Norma Legal Oficial del día 17 de marzo del año 2018 (17/03/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano / Sábado 17 de marzo de 2018

NORMAS LEGALES

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AMBIENTE
Designan Directora de Información e Investigación Ambiental de la Dirección General de Educación, Ciudadanía e Información Ambiental
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 110-2018-MINAM Lima, 15 de marzo de 2018 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 234-2017-MINAM se designa al señor DANIEL OMAR NUÑEZ ATO, en el cargo de Director de Información e Investigación Ambiental de la Dirección General de Educación, Ciudadanía e Información Ambiental; Que, el mencionado servidor ha presentado renuncia al cargo que venía desempeñando, por lo que corresponde aceptar la referida renuncia y designar a la servidora que ejercerá el cargo de Directora de Información e Investigación Ambiental; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo N° 1013, que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; y, el Decreto Supremo N° 002-2017-MINAM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia al cargo de Director de Información e Investigación Ambiental de la Dirección General de Educación, Ciudadanía e Información Ambiental, del señor DANIEL OMAR NUÑEZ ATO, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar a la señora MONICA MUÑOZ NAJAR GONZALES, en el cargo de Directora de Información e Investigación Ambiental de la Dirección General de Educación, Ciudadanía e Información Ambiental, dependiente del Viceministerio de Gestión Ambiental. Regístrese, comuníquese y publíquese. ELSA GALARZA CONTRERAS Ministra del Ambiente 1626957-1

Declaran en emergencia la gestión y manejo de los residuos sólidos en el distrito de José Leonardo Ortiz, ubicado en la provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 111-2018-MINAM Lima, 15 de marzo de 2018 Vistos; el Informe N° 124-2018-MINAM/VMGA/ DGRS, de la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos; el Memorando N° 176-2018-MINAM/VMGA, del Viceministerio de Gestión Ambiental; el Informe Nº 205-2018-MINAM/SG/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1013 se crea el Ministerio del Ambiente como organismo del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público,

cuya función general es diseñar, establecer, ejecutar y supervisar la política nacional y sectorial ambiental, asumiendo la rectoría con respecto a ella; Que, mediante Decreto Legislativo N° 1278, se aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, la cual tiene por objeto establecer derechos, obligaciones, atribuciones y responsabilidades de la sociedad en su conjunto, con la finalidad de propender la maximización constante de la eficiencia en el uso de los materiales y asegurar una gestión y manejo de los residuos sólidos económica, sanitaria y ambientalmente adecuada, con sujeción a las obligaciones, principios y lineamientos señalados en esta Ley; Que, el literal a) del artículo 24 del Decreto Legislativo N° 1278 establece que las Municipalidades Distritales, en materia de manejo de residuos sólidos, son competentes para asegurar una adecuada prestación del servicio de limpieza, recolección y transporte de residuos en su jurisdicción, debiendo garantizar la adecuada disposición final de los mismos; Que, de conformidad con lo establecido en el literal p) del artículo 15 del Decreto Legislativo N° 1278, el Ministerio del Ambiente, en su calidad de ente rector a nivel nacional para la gestión y manejo de los residuos, es competente para declarar en emergencia la gestión y manejo de los residuos sólidos, cuyo alcance, criterios y procedimientos son definidos en su Reglamento; y, coordinar con las autoridades sectoriales nacionales, entidades de fiscalización ambiental y/o los gobiernos regionales, según sea el caso; Que, el literal e) del artículo 125 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1278, aprobado por Decreto Supremo N° 014-2017-MINAM, señala como una causal para la declaratoria de emergencia en la gestión y manejo de los residuos sólidos, el cese total o parcial de las operaciones o procesos de gestión y manejo de residuos sólidos; Que, de acuerdo al artículo 126 del citado Reglamento, en caso resulte procedente la declaratoria de emergencia, el Ministerio del Ambiente emite la resolución respectiva, en la cual se establece el ámbito territorial, el tiempo de duración, el cual no deberá exceder de sesenta (60) días, prorrogables por cuarenta y cinco (45) días; y las medidas inmediatas a ser implementadas por las entidades correspondientes, dentro de las cuales dispondrá la elaboración de un Plan de Acción para la atención de la emergencia; Que, el literal d) del artículo 74 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2017-MINAM, establece que la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos tiene la función de evaluar la declaratoria de emergencia de la gestión y manejo de residuos sólidos y coordinar con las entidades competentes, según sea el caso; Que, mediante el Oficio N° 000165-2018-GR.LAMB/ PR [2743848-0], el Gobernador Regional del Gobierno Regional de Lambayeque solicita al Ministerio del Ambiente declarar en emergencia la gestión y manejo de residuos sólidos en el distrito de José Leonardo Ortiz; Que, a través del Informe N° 124-2018-MINAM/VMGA/ DGRS, la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos señala que ha verificado que las operaciones de recolección y transportes de residuos sólidos en el citado distrito no se vienen brindando de manera regular, por lo que se ha generado puntos críticos de acumulación de residuos sólidos; asimismo, establece que esta situación configura la causal prevista en el literal e) del artículo 125 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1278, al haberse producido el cese parcial de las operaciones de recolección y transporte de residuos sólidos en el distrito de José Leonardo Ortiz; Que, en este contexto, se configura la exigencia necesaria para declarar en emergencia la gestión y manejo de los residuos sólidos en el distrito de José Leonardo Ortiz, de conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1278 y su reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 014-2017-MINAM; Con el visado del Viceministerio de Gestión Ambiental; de la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos; y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

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