

hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, y sus modificatorias; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; Ley Nº 30693 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; la Ley Nº 27619 ­ Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modificatoria; el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG y sus modificatorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal Militar y Civil del Sector Defensa e Interior; Estando a lo propuesto por Comandante General del Ejército. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje en Comisión Especial en el Exterior, al Coronel EP Victor Augusto BEZADA ZAMBRANO, identificado con CIP N° 117420700, DNI N° 43891176, como Adjunto a la Delegación del Perú ante la Junta Interamericana de Defensa (JID) y participante en la Maestría en Ciencias sobre Defensa y Seguridad Interamericana en el Colegio Interamericano de Defensa (CID), en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 02 de julio de 2018 al 30 de junio de 2020; así como autorizar su salida del país el 01 de julio 2018 y retorno el 01 de julio de 2020. Artículo 2.- El Ejército del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2018, de acuerdo a los conceptos siguientes:
Pasaje aéreo: Washington, EEUU (clase económica)
US$ 2,000.00 x 04 personas (Incluye TUUA) US$ 8,000.00

Gastos de traslado (IDA)
US$ 10,693.80 x 02 x 01 persona US$ 21,387.60

Compensación Extraordinaria por Servicio al Extranjero
US$ 10,693.80/31 x 30 días x 1 persona (02 Jul-31 Jul 2018) US$ 10,693.80 x 5 meses x 1 persona (01Ago­31 Dic 2018) Total a pagar US$ 10,348.84 US$ 53,469.00 US$ 93,205.44

Artículo 3.- El otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se hará por días reales y efectivos de servicio en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y sus modificatorias; y, en el Decreto Supremo Nº 262-2014EF., con cargo al respectivo Presupuesto Institucional del Año Fiscal correspondiente. Artículo 4.- El pago por gastos de traslado y pasajes aéreos que origine el cumplimiento de la presente autorización de viaje en Comisión Especial en el Exterior, se efectuará con cargo a las partidas presupuestales del Sector Defensa-Ejercito del Perú del año fiscal correspondiente, de conformidad con la normativa vigente. Artículo 5.- El monto de la compensación extraordinaria mensual será reducido por el Ejército del Perú, en la misma cantidad que la bonificación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1132, en cumplimiento al segundo párrafo del numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF de fecha 11 de setiembre de 2014. Artículo 6.- El Comandante General del Ejército del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorización a que se refiere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados y sin variar la

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.