Norma Legal Oficial del día 30 de junio del año 2018 (30/06/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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Publíquese. JULIO VELARDE Presidente 1664923-1

NORMAS LEGALES

Sábado 30 de junio de 2018 /

El Peruano

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD DE ATE
Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 467MDA que modifica y prorroga vigencia de la Ordenanza Nº 464-MDA, que estableció Beneficio Extraordinario de Regularización de Deudas No Tributarias por Concepto de Multas y/o Sanciones Administrativas y Depósito
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 023-2018/MDA Ate, 28 de junio de 2018 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO; la Ordenanza Nº 467-MDA que modifica y prorroga la vigencia de la Ordenanza Nº 464-MDA que aprueba el Beneficio Extraordinario de Regularización de Deudas No Tributarias por Concepto de Multas y/o Sanciones Administrativas y Depósito en el Distrito de Ate; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las Municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Ordenanza Nº 464-MDA, de fecha 27.03.2018, publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 01.04.2018, se aprobó la Ordenanza que aprueba el Beneficio Extraordinario de Regularización de Deudas No Tributarias por Concepto de Multas y/o Sanciones Administrativas y Depósito en el Distrito de Ate, con vigencia al 16 de mayo del 2018; la misma que fue prorrogada mediante Decreto de Alcaldía Nº 014-2018/ MDA, con vigencia al 31 de mayo del 2018; Que, asimismo, mediante Ordenanza Nº 467-MDA de fecha 28.05.2018, publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 31.05.2018, se aprobó la modificación y prórroga de la vigencia de la Ordenanza Nº 464-MDA, antes señalada, cuya vigencia es prorrogada hasta el 30 de junio del 2018; Que, la Ordenanza Municipal antes indicada, en su Tercera Disposición Final, señala: "Facúltese al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones necesarias, para la correcta aplicación de la presente Ordenanza, así como aprobar la prórroga de su vigencia"; Que, el artículo 42º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, señala que: Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal; Que, la Administración Municipal considera que estando por vencer el 30 de junio del presente año, la

vigencia de la Ordenanza Nº 467-MDA, que modifica y prorroga la vigencia de la Ordenanza Nº 464-MDA, a fin de beneficiar a la población con las ventajas de la misma, y a efectos de seguir permitiendo que los vecinos del Distrito puedan acogerse a este beneficio, la Gerencia de Fiscalización y Control y la Sub Gerencia de Cobranza y Coactiva Administrativa sugieren se prorrogue la vigencia de la referida Ordenanza hasta el 31 de julio del 2018, motivo por el cual se hace necesario la ampliación de su vigencia y la expedición de la presente norma; Estando a las consideraciones expuestas y en uso de las facultades conferidas en el inciso 6) del artículo 20º, y artículo 42º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo 1º.- PRORROGAR; la vigencia de la Ordenanza Nº 467-MDA que modifica y prorroga la vigencia de la Ordenanza Nº 464-MDA que Establece el Beneficio Extraordinario de Regularización de Deudas No Tributarias por Concepto de Multas y/o Sanciones Administrativas y Depósito en el Distrito de Ate, hasta el 31 de Julio del 2018; en mérito a los considerandos antes expuestos. Artículo 2º.- DISPONER; la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano; y, en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Ate (www.muniate.gob.pe). Artículo 3º.- ENCARGAR; el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Fiscalización y Control, Sub Gerencia de Cobranza y Coactiva Administrativa, y demás áreas pertinentes de la Corporación Municipal. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. OSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde 1664804-2

MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS
Prorrogan la vigencia del Régimen Especial de Regularización de Licencias de Edificación y Declaratoria de Edificación en el distrito de Los Olivos, aprobado mediante Ordenanza Nº 411-CDLO
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 04-2018-MDLO Los Olivos, 26 de junio de 2018. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LOS OLIVOS VISTOS: El Informe Nº 253-2018/MDLO/GGU/ SGOPCPU, de fecha 26 de junio de 2018 de Subgerencia de Obras Privadas, Catastro y Planeamiento Urbano; el Proveído Nº 818-2018-MDLO/GM, de fecha 26 de junio de 2018, de Gerencia Municipal y el Informe Nº 285-2018-MDLO-GAJ, de fecha 26 de junio de 2018, de Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo prescrito en el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificada mediante Leyes de Reforma Constitucional Nº 27680, Nº 28607 y Nº 30305, en concordancia con el Artículo II y IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades: "Los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia"; Que, con Ordenanza Nº 411-2015 CDLO, se aprueba el Régimen Especial de Regularización de Licencias de

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