Norma Legal Oficial del día 29 de junio del año 2018 (29/06/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 79

El Peruano / Viernes 29 de junio de 2018

NORMAS LEGALES
POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.

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de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. La resolución del titular del pliego y el Acuerdo del Consejo Regional se publican en el diario oficial El Peruano, y el Acuerdo del Consejo Municipal se publica en su página web. Que, mediante Informe Nº 263-2018-GOREMAD/ GRPPYAT, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, refiere la existencia de disponibilidad presupuestaria por la suma de S/. 300,00.00 (Trescientos mil con 00/1000 soles) para atender la solicitud de la Municipalidad Provincial de Tahuamanu de transferencia financiera para la ejecución del Proyecto: "Mejoramiento y Remodelación de la Plaza de Armas de la localidad de Iñapari, Provincia de Tahuamanu- Madre de Dios", conforme a los compromisos interinstitucionales asumidos. Que, mediante Informe Legal Nº 462-2018-GOREMAD/ ORAJ, la Oficina Regional de Asesoría Jurídica ha opinado que se remita al Consejo Regional del Gobierno Regional de Madre de Dios, los actuados de la transferencia financiera solicitada mediante Oficio Nº 084-2018-MP/ TAH-ALC-GM-JYDP, para su aprobación, recomendando asimismo la suscripción del Convenio Interinstitucional entre el Gobierno Regional de Madre de Dios y la citada Municipalidad por el importe antes mencionado. Que, es pertinente, mencionar como antecedentes el Acuerdo de Consejo Regional Nº 037-2017-RMDD/CR, de fecha 28 de abril del año 2017, por el cual se autorizó una primera transferencia financiera a favor de la referida Municipalidad Provincial de Tahuamanu, por un monto de Quinientos Mil con 00/100 Soles (S/. 500,000.00), y el Acuerdo de Consejo Regional Nº 016-2018-RMDD/ CR, de fecha 26 de marzo del año 2018 por el cual se autorizó una segunda transferencia por la suma de Trescientos mil soles con 00/100 soles (S/. 300,000.00), para la continuidad de su ejecución, entendiéndose que la transferencia, materia del presente Acuerdo es la última requerida para concluir la obra Que, asimismo, es pertinente señalar que atendiendo a la premura de tiempo, por la proximidad del vencimiento del plazo para la formalización de las transferencias financieras entre entidades públicas del presente ejercicio presupuestal y debido a que el proyecto cuenta con informe técnico y opinión legal favorables, el Pleno ha dispensado de la emisión del correspondiente dictamen o informe de la Comisión de Presupuesto y Fiscalización, accediendo igualmente al Pedido Nº 10-2018-GOREMAD-CR/YGK, formulado con el mismo propósito, por el señor Yilmer Gonzáles Khan, Consejero Regional por la provincia de Tahuamanu. El Consejo Regional de Madre de Dios, en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado; Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, con el voto aprobatorio por unanimidad; ACUERDA: Artículo Primero.- AUTORIZAR, la Transferencia Financiera a favor de la Municipalidad Provincial de Tahuamanu, hasta por un monto de TRESCIENTOS MIL CON 00/100 SOLES (S/. 300,000.00), tercer tramo de la transferencia de recursos efectuada por el Gobierno Regional de Madre de Dios, para concluir la ejecución del Proyecto: "Mejoramiento y Remodelación de la Plaza de Armas de la localidad de Iñapari, Provincia de TahuamanuMadre de Dios", con Código SNIP 378082. Artículo Segundo.- DISPENSAR, la presente norma autoritativa del trámite de emisión de dictamen o informe de la Comisión de Presupuesto y Fiscalización del Consejo Regional de Madre de Dios. Artículo Tercero.- AUTORIZAR, al Gobernador Regional la suscripción del Convenio respectivo, entre el Gobierno Regional de Madre de Dios y la Municipalidad Provincial de Tahuamanu con el objeto y por el monto requerido a que se refiere el numeral que antecede. Artículo Cuarto.- DISPENSAR, la emisión de la presente norma regional, del trámite de lectura y aprobación del acta correspondiente. Artículo Quinto.- ENCARGAR, a la Oficina Regional de Administración del Gobierno Regional de Madre de Dios, la publicación del presente Acuerdo Regional en el Diario Oficial El Peruano, y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Madre de Dios.

Dado en la Sede del Consejo Regional de Madre de Dios, a los veinte días del mes de junio del año dos mil dieciocho. YILMER GONZALES KHAN Consejero Delegado Consejo Regional 1664720-1

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD DE ATE
Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 468-MDA, que establece Beneficio de Condonación de Deudas Tributarias Producto del Proceso de Fiscalización
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 022-2018/MDA Ate, 27 de junio de 2018 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE; VISTO; la Ordenanza Nº 468-MDA que Establece el Beneficio de Condonación de Deudas Tributarias Producto del Proceso de Fiscalización; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, en su el artículo 42º, señala que: Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal; Que, mediante Ordenanza Nº 468-MDA, de fecha 31 de mayo del 2018, publicada en el Diario Oficial "El Peruano", el 14 de junio del 2018, se estableció un régimen de beneficios tributarios, a favor de las personas naturales y jurídicas, con el objeto de incentivar la regularización de sus obligaciones, generadas como consecuencia de un proceso de fiscalización, cuya vigencia es hasta el 29 de Junio del 2018; Que, la Ordenanza Municipal antes indicada, en su Segunda Disposición Complementaria, faculta al señor Alcalde para que dicte normas complementarias si fuera necesario, así como la prórroga por medio de Decreto de Alcaldía, de la vigencia del beneficio otorgado a través de la referida Ordenanza, para lo cual deberá contar con el informe previo de la Gerencia de Administración Tributaria y con cargo a dar cuenta al Concejo de esta Comuna; Que, la Administración considera pertinente el otorgamiento de mayores facilidades a los contribuyentes del Distrito de Ate, para que puedan cumplir con el pago de sus obligaciones tributarias establecidas en la Ordenanza Nº 468-MDA, motivo por el cual se hace necesario la ampliación de su vigencia y la expedición de la presente norma; Estando a las consideraciones expuestas y en uso de las facultades conferidas en el numeral 6) del artículo 20º, y artículo 42º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; SE DECRETA: Artículo 1º.- PRORROGAR; la vigencia de la Ordenanza Nº 468-MDA, que establece el Beneficio de

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