Norma Legal Oficial del día 01 de marzo del año 2018 (01/03/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

Jueves 1 de marzo de 2018 /

El Peruano

del Ambiente; el Memorando N° 001-2018-MINAM/VMGA/ CST/PRES, del Presidente de la Comisión Sectorial de Transferencia del Ministerio del Ambiente; el Informe N° 001-2018-MINAM/VMGA/CST/ST, de la Secretaría Técnica de la Comisión Sectorial de Transferencia del Ministerio del Ambiente; el Memorando N° 222-2018-MINAM/SG/OGPP, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 163-2018-MINAM/SG/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 188 de la Constitución Política del Perú establece que la descentralización es una forma de organización democrática y constituye una política permanente de Estado, de carácter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del país. El proceso de descentralización se realiza por etapas, en forma progresiva y ordenada conforme a criterios que permitan una adecuada asignación de competencias y transferencia de recursos del gobierno nacional hacia los gobiernos regionales y locales; Que, el artículo 3 de la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, establece que la descentralización tiene como finalidad el desarrollo integral, armónico y sostenible del país, mediante la separación de competencias y funciones, y el equilibrado ejercicio del poder por los tres niveles de gobierno, en beneficio de la población; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 83 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, la Séptima Disposición Complementaria de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y el numeral 1 del literal a) del artículo 6 de la Ley N° 28273, Ley del Sistema de Acreditación de los Gobiernos Regionales y Locales, las Comisiones Sectoriales de Transferencias deben presentar a la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros, sus Planes Anuales de Transferencia; Que, el literal b) del numeral 11.3 de la Directiva N° 005-CND-P-2005 "Procedimiento para la Formulación de los Planes de Transferencia Sectoriales de Mediano Plazo y de los Planes Anuales de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales", aprobada por Resolución Presidencial N° 081-CND-P-2005 del Consejo Nacional de Descentralización, hoy Secretaria de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros, establece que el Plan Anual de Transferencia Sectorial deberá ser aprobado por Resolución Ministerial; Que, la Comisión Sectorial de Transferencia del Ministerio del Ambiente, constituida por Resolución Ministerial N° 086-2009-MINAM, y modificada por Resoluciones Ministeriales N° 171-2009-MINAM, 075-2014-MINAM y 290-2017-MINAM, en sesión de fecha 23 de febrero de 2018, acordó aprobar el proyecto del Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2018, a fin de que sea aprobado por la Titular del Ministerio del Ambiente; Que, mediante Informe N° 001-2018-MINAM/ VMGA/CST/ST, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, en su calidad de Secretaría Técnica de la Comisión Sectorial de Transferencia del Ministerio del Ambiente, sustenta la aprobación del Plan Anual antes citado, señalando que ha sido elaborado sobre la base de los aportes recibidos por los órganos de línea del Ministerio del Ambiente y sus organismos públicos adscritos; Que, mediante Memorando N° 222-2018-MINAM/ SG/OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto remite el Informe N° 094-2018-MINAM/ SG/OGPP/OPM, a través del cual la Oficina de Planeamiento y Modernización emite opinión favorable sobre el referido Plan Anual; Que, con Informe N° 163-2018-MINAM/SG/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica señala que resulta viable la aprobación del Plan Anual en mención; Con el visado del Viceministerio de Gestión Ambiental, el Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y la Oficina de Asesoría Jurídica, y; De acuerdo a lo establecido en la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización; la Ley N° 28273, Ley

del Sistema de Acreditación de los Gobiernos Regionales y Locales y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 080-2004-PCM; el Decreto Legislativo N° 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; y, la Resolución Presidencial N° 081-CND-P-2005, que aprueba la Directiva N° 005-CND-P-2005; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el "Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2018 del Ministerio del Ambiente", el mismo que, como Anexo, forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial a la Secretaria de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros y a los miembros de la Comisión Sectorial de Transferencia del Ministerio del Ambiente, para los fines pertinentes. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio del Ambiente (www.minam.gob.pe), en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. ELSA GALARZA CONTRERAS Ministra del Ambiente 1621271-1

CULTURA
Aprueban las bases del Premio Nacional de Literatura ­ Edición 2018
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 33-2018-VMPCIC-MC Lima, 28 de febrero de 2018 VISTO, el Informe N° 000048-2018/DGIA/VMPCIC/ MC de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes, y; CONSIDERANDO: Que, por Ley N° 29565 se creó el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público; estableciendo en el literal i) de su artículo 5, que el Ministerio de Cultura es el organismo rector en materia de cultura y ejerce competencia, exclusiva y excluyente, respecto de otros niveles de gobierno en todo el territorio nacional, en la promoción de la creación cultural en todos sus campos, el perfeccionamiento de los creadores y gestores culturales y el desarrollo de las industrias culturales; Que, mediante Resolución Ministerial N° 0126-2017MC de fecha 11 de abril de 2017, se crea el "Premio Nacional de Literatura", como el reconocimiento a las obras literarias publicadas los dos (2) años previos a la convocatoria, organizado por el Ministerio de Cultura, que busca visibilizar el trabajo creativo de los autores y autoras peruanos; así como dinamizar el trabajo editorial; Que, el artículo 3 de la mencionada resolución señala que el Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales del Ministerio de Cultura aprobará, mediante Resolución Viceministerial, las bases del "Premio Nacional de Literatura; Que, conforme al artículo 77 del Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes es el órgano de línea que tiene a su cargo formular, coordinar, ejecutar y supervisar las políticas, estrategias y acciones orientadas a estimular la creación artística y fomentar la actividad artística en los más diversos campos, así como promover la productividad y competitividad de las industrias que están directamente vinculadas con la creación artística, la producción audiovisual, editorial, fonográfica y de los nuevos medios, así como la distribución de bienes y servicios culturales y que están usualmente protegidas por el derecho de autor;

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