Norma Legal Oficial del día 17 de marzo del año 2018 (17/03/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano / Sábado 17 de marzo de 2018

NORMAS LEGALES

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Decreto Supremo N° 006-2016-DE; la Ley N° 30693, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; la Ley N° 27619; Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; el Decreto Supremo N° 0022004-DE/SG y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, y; Estando a lo propuesto por el Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios, al Coronel EP Fernando Henry RODRIGUEZ Riojas, identificado con DNI N° 43305654, para que participe en el Curso de Administración Logística y Financiera en Operaciones de Paz en el Centro Conjunto para Operaciones de Paz (CECOPAC), a realizarse en la ciudad de Santiago de Chile, República de Chile, del 19 al 29 de marzo de 2018; así como, autorizar su salida del país el 18 de marzo de 2018 y su retorno el 30 de marzo de 2018. Artículo 2°.- El Ministerio de Defensa ­ Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo al concepto siguiente: Pasajes Aéreos: Lima ­ Santiago de Chile ­ Lima US$ 850.00 x 1 persona (incluye TUUA) US$ 850.00 Viáticos: US$ 370.00 x 20% x 1 persona x 11 días US$ 814.00

Mensaje Común COA7.-201715 de fecha 20 de febrero de 2018 y el Oficio NC-60-COA7-N° 0357 de fecha 06 de febrero de 2018 del Comandante de Operaciones de la Fuerza Aérea del Perú. CONSIDERANDO: Que, mediante la Carta N° 219/PER/AD/DR de fecha 31 de octubre de 2017 y la Carta N° 34/PER/AD/DR de fecha 06 de febrero de 2018, el Agregado de Defensa de la República Francesa en la República de Perú y Concurrente con el Estado Plurinacional de Bolivia; hace extensiva la invitación al Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú; para que tres Oficiales de la FAP, participen en los cursos CASPOA (Centro de Análisis y Simulación para la Preparación de las Operaciones Aéreas); Curso Básico Q1 del 20 al 23 de marzo 2018, Curso Planeamiento Q2 del 17 al 27 de abril 2018, Seminario de Liderazgo Q3 del 02 al 05 de octubre 2018, que tendrá lugar en la Base Aérea 942 Lyon Mont-Verdun de la Fuerza Aérea Francesa República Francesa, asimismo indica que los gastos de pasajes aéreos de ida y vuelta, alojamiento, alimentación e instrucción del personal designado en el mencionado evento; será asumido por la República Francesa; Que, mediante el Oficio NC-60-COA7-N° 0357 de fecha 06 de febrero de 2018, el Comandante de Operaciones de la Fuerza Aérea del Perú, solicita se inicien los trámites para la formulación del proyecto de resolución que autorice el viaje al exterior del Personal Militar FAP que se detalla en la parte resolutiva, para que participen en los Cursos CASPOA(Centro de Análisis y Simulación para la Preparación para Operaciones Aéreas), que se realizaran en el presente año, Curso Básico Q1 del 20 al 23 de marzo 2018, Curso de Planeamiento Q2 del 17 al 27 de abril 2018, Seminario de Leadership Q3 del 02 al 05 de octubre 2018, que se llevarán a cabo en la Base Aérea 942 Lyon Mont-Verdun de la Fuerza Aérea Francesa República Francesa; Que, de acuerdo a lo descrito en la Exposición de Motivos del Oficio citado en el párrafo precedente, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Personal Militar FAP que se detalla en la parte resolutiva; por cuanto, permitirá al personal de la institución adquirir nuevos conocimientos correspondientes al Planeamiento de Operaciones Aéreas y de Comando y Control de acuerdo con doctrinas internacionales (OTAN), sobre el empleo del poder aeroespacial; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la finalidad de garantizar la participación oportuna del personal designado, resulta necesario autorizar su salida del país con dos (02) días de anticipación; así como, su retorno dos (02) días después de la fecha programada, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, no encontrándose cubierto el gasto de transporte local del personal designado, de conformidad con lo establecido en el inciso c) del artículo único de la Resolución Ministerial N° 696-2013 DE/SG de fecha 16 de agosto de 2013, que establece el porcentaje de pago para invitaciones que incluyan financiamiento parcial, corresponde otorgar a su favor el pago del 20% de la escala de viáticos regulado en el artículo 5 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y modificado con el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM de fecha 18 de mayo de 2013; Que, conforme a lo mencionado según documento HG-N° 0035 DGDF-ME/SIAF-SP de fecha 07 de marzo de 2018 del Jefe del Departamento de Economía y Finanzas de la Dirección General de Personal de la Fuerza Aérea del Perú, los gastos derivados por viáticos en Comisión de Servicio en el Extranjero que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2018, de la Unidad Ejecutora Nº 005 ­ Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002PCM de fecha 05 de junio de 2002; lo cual incluye para el presente evento el 20% de viáticos por Comisión de Servicio en el Extranjero de acuerdo a lo establecido en el inciso b) del artículo 10 del Decreto Supremo N° 002-2004-DE-SG;

Total a pagar: US$ 1,644.00 Artículo 3º.- El Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el Artículo 1°, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Artículo 4°.- El Personal Militar designado, debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje realizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país; asimismo, dentro del mismo plazo, el funcionario autorizado, efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002. Artículo 5°.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- Disponer que se ponga en conocimiento del Ejército del Perú, el contenido de la presente resolución, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE KISIC WAGNER Ministro de Defensa 1627354-1

Autorizan viaje de personal militar FAP a Francia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 340-2018 DE/FAPLima, 16 de marzo de 2018 Visto, la Carta N° 219/PER/AD/DR de fecha 31 de octubre de 2017 y la Carta N° 34/PER/AD/DR de fecha 06 de febrero de 2018 del Agregado de Defensa de la República Francesa en la República de Perú y Concurrente con el Estado Plurinacional de Bolivia, el

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