Norma Legal Oficial del día 29 de junio del año 2018 (29/06/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

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NORMAS LEGALES

Viernes 29 de junio de 2018 /

El Peruano

del Distrito Fiscal de Ventanilla, mediante el cual eleva la carta de renuncia de la abogada Nieves Lucana Mamani, al cargo de Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Ventanilla y a su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Ventanilla, por motivos estrictamente personales, informando que su último día de labores será el 30 de junio de 2018. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por la abogada Nieves Lucana Mamani, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Ventanilla y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Ventanilla, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1134-2018-MP-FN, de fecha 06 de abril de 2018; con efectividad al 01 de julio de 2018. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, al Consejo Nacional de la Magistratura, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ventanilla, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de Control de la Productividad Fiscal, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y a la Fiscal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación 1664957-3 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 2197-2018-MP-FN Lima, 28 de junio de 2018 VISTO Y CONSIDERANDO: El oficio Nº 2666-2018/MP/FN/PJFS/DFLS, cursado por el Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Sur. Estando a lo expuesto en el documento mencionado y de conformidad con lo establecido en el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dejar sin efecto el artículo décimo noveno de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2086-2018-MP-FN, de fecha 19 de junio de 2018, mediante el cual se destaca a la abogada Emperatriz Carmen Verdi Zevallos, Fiscal Provincial Provisional Transitoria del Distrito Fiscal de Lima Sur, designada en el Despacho de la Presidencia de la Junta de Fiscales de Lima Sur, para que preste apoyo al Despacho de la Primera Fiscalía Superior Penal Transitoria de Lima Sur. Artículo Segundo.- Disponer que la abogada Emperatriz Carmen Verdi Zevallos, Fiscal Provincial Provisional Transitoria del Distrito Fiscal de Lima Sur, retorne al Despacho de la Presidencia de la Junta de Fiscales de Lima Sur. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Sur, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y a la fiscal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación 1664957-4

RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 2198-2018-MP-FN Lima, 28 de junio de 2018 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 30077, Ley Contra el Crimen Organizado, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 20 de agosto de 2013, se dispuso fijar reglas y procedimientos respecto a la investigación, juzgamiento y sanción de los delitos cometidos por las organizaciones criminales, estableciendo en el numeral 3 de su artículo 3° que es de aplicación para el delito de trata de personas, tipificado en el artículo 153° del Código Penal; y, en su artículo 4° que para la investigación, juzgamiento y sanción de los integrantes de una organización criminal, personas vinculadas a ella o que actúan por encargo de la misma, que cometan, entre otros, dicho delito, rige las normas y disposiciones del Código Procesal Penal, aprobado por Decreto Legislativo N° 957, así como las disposiciones especiales contenidas en la Ley mencionada. Que, en tal contexto, por Resolución de la Fiscalía de la Nación N°4050-2014-MP-FN, de fecha 29 de septiembre de 2014 se convirtió la Vigésima Séptima Fiscalía Provincial Penal de Lima en Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Trata de Personas, con competencia en los Distritos Judiciales (hoy Distritos Fiscales) de Lima, Lima Norte, Lima Este y Lima Sur. Además, por Resolución de la Junta de Fiscales Supremos N°096-2014-MP-FN-JFS, del 31 de octubre de 2014, modificada por N° 124-2015-MP-FN-JFS, del 19 de agosto de 2015, se creó el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Trata de Personas de Lima, con competencia en los Distritos Fiscales de Lima, Lima Norte, Lima Este y Lima Sur. Que, en mérito de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 4093-2015-MP-FN, de fecha 20 de agosto de 2015,se convirtió la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Trata de Personas de Lima y la Segunda Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Trata de Personas, en Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Trata de Personas, con competencia en los Distritos Fiscales de Lima, Lima Norte, Lima Este y Lima Sur. Que, los Distritos Fiscales de Lima, Lima Norte, Lima Este y Lima Sur, específicamente en el subsistema de las fiscalías especializadas en delitos de trata de personas, han sufrido en los últimos años un aumento desmedido de su carga laboral, originado por la alta incidencia delictiva que se registra, de manera que se presenta la necesidad de incrementar la cantidad de personal fiscal, para poder tramitar la numerosa carga existente y realizar un mejor ejercicio de sus funciones, conforme fuera solicitado por el Fiscal Superior Coordinador Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Trata de Personas, mediante oficio Nº 606-2018-FISTRAP-MP-FN. Que, el Fiscal de la Nación, como Titular del Ministerio Público, es el responsable de dirigir, orientar y formular la política institucional, debiendo adoptar las acciones pertinentes, a fin de fortalecer la función Fiscal en el Distrito Fiscal de Lima, garantizando de tal manera un servicio fiscal eficiente y oportuno. En tal sentido, al existir la premura por dar solución a la problemática señalada, por necesidad de servicios, resulta indispensable expedir el resolutivo que disponga el traslado de una (01) plaza de Fiscal Provincial, con carácter permanente, de una fiscalía provincial penal corporativa a nivel nacional, hacia la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Trata de Personas de Lima, Distrito Fiscal de Lima, para que de esta manera se pueda tramitar la numerosa carga existente y así coadyuvar a un mejor cumplimiento en el ejercicio de sus funciones y a que los justiciables accedan a una pronta administración de justicia. Asimismo, es menester disponer la conclusión de la designación del personal fiscal involucrado en la presente resolución, debiendo adecuarla en el nuevo despacho fiscal. Estando a lo expuesto, contando con el consentimiento de la magistrada titular, y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 158° de la Constitución Política

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