Norma Legal Oficial del día 17 de marzo del año 2018 (17/03/2018)


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NORMAS LEGALES

Sábado 17 de marzo de 2018 /

El Peruano

de Desarrollo e Inclusión Social, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2017-MIDIS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación del representante del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social ante el Núcleo Ejecutor de alcance departamental de Madre de Dios, realizada mediante Resolución Ministerial Nº 002-2015-MIDIS. Artículo 2.- Designar como representante del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social ante el Núcleo Ejecutor de alcance departamental, correspondiente al departamento de Madre de Dios, para la implementación de la Resolución Ministerial Nº 260-2014-MIDIS, al señor MIGUEL ÁNGEL CORAL PAREDES, en adición a las funciones que viene realizando. Artículo 3.- Remitir copia de la presente resolución al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y al Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social ­ FONCODES, para los fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE ENRIQUE MELÉNDEZ CELIS Ministro de Desarrollo e Inclusión Social 1627428-1

Aprueban el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres "JUNTOS"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 079-2018-MIDIS Lima, 16 de marzo de 2018 VISTOS: El Memorando N° 202-2018-MIDIS/VMPS, del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales; el Informe N° 019-2018-MIDIS/VMPS/DGCGPS, de la Dirección General de Calidad de la Gestión de los Programas Sociales; el Oficio N° 164-2018-MIDISPNADP-DE, de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres "JUNTOS"; el Oficio N° 086-2018-SERVIR/PE, de la Presidencia Ejecutiva de la Autoridad Nacional del Servicio Civil; el Informe Técnico N° 033-2018-SERVIR/GDSRH, de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de la Autoridad Nacional del Servicio Civil; el Informe N° 035-2018-MIDIS/PNADP-UPPM, de la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres "JUNTOS"; el Informe N° 035-2018-MIDIS/PNADPURH, de la Unidad de Recursos Humanos del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres "JUNTOS"; el Informe N° 110-2018-MIDIS/SG/OGPPM, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; y el Informe N° 152-2018-MIDIS/SG/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 032-2005-PCM, modificado por Decreto Supremo N° 012-2012-MIDIS, se crea el Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres "JUNTOS", como programa adscrito al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; Que, con Resolución Ministerial N° 278-2017-MIDIS, se aprueba el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres "JUNTOS"; Que, el artículo 79 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2017-MIDIS,

modificado por Decreto Supremo N° 008-2017-MIDIS, señala que los Programas Nacionales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social dependen del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales; siendo uno de dichos programas, el Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres "JUNTOS"; Que, la Duodécima Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento General de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, dispone que a través de Directiva emitida por la Autoridad Nacional del Servicio Civil­SERVIR se regulará la progresividad de la implementación de la aprobación de los Cuadros de Puestos de las Entidades; Que, mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 304-2015-SERVIR-PE se aprueba la Directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRH: "Normas para la Gestión del Proceso de Administración de Puestos, y Elaboración y Aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad­CPE" (en adelante, la Directiva), modificada por Resolución de Presidencia N° 057-2016-SERVIR-PE, en la que se incluyen, entre otros, los supuestos que habilitan a las entidades públicas a aprobar un Cuadro para Asignación de Personal Provisional ­ CAP Provisional; Que, el numeral 7.5 de la Directiva señala que el CAP Provisional es el documento de gestión institucional de carácter temporal que contiene los cargos definidos y aprobados por la entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su Reglamento de Organización y Funciones, o Manual de Operaciones, según corresponda, cuya finalidad es viabilizar la operación de las entidades públicas durante el periodo de transición del sector público al régimen del servicio civil previsto en la Ley N° 30057. Asimismo, señala que el CAP Provisional sólo se puede aprobar en tanto la entidad pública no haya aprobado el Cuadro de Puestos de la Entidad­CPE y se encuentre dentro de los supuestos establecidos en el numeral 1 del Anexo N° 4 de la Directiva; Que, el numeral 1.7 del Anexo N° 4 de la Directiva señala como uno de los supuestos que habilitan a aprobar el CAP Provisional que, "Las entidades creadas bajo regímenes distintos al de la Ley N° 30057 que cuenten con ROF o Manual de Operaciones vigente, pero que no cuenten con CAP o CAP Provisional, pueden tramitar la aprobación de un CAP Provisional siguiendo los lineamientos definidos en el presente anexo"; Que, el numeral 4.2 del Anexo N° 4 de la Directiva dispone que la aprobación del CAP Provisional de las entidades del Gobierno Nacional, que incluye, entre otros, sus programas y proyectos adscritos, se realiza mediante Resolución Ministerial; Que, a través del Informe N° 035-2018-MIDIS/PNADPURH, la Unidad de Recursos Humanos del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres "JUNTOS" en su calidad de órgano responsable, propone y sustenta la necesidad de aprobar un CAP Provisional para el citado Programa, siendo que la referida propuesta cuenta con la opinión favorable de la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del mencionado Programa, según Informe N° 035-2018-MIDIS/PNADP-UPPM; Que, mediante Oficio N° 086-2018-SERVIR/PE la Presidencia Ejecutiva de la Autoridad Nacional del Servicio Civil adjunta el Informe Técnico N° 033-2018-SERVIR/ GDSRH, que constituye la opinión técnica previa favorable de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, de acuerdo a lo establecido en el numeral 4.1 del Anexo N° 4 de la Directiva; Que, con Oficio N° 164-2018-MIDIS-PNADP-DE, la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres "JUNTOS" solicita la aprobación del CAP Provisional del Programa, el mismo que cuenta con la conformidad del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales, conforme se advierte del Memorando N° 202-2018-MIDIS/VMPS; Que, en atención a las consideraciones expuestas y de acuerdo con los documentos de Vistos, corresponde aprobar el Cuadro para Asignación de Personal Provisional­CAP Provisional propuesto, a fin de que el Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres "JUNTOS" cuente con dicho documento de gestión; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29792, Ley

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