Norma Legal Oficial del día 15 de junio del año 2018 (15/06/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES
6 Ayacucho 7 Cajamarca 8 Cusco 9 Huancavelica 10 Huánuco 11 Ica 12 Junín - Huancayo 13 Junín - La Merced 14 La Libertad 15 Lambayeque 16 Loreto 17 Madre de Dios 18 Moquegua 19 Pasco 20 Piura 21 Puno 22 San Martín 23 Tacna 24 Tumbes 25 Ucayali 26 VRAEM 27 Sede Lima Norte

Viernes 15 de junio de 2018 /

El Peruano

sido aprobado por Decreto Supremo N° 043-2003-PCM y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 0722003-PCM, tienen por finalidad promover la transparencia de los actos del Estado, así como de respetar y garantizar el derecho fundamental del acceso a la información pública, consagrado en el numeral 5 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú; Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 3 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, el Estado adoptará las medidas básicas que garanticen y promuevan la transparencia en la actuación de las entidades de la Administración Pública, teniendo la obligación de entregar la información que demanden las personas en aplicación del principio de publicidad; Que, el artículo 8 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806 dispone que la entidad pública deberá identificar al funcionario responsable de brindar información que las personas así lo soliciten y asimismo, el artículo 4º del Reglamento de la misma Ley precisa que las entidades de la Administración Pública que cuenten con oficinas desconcentradas o descentralizadas, designarán en cada una de ellas, a través de la Resolución de la máxima autoridad de la Entidad, al funcionario responsable de entregar la información que se requiera al amparo del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806; Que, mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo del INDECOPI Nº 208-2017-INDECOPI/COD del 17 de noviembre de 2017, publicada el 25 de noviembre de 2017 en el Diario Oficial "El Peruano", se designó a los funcionarios responsables de atender las solicitudes de información que se formulan al amparo del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, en el ámbito de las Oficinas Regionales del INDECOPI; Que, conforme a las consideraciones expresadas por la Gerencia de Oficinas Regionales (GOR) del INDECOPI en el documento de visto, resulta necesario actualizar la relación de Funcionarios Responsables de atender las solicitudes de Información Pública que se formulen al amparo del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806 y su Reglamento, en el ámbito de las Oficinas Regionales del INDECOPI; Con los visados de la Gerencia General, Gerencia de Oficinas Regionales y Gerencia Legal; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley de 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por el Decreto Supremo N° 043-2003-PCM, y en uso de las facultades conferidas por los literales f) y h) del numeral 7.3 del artículo 7º de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033; SE RESUELVE: Artículo 1º- Dejar sin efecto la designación de los funcionarios responsables de atender las solicitudes de información que se formulan al amparo del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, efectuada mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 208-2017-INDECOPI/COD. Artículo 2º.- Designar como funcionarios responsables de atender los pedidos de información que se formulen conforme al Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y a su Reglamento, en el ámbito de las Oficinas Regionales del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, a las siguientes personas: Oficina Regional 1 Amazonas 2 Ancash - Sede Chimbote Responsable designado Andrey Guerrero García Manuel Sánchez Quiñones

Oficina Regional

Responsable designado Víctor Hugo Rodríguez Rojas Milagros Jacqueline Castillo Trigoso Paola Aragón Iturri Gary Alain Loza Huarachi Jina Mery Troyes Delgado Ernesto Fernando Martín Perla Najarro Karina Alvarado Villaverde Rebeca Yuliana Rodríguez Porta Sergio Miguel Obregón Matos Ana Kimena Leyva Wong Francisco Jefferson Ruiz Calsin Javier Ernesto Castro Cuba León Sergio Alexander Romero Costa Nataly Vanessa Ledesma Cangahuala Ronald León Barrenzuela Waldir Crystiam Zanabria Ortega Gena Solange Beatriz Chávez Rodríguez Marcos Alberto Lipa Portugal Edgar Allinson Vilela Adanaqué Jorge Enrique Correa Robalino Christian John Rodríguez León Magaly Guzmán Terrones

Artículo 3º.- Disponer que ante la vacancia o ausencia justificada del funcionario responsable de entregar la información, precisado en el artículo 2 de la presente resolución, la responsabilidad de atender las solicitudes de información será asumida por la persona a la cual se le encargue las funciones, de conformidad con lo dispuesto en la "Directiva de Encargo de Funciones en el Indecopi", aprobada mediante Resolución de la Presidencia del Consejo Directivo N° 130-2016-INDECOPI/COD, o norma que la sustituya. Artículo 4°.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial "El Peruano" y en el Portal de Transparencia del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual ­ INDECOPI. Regístrese, comuníquese y publíquese. IVO GAGLIUFFI PIERCECHI Presidente del Consejo Directivo 1659560-2

PODER JUDICIAL

CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Declaran fundada solicitud de permuta y disponen traslado de magistrados de los Distritos Judiciales de Lambayeque y La Libertad
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 145-2018-CE-PJ Lima, 16 de mayo de 2018

3 Ancash - Sede Huaraz Jorge Luis Cabel Villarroel 4 Apurímac 5 Arequipa Karin Karoll Felicidad Diaz Pasache María Lucía del Pilar Cornejo GutiérrezBallón

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