Norma Legal Oficial del día 01 de marzo del año 2018 (01/03/2018)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 12

12
VISTO: La Resolución de 225-2017-FONCODES/DE. CONSIDERANDO: Dirección

NORMAS LEGALES
Ejecutiva N°

Jueves 1 de marzo de 2018 /

El Peruano

Que, mediante Ley N° 29792 se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica, disponiendo en su Tercera Disposición Complementaria Final, la adscripción del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social - FONCODES a dicho Sector; Que, mediante Resolución Ministerial N° 228-2017-MIDIS, se aprobó el Manual de Operaciones del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social FONCODES, el cual constituye el documento técnico normativo de gestión institucional; Que, con Resolución de Dirección Ejecutiva N° 225-2017-FONCODES/DE, se designó al señor Jorge Enrique Inocente Ramirez en el cargo público de confianza de Jefe de la Unidad de Administración del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social - FONCODES, bajo el régimen laboral de la actividad privada, regulado por el Decreto Legislativo N° 728; Que, la citada persona ha formulado renuncia al cargo que venía desempeñando, por lo que corresponde aceptar su renuncia y designar al servidor que ocupe dicho cargo público de confianza; Con el visto de la Unidad de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley N° 29792, Ley de creación, organización y funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, y de acuerdo a las facultades contenidas en el Manual de Operaciones del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social - FONCODES aprobado mediante Resolución Ministerial N° 228-2017-MIDIS. SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por el señor Jorge Enrique Inocente Ramirez al cargo de Jefe de la Unidad de Administración del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social ­ FONCODES, dispuesta mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° 225-2017-FONCODES/DE. Artículo 2º.- Designar al señor GABRIEL VALENTIN SOUZA PANAIFO en el cargo público de confianza de Jefe de la Unidad de Administración del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social ­ FONCODES, bajo el régimen laboral de la actividad privada, regulado por el Decreto Legislativo N° 728. Artículo 3º.- Encargar el cumplimiento de la presente Resolución a la Unidad de Recursos Humanos. Artículo 4.- Encargar a la Unidad de Administración, la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social ­ FONCODES, en la fecha de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publiquese. GUSTAVO TORRES VÁSQUEZ Director Ejecutivo Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social 1620919-1

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, para la continuidad de inversiones públicas a favor de diversos Pliegos Gobiernos Locales
DECRETO SUPREMO Nº 042-2018-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la Décima Sexta Disposición Complementaria

Final de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, dispone que con el fin de garantizar en el año 2018, la continuidad de proyectos de inversión, proyectos que no se encuentran bajo el ámbito del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, inversiones de optimización, de ampliación marginal, de reposición y de rehabilitación, a cargo de los pliegos del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, se autoriza al Poder Ejecutivo para que incorpore en dichas entidades los créditos presupuestarios de la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios comprometidos y no devengados al 31 de diciembre de 2017, para la ejecución de dichas intervenciones; estableciéndose que dicha incorporación se realiza hasta el 31 de marzo de 2018, mediante decreto supremo refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas y el Ministro del Sector correspondiente, y para el caso de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales solo con el refrendo de la Ministra de Economía y Finanzas; Que, la Vigésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30693, dispone que con el fin de garantizar en el año 2018 la continuidad de proyectos de inversión, se autoriza al Poder Ejecutivo a incorporar en los pliegos presupuestarios incluidos en la Ley N° 30680, los créditos presupuestarios de la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, que les fueron transferidos para financiar la ejecución de proyectos de inversión y que no fueron devengados al 31 de diciembre del Año Fiscal 2017; estableciéndose que dicha incorporación se realiza hasta el 31 de marzo de 2018, mediante decreto supremo refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas; Que, las aludidas Disposiciones Complementarias Finales establecen que lo dispuesto en las mismas es aplicable siempre que dicho financiamiento no haya sido considerado en el presupuesto institucional del año fiscal 2018 por parte del respectivo pliego, para el mismo proyecto de inversión, proyectos que no se encuentran bajo el ámbito del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, inversiones de optimización, de ampliación marginal, de reposición y de rehabilitación, según corresponda; Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto de Urgencia Nº 004-2018, señala que a efectos de complementar el financiamiento de lo establecido en la Décima Sexta y Vigésima Quinta Disposiciones Complementarias Finales de la Ley N° 30693, se autoriza al Poder Ejecutivo a utilizar los recursos de la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito señalados en el referido numeral; Que, asimismo, los recursos señalados en el citado numeral 2.1 se incorporan utilizando el mecanismo establecido en la Décima Sexta y Vigésima Quinta Disposiciones Complementarias Finales de la Ley N° 30693, en la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, sujetándose al plazo y los requisitos establecidos en las mencionadas Disposiciones Complementarias Finales; Que, en el marco de lo establecido por la Décima Sexta y Vigésima Quinta Disposiciones Complementarias Finales de la Ley Nº 30693, y de la revisión efectuada por la Dirección General de Presupuesto Público sobre el cumplimiento de los requisitos establecidos en la misma, resulta necesario autorizar la incorporación de recursos vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, hasta por la suma de SETECIENTOS NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS SESENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES (S/ 709 497 566,00), a favor de diversos pliegos Gobiernos Locales, para el financiamiento de la continuidad de ejecución de inversiones, teniendo en cuenta que dichos recursos no han sido considerados en el presupuesto institucional de los respectivos pliegos para el presente año, para los fines antes señalados; De conformidad con lo establecido en la Décima Sexta y Vigésima Quinta Disposiciones Complementarias Finales de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, y el artículo 2 del Decreto de Urgencia N° 004-2018; DECRETA: Artículo 1.- Objeto 1.1 Autorízase la incorporación de recursos vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.